Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 1999 (23/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, miercoles 23 de junio de 1999

NORMAS LEGALES

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ra del MORDAZA del 24 al 26 de junio de 1999, para asistir a la Reunion Bilateral de la Comision Mixta Consultiva, a llevarse a cabo en la MORDAZA de Buenos Aires, Argentina; Que, se considera pertinente autorizar el viaje del Secretario General, dada la importancia del indicado evento; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Supremo Nº 163-81-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 03189-EF y Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del doctor MORDAZA MORDAZA HIJAR, Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, a la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, del 24 al 26 de junio del ano en curso, para participar en la reunion a la que se refiere la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El viaje autorizado precedentemente sera con cargo al Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ Viaticos US$ Tarifa por uso de aeropuerto US$ 470.82 600.00 25.00

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 8221

MTC
Renuevan plazo de concesion otorgado a empresa para prestacion de servicios portador y telefonico local en el departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 272-99-MTC/15.03 MORDAZA, 21 de junio de 1999. Vista, la solicitud de Telefonica del Peru S.A.A. sobre renovacion gradual del plazo de concesion de los servicios portador y telefonico local en el departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao y portador, telefonico local y de larga distancia nacional e internacional en la Republica del Peru por el plazo de cinco (5) anos; CONSIDERANDO:

Articulo 3º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 8220 RESOLUCION SUPREMA Nº 076-99-TR MORDAZA, 22 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, el doctor MORDAZA Servat MORDAZA de Sousa, Asesor Tecnico de la Alta Direccion del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, se ausentara del MORDAZA, del 24 al 26 de junio de 1999, para asistir a la Reunion Bilateral de la Comision Mixta Consultiva, a llevarse a cabo en la MORDAZA de Buenos Aires, Argentina; Que, se considera pertinente autorizar el viaje del Asesor Tecnico de la Alta Direccion, dada la importancia del indicado evento; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Supremo Nº 163-81-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 03189-EF y Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del doctor MORDAZA SERVAT MORDAZA DE SOUSA, Asesor Tecnico de la Alta Direccion del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, a la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, del 24 al 26 de junio del ano en curso, para participar en la reunion a la que se refiere la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El viaje autorizado precedentemente sera con cargo al Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 470.82 Viaticos US$ 600.00 Tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-94-TC del 13.5.94, fueron aprobados los contratos de concesion entre el Estado Peruano y la ex Entel Peru S.A. y la ex CPT S.A., ahora fusionadas y operando bajo la denominacion social de Telefonica del Peru S.A.A., para la prestacion de diversos servicios de telecomunicaciones, contratos que fueron objeto de modificacion mediante Decreto Supremo Nº 021-98-MTC del 5.8.98; Que, en virtud de los contratos de concesion y la fusion mencionados en el parrafo precedente, Telefonica del Peru S.A.A., en adelante Telefonica, se convirtio en titular de las concesiones comprendidas en los mencionados contratos, por un periodo de veinte (20) anos a ser contados a partir del 27 de junio de 1994; Que, el Articulo 177º del Decreto Supremo Nº 06-94TCC, Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, modificado por los Decretos Supremos Nºs 05-98MTC, 022-98-MTC y 02-99-MTC, dispone que las concesiones otorgadas a solicitud de parte o por concurso publico de ofertas podran renovarse al vencimiento del respectivo plazo, segun sus propios terminos y condiciones y, a la vez, se senala que en el contrato de concesion se pueden establecer mecanismos y plazos especiales de renovacion; Que, los contratos de concesion de Telefonica establecen dos mecanismos para la renovacion del plazo de concesion: gradual y total; Que, Telefonica, con la anticipacion contractualmente estipulada, presento una solicitud de renovacion por cinco (5) anos adicionales al plazo de veinte (20) anos de las concesiones de las que es titular, acogiendose a la modalidad de renovacion gradual prevista en los mencionados contratos; Que, en cumplimiento a lo establecido en la seccion 4.03 de los contratos de concesion de Telefonica, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion publico en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 18.1.99, un extracto de la solicitud de renovacion MORDAZA aludida, senalando un plazo de treinta (30) dias calendario a efectos de recibir los comentarios u objeciones derivados de la solicitud de renovacion mencionada; Que, de conformidad con la seccion 4.03 de los contratos de concesion se cumplio con solicitar al Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) su informe de evaluacion respecto de la solicitud presentada, el mismo que fue remitido el 19.2.99,

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