TEXTO PAGINA: 62
Pág. 174600 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de junio de 1999 MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE LURIN Autorizan la realización de matrimonio civil-religioso comunitario ORDENANZA Nº 009-99/ML Lurín, 17 de junio de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de junio de 1999, el Informe Nº 087-99-UDSE/AGZB de la Unidad de Desarrollo Social y Económico de la Zona Centro "B"; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales como parte del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4º de la Constitu- ción, tienen el deber de proteger a la familia y promover el Matrimonio como institución natural y fundamental de la sociedad; Que, el Artículo 233º del Código Civil, establece la regu- larización jurídica de la familia, que tiene por finalidad de contribuir a su consolidación y fundamentalmente en armo- nía con los principios y normas estipulados en nuestra Constitución Política; Que, es facultad de la Municipalidad ayudar a aquellos vecinos del distrito que se encuentren aún en una situación de hecho y requieren formalizar su situación conyugal, facilitando para ello el procedimiento establecido; Que, según Informe Nº 087-99-UDSE/AGZB de la Unidad de Desarrollo Social y Económico de la Zona Centro "B", comunica que está establecido en el Plan Anual de la citada Unidad la realización del Matrimonio Civil y Religioso Co- munitario, a realizarse el día 26 de junio de 1999, como uno de los actos celebratorios de las Fiestas Patronales de "San Pedro"; Que, estando a lo señalado, y de conformidad con las facultades conferidas por el Inc. 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA Artículo Primero.- Autorizar la realización del MATRI- MONIO CIVIL-RELIGIOSO COMUNITARIO, el día 26 de junio de 1999, con motivo de las festividades Patronales del distrito, para cuyo caso las inscripciones se darán hasta el 24 de junio de 1999, en cuyo término se remitirá la relación de contrayentes para la aprobación, vía Resolución de Alcaldía, y posteriormente su publicación por la Unidad de Imagen Institucional. Artículo Segundo.- CONSIDERESE como requisitos para los contrayentes que se acojan a este beneficio, lo que a continuación se detalla: REQUISITOS PARA CONVIVIENTES - Partida de Nacimiento Original y/o Autenticada de ambos. - Documento de Identidad (Libreta Electoral, Documento Nacional de Identidad, Libreta Electoral Mecanizada) en copias autenticadas por la autoridad administrativa. - Partida de Nacimiento de un hijo. - Pliego Matrimonial. - Certificados Domiciliarios de ambos. - Pago por Derecho de Matrimonio de S/. 20.00 Nuevos Soles, incluida Partida de Matrimonio. REQUISITOS PARA NO CONVIVIENTES - Partida de Nacimiento Original y/o autenticada de ambos. - Documento de Identidad (Libreta Electoral, Documento Nacional de Identidad) en copias autenticadas por la autori- dad administrativa. - Pliego Matrimonial. - Certificados Domiciliarios de ambos. - Certificados de Salud y Constancia de Consejería Pre- ventiva en E.T.S. - SIDA. - Pago por Derecho de Matrimonio de S/. 20.00 Nuevos Soles, incluida Partida de Matrimonio.REQUISITOS PARA MENORES DE EDAD - Partida de Nacimiento Original y/o autenticada de ambos. - Documento en que conste el asentimiento de los padres o ascendientes, o la dispensa judicial. - Pliego Matrimonial. - Certificados Domiciliarios de ambos. - Certificados de Salud y Constancia de Consejería Pre- ventiva en E.T.S. - SIDA. - Pago por Derecho de Matrimonio de S/. 20.00 Nuevos Soles, incluida Partida de Matrimonio. EXONERACIONES - Certificado de Soltería de cada uno. - Publicación de Edicto Matrimonial y su respectivo pago. Artículo Tercero.- La Unidad de Registro Civil queda encargada del cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- La Trabajadora Social de la Zona Centro "B", y las personas que competan deben de brindar el apoyo que el caso reviste, para el adecuado cumplimiento de la presente disposición. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 8193 Aprueban el Presupuesto para el ejerci- cio 1999 ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-99/MDSPL San Pedro de Lurín, 7 de enero de 1999 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE LURIN POR CUANTO: Visto en sesión de Concejo extraordinaria celebrada el día miércoles 6 de enero de 1999, se trató el Presupuesto Municipal para el ejercicio 1999 presentado por el señor Alcalde. El mismo que fue ampliamente analizado por el Concejo y que, en uso de las facultades que les confiere la Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el voto unáni- me de los señores Regidores José Arakaki Nakamine, Emilio Mori Salazar, Julio Elguera Lara, Luis Rodríguez Blas, Julia Fuentes Palacios, Raúl Arias del Río y Edilberto Quiroz Montenegro; se aprobó el siguiente; ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto para el ejercicio 1999 de la Municipalidad Distrital San Pedro de Lurín, cuyos Ingresos y Egresos del pliego 24 asciende a S/. 12'441,800.00 Nuevos Soles para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1999 de acuerdo a lo siguiente: INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO (En Nuevos Soles) 01. Canon y Sobrecanon Minero S/. 16,211.00 03. Participación Rentas de Aduanas 1,945.00 07. Fondo de Compensación Municipal 1'227,119.00 08. Otros Impuestos Municipales 3'746,716.00 09. Recursos Directamente Recaudados 6'783.954.00 13. Donaciones y Transferencias 665,855.00 ------------------- TOTAL S/. 12'441,800.00 ================== EGRESOS - Gasto Corriente S/. 9' 510,446.00 Gasto de Capital 2' 931,354.00 ------------------- TOTAL S/. 12'441,800.00 ==================