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Pág. 170468 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 3 de marzo de 1999 tra edición del día 27 de febrero de 1999, en la página 170327. En el tercer considerando DICE: ... aprobada por la Ley Nº 26013 dispone en su Artículo 9º... DEBE DECIR: ... aprobada por la Ley Nº 27013 dispone en su Artículo 9º... 2868 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZANGARO Declaran en reorganización administrati- va y reestructuración orgánica a la Muni- cipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-99-MPA/R.P. Azángaro, 29 de enero de 1999 VISTA: En sesión extraordinaria de fecha 27 del mes y año en curso, la PROPUESTA a fin de que se declare en REORGANIZACION ADMINISTRATIVA y REES- TRUCTURACION ORGANICA a la Municipalidad Provin- cial de Azángaro; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su Artículo 191º determina a las municipalidades como órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 10º Inc. 1), norma la organización, autono- mía, funciones y recursos de las municipalidades, siendo aplicables además las leyes y normatividades que de mane- ra general y de conformidad con la Carta Magna del Estado, regulan las actividades y el funcionamiento del sector público; Que, en la actualidad la Municipalidad Provincial de Azángaro, para el logro de sus fines y desempeño de sus funciones enfrenta diversos problemas y limitaciones refe- rentes a su organización, funcionamiento adecuado, pres- tación de servicios públicos, entre otros; Que, es necesario corregir los problemas arriba acotados que presenta la organización municipal y realizar la recon- vención de funciones en los documentos de gestión institu- cional, para lograr una nueva estructura orgánica y funcio- nal dentro del marco de una modernidad de la administra- ción municipal, buscando la eficiencia en la gestión y optimización del uso de los recursos y la prestación de los servicios locales públicos; Estando a lo expuesto, con el voto unánime del Cuerpo de Regidores, en uso de las facultades conferidas al Concejo por los Artículos 10º y 36º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853; ACORDO: Artículo Primero.- DECLARAR EN REORGANIZA- CION ADMINISTRATIVA Y REESTRUCTURACION OR- GANICA A LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZAN- GARO, por un período de 120 días a partir de la fecha de aprobado el acuerdo. Artículo Segundo.- Apoyar los actos administrativos que se lleven a cabo por parte de la Alcaldía, los mismos que conduzcan al logro de lo anotado en el punto anterior, entreellos la designación por Resolución de Alcaldía de una comisión responsable de conducir la Reorganización Admi- nistrativa y Reestructuración Orgánica de la Municipali- dad Provincial de Azángaro. Artículo Tercero.- Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JESUS CHOQUEHUANCA CALCINO Alcalde (e) 2882 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA Declaran en situación de urgencia la adquisición de insumos para el progra- ma del vaso de leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 011-99-AL/PLS-MPB Barranca, 4 de febrero de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO, en sesión ordinaria de Concejo del día 28 de enero de 1999, se discutió en la estación orden del día punto de agenda referido a declarar en urgencia en el distrito de Barranca, la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política vigente prescribe que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, establece que considera situaciones de urgencia cuando la ausencia de un bien o servicio compromete en forma directa o inminente la continuidad de un servicio esencial, como lo es el Programa del Vaso de Leche; Que, concordante con el considerando precedente, el Art. 19º del antes citado texto legal, prescriben que están exonerados de Licitación Pública y Concurso Público las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia o de urgencia; y, Estando a lo concordado por UNANIMIDAD del pleno del Concejo, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE ACORDO: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA en el distrito de Barranca, la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche por el término de sesenta (60) días. Artículo Segundo.- AUTORIZAR la exoneración al proceso de selección contemplado en el Artículo 19º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do. Artículo Tercero.- DISPENSAR de la lectura del acta del presente acuerdo para su inmediata ejecución. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. PAULINO LEON SOTO Alcalde 2832