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Pág. 170466 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 3 de marzo de 1999 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Prorrogan plazo de duración del pro- ceso de adjudicación directa del servi- cio en las rutas de libre acceso del Plan Regulador de Rutas de Lima RESOLUCION DIRECTORAL Nº 015-99-MML/DMTU Lima, 26 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Municipal Nº 332-98-MML/DMTU de fecha 9/12/98, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 22/12/98, y con Resolu- ción Directoral Municipal Nº 006-99-MML/DMTU de fecha 3/2/99, se aprobaron los requisitos y procedimien- tos para el proceso de Adjudicación Directa del Servicio en las Rutas de libre acceso del Plan Regulador de Rutas de Lima, denominado "Bases de Adjudicación Directa Diciembre-98", estableciéndose un plazo de cuatro (4) meses para el desarrollo de dicho proceso, contados a partir de la convocatoria; estableciéndose en el cronogra- ma contenido en las bases aprobadas, como último día para la Adquisición y Canje de las "Bases de Adjudica- ción-Diciembre 98" el 24/2/99, y para la recepción de sobres abiertos denominado "Estudio Técnico de Opera- ción de Ruta" en día 26/2/99; Que, la autoridad administrativa ha observado desde la convocatoria pública, una manifiesta voluntad e inten- ción de formalización por parte de las empresas, hecho que se hace evidente al haberse incrementado significa- tivamente la adquisición y/o canje de la "Base de Adjudi- cación Directa Diciembre-98", así como la recepción de los sobres abiertos, los cuales luego de ser evaluados por el área de precalificación, han sido objeto de una serie de observaciones, que no han podido ser levantadas por diversas razones, por lo que siendo uno de los objetivos del presente proceso, el promover la formalización del servicio de transporte y atender la demanda insatisfecha de muchos asentamientos humanos y pueblos jóvenes que no cuentan con servicio de transporte público, y que por otro lado no están originando congestionamiento en vías restringidas, por lo tanto no están contribuyendo al caos vehicular existente, por lo que es conveniente pro- rrogar el plazo en mención; De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853, la Ordenanza Marco de Transporte Terrestre en la provincia de Lima Nº 131 y la Ordenanza Municipal Nº 104; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar el plazo de duración del proceso hasta el día treinta de abril de 1999. Artículo Segundo.- Disponer la adecuación del proce- so, al nuevo plazo establecido, quedando en consecuencia el cronograma del presente proceso de adjudicación directa establecido de la manera siguiente: 1.- Compra y/o canje de Bases hasta el día diez de marzo de 1999. 2.- Recepción de sobres abiertos denominados "Estudio Técnico de Operación de Ruta" hasta el día quince de marzo de 1999. 3.- Conclusión del proceso hasta el treinta de abril de 1999. Artículo Tercero.- Facultar al Director General de Transporte para que dicte las disposiciones complemen- tarias para el cumplimiento de la presente resolución.Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO URRUTIA ALTAMIRANO Director Municipal Dirección Municipal de Transporte Urbano 2820 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Prorrogan plazo para el pago de cuota y presentación de solicitudes de exoneración del Impuesto Predial DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-99-MDI Independencia, 1 de marzo de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Visto, el Informe Nº 024-99-OR/MDI, de la Oficina de Rentas; CONSIDERANDO: Que, el Artículo Segundo del Decreto de Alcaldía Nº 001-99-MDI, de fecha 21-1-99, establece que el 26 de febrero de 1999 como la fecha de vencimiento para el pago al contado o de la primera cuota trimestral del Impuesto Predial correspondiente al presente ejercicio fiscal; Que, el inciso a) del Artículo 14º de la Ley de Tributación Municipal aprobada por Decreto Legislativo Nº 776, faculta a los municipios a establecer una prórroga en las Declara- ciones Juradas del Impuesto Predial y por lo tanto es de aplicación al pago del impuesto por ser una consecuencia afin e inmediata; Que, es política de la actual gestión brindar las máximas facilidades para que los contribuyentes cum- plan con sus obligaciones tributarias en los plazos esta- blecidos; Estando a lo que establece la norma invocada, al amparo de lo establecido en el inciso 6) Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades y con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrógase hasta el 31 de marzo de 1999 el plazo para el pago al contado de la primera cuota del Impuesto Predial correspondiente al año 1999. Artículo Segundo.- Prorrógase hasta el 31 de mar- zo de 1999 el plazo para que los jubilados, cesantes y pensionistas que presenten sus expedientes de exone- ración del Impuesto Predial puedan acogerse a dicho beneficio desde el primer trimestre del presente ejerci- cio fiscal. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Rentas el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de Alcaldía. Dado en el Local Municipal al primer día del mes de marzo de mil novecientos noventinueve. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO CHACALTANA YEREN Alcalde 2887