Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 1999 (23/06/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de junio de 1999

do regidor del Concejo Provincial de Huancane, para el periodo 1999 - 2002; Que, segun aparece en la MORDAZA del acta que obra en autos de fojas 5 a 11, el Concejo Provincial de Huancane en sesion del 25 de MORDAZA del ano en curso, declaro por unanimidad la vacancia del cargo de regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las causales de vacancia previstas en los numerales 2) y 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; expidiendo, en consecuencia el Acuerdo de Concejo Nº 045-99-MPH, del 29 de MORDAZA del ano en curso, que se tiene a la vista a fojas 2; Que, en los concerniente a la causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo, no esta acreditado haberse cursado las convocatorias al citado regidor, toda vez que en las que obran de fojas 13 a 27, no aparece la firma de MORDAZA MORDAZA MORDAZA en senal de haberlas recibido; asimismo se advierte que dichas citaciones se emitieron el mismo dia que se llevo a cabo la sesion, habiendose incumplido con el requisito previsto en el Articulo 39º de la Ley Nº 23853, que dispone, entre la convocatoria y la sesion mediaran cuando menos dos dias habiles; Que, del estudio de autos no se encuentra fundamentada la causal de vacancia del cargo de regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, prevista en el numeral 5) del Articulo 26º de la citada ley; por lo que deviene en nulo en este extremo el Acuerdo de Concejo Nº 045-99-MPH y esta parte del acta de sesion ordinaria, de fechas 29 y 25 de MORDAZA de 1999, respectivamente; Que, respecto a la causal de ausencia de la localidad por mas de 30 dias consecutivos sin autorizacion del concejo municipal, con el documento de fojas 46, emitido por la Comisaria PNP de Huancane, se constata que el inmueble donde habitaba el citado regidor se encuentra cerrado y al parecer no vive nadie; y, con el Oficio Nº 18399-DIRES-UBASS-HNE/UPER, de fojas 47, la Direccion Regional de Salud - MORDAZA informa que dicho regidor esta destacado al Hospital MORDAZA MORDAZA de MORDAZA a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre del ano en curso, por residentado medico; en consecuencia, esta demostrado que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra ausente de la localidad, excediendose del termino legal sin autorizacion del concejo municipal; Que, a fojas 37, el Director de Radio Huancane, certifica haber propalado el Acuerdo Municipal Nº 045-99MPH, sobre vacancia del cargo de regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, desde el 4 al 7 de MORDAZA de 1999; por lo tanto, esta acreditado que el Concejo Provincial de Huancane ha notificado a dicho regidor vacado mediante una de las formas que nuestro ordenamiento procesal civil permite; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, debe incorporarse al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, siguiendo el orden de los resultados del escrutinio final y que MORDAZA figurado en la misma lista que integro el regidor que produjo la vacante, debiendo convocarse a la ciudadana MORDAZA MORDAZA Masco, candidata no proclamada de la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Somos Peru" para que asuma el cargo de regidora del citado concejo; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA Masco, candidata no proclamada de la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Somos Peru", para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Huancane, por el periodo 1999 - 2002. Articulo Segundo.- Otorguese a MORDAZA MORDAZA Masco la respectiva credencial. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 8188

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar procesos judiciales contra presuntos responsables de los delitos de peculado y apropiacion ilicita
RESOLUCION JEFATURAL Nº 151-99-JEF/RENIEC MORDAZA, 10 de junio de 1999 Visto el Examen Nº 16-99-GCI, emitido por la Gerencia de Control Interno, de fecha 24 de marzo de 1999; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Control Interno del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ha realizado Examen Especial de Control y Custodia de Elementos Registrales en la Gerencia Regional IX - MORDAZA, como parte de las Acciones de Control del Plan de Actividades de Auditoria Gubernamental para 1998; Que, la referida Accion de Control tuvo como objetivo verificar el cumplimiento de las disposiciones que regulan la gestion operativa de la Gerencia Regional IX - MORDAZA y las agencias del ambito de su jurisdiccion, en lo concerniente a la recepcion, control y distribucion de elementos registrales; Que, el examen acotado precedentemente establecio responsabilidad en el comportamiento de uso indebido de Hologramas de Dispensa y apropiacion de caudales provenientes de los derechos recaudados por multas y tramites, por parte de los servidores y ex servidores MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el ciudadano MORDAZA MORDAZA Diez; Que, la Accion de Control del Visto confirma los hechos expuestos precedentemente y conforme lo dispuesto en el literal f), del Articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162, las acciones de control efectuadas por cualquier organo del Sistema, tienen calidad de prueba preconstituida; Que, las consideraciones glosadas conllevan a presumir la existencia de indicios razonables de presunta comision de Delito de Peculado y apropiacion ilicita en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, razon por la cual resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Diez, asi como contra quienes resulten responsables, por presunto delito de Peculado y apropiacion ilicita, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 8166

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