Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 1999 (03/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, miercoles 3 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Conceden amnistia para el pago de multas por construcciones antirreglamentarias efectuadas en el distrito
ORDENANZA Nº 002-99 La MORDAZA, 18 de febrero de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: Visto en sesion ordinaria de la fecha, el pedido formulado por el MORDAZA MORDAZA, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision de Desarrollo MORDAZA, referido a la necesidad y conveniencia de optar medidas de ayuda a los propietarios de predios con construcciones antirreglamentarias que hayan sido objeto de multa; con el proposito de otorgarles facilidades para que se pongan a derecho y contribuyan, al mismo tiempo, con la preservacion del medio MORDAZA de nuestro distrito a traves de la correccion de la tendencia de construcciones al margen de los reglamentos vigentes; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo prescrito por el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la legislacion vigente establece intereses y recargos por incumplimiento en el pago de multas administrativas, que a la fecha significan ingentes montos de dinero, cuya exigencia de cancelacion implicaria una gran severidad dada la grave situacion economica que atraviesa nuestro pais; Que, las construcciones antirreglamentarias estan afectando seriamente la imagen de nuestro distrito con la consolidacion de edificaciones sobre retiros y pisos adicionales a los permitidos por las normas vigentes; Estando al dictamen favorable de la Comision de Desarrollo MORDAZA, y con dispensa del tramite de aprobacion de acta; aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- CONCEDER POR UNICA VEZ una AMNISTIA sobre las multas pendientes de pago generadas por la infraccion de construcciones antirreglamentarias en los predios ubicados en la jurisdiccion del distrito. Articulo Segundo.- La presente AMNISTIA comprende el quiebre de la multa pendiente de pago, previa solicitud y demolicion de lo antirreglamentariamente construido. Articulo Tercero.- Esta AMNISTIA tambien comprende a aquellos propietarios que, habiendo demolido la construccion antirreglamentaria que motivo la sancion, mantienen pendiente la cancelacion de la multa correspondiente. Articulo Cuarto.- El pago de la multa por parte de los infractores no genera derecho alguno sobre la construccion antirreglamentaria. Articulo Quinto.- El plazo para acogerse a esta AMNISTIA sera de ciento veinte (120) dias, contados a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- Encargar a la Direccion de Desarrollo MORDAZA y a la Oficina de Rentas el cumplimiento de la presente ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEQUIEN MORDAZA 2895

Modifican el Reglamento Interno del Concejo
EDICTO Nº 001-99 La MORDAZA, 27 de enero de 1999 POR CUANTO: El Concejo Distrital de La MORDAZA en sesion ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, por Edicto Nº 001-98 de fecha 19 de agosto de 1998 se aprobo el Reglamento Interno del Concejo - RIC, de la Municipalidad Distrital de La Molina; Que, en el Articulo 85º de dicho reglamento precisa que el Concejo contara con nueve (9) Comisiones Permanentes que corresponderan a los organos fundamentales de la gestion municipal, consignandose como una de ellas, la Comision de Disciplina; Que, todos los Regidores que integran el Concejo Distrital de La MORDAZA son susceptibles de ser sometidos a la Comision de Disciplina, por lo tanto, la designacion de sus miembros debe producirse en el momento y para el caso que un acto, omision, o conducta en general lo requieran; Que, en consecuencia, la Comision de Disciplina debe constituirse como una Comision Especial, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 83º del Reglamento Interno del Concejo; Que, las municipalidades de acuerdo a lo prescrito por el Articulo 10º, inciso 1) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, son competentes para acordar su regimen de organizacion interior, correspondiendo al Concejo Municipal su aprobacion; Estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, POR UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, aprobo el siguiente: EDICTO Articulo Primero.- MODIFICAR el Articulo 85º del Reglamento Interno del Concejo - RIC, de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, el que queda con el siguiente texto: "Articulo 85º.- El Concejo contara con ocho (8) Comisiones Permanentes que corresponderan a los organos fundamentales de la gestion municipal. Las Comisiones Permanentes seran las siguientes: 1. Comision de Asuntos Juridicos. 2. Comision de Administracion, Rentas y Presupuesto. 3. Comision de Comercializacion. 4. Comision de Desarrollo Urbano. 5. Comision de Educacion, Cultura, Recreacion y Deportes. 6. Comision de Participacion Vecinal y Servicios Sociales. 7. Comision de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil. 8. Comision de Servicios a la Ciudad. Articulo Segundo.- El Concejo Distrital de La MORDAZA constituira la "Comision Especial de Disciplina", cuando la conducta de sus miembros asi lo requieran. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEQUIEN MORDAZA 2894

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 002-99-MDMM Por Oficio Nº 057-99-SG-MDMM, la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 002-99-MDMM, publicada en nues

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