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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 1999 (23/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 173502 NORMAS LEGALES Lima, domingo 23 de mayo de 1999 SUNASS Aprueban Estructuras Tarifarias y Cua- dros de Equivalencias de Consumos Mínimos y Asignaciones de Consumos que serán aplicadas por las EPS EMA- PAVIGSSA y CHAVIN S.A. RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 505-99-SUNASS Lima, 19 de mayo de 1999 VISTO: El Informe Nº 67-99-SUNASS-IT/T que evalúa la apli- cación de la Directiva de Reordenamiento Tarifario en la EPS EMAPAVIGSSA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 920-98-SUNASS, se aprobó la Directiva de Reordena- miento Tarifario que será aplicada en las Entidades Pres- tadoras de Servicios de Saneamiento municipales para eliminar gradualmente las distorsiones contenidas en el sistema de facturación que se ha venido empleando y poner en práctica los principios del Sistema Tarifario establecidos por la Ley Nº 26338; Que, el informe de evaluación emitido por la Intenden- cia de Tarifas de la SUNASS recomienda la eliminación de algunas subcategorías de clasificación de usuarios, la reducción de los Consumos Mínimos que se aplican a los usuarios cuyas conexiones cuentan con medidores de consumo, y la aplicación de un nuevo procedimiento para el cálculo del importe a facturar, dando cumplimiento a lo dispuesto por la citada directiva en lo que se refiere a la Primera Etapa del proceso de Reordenamiento Tarifario; Que, la aplicación de lo dispuesto en la presente resolución no modifica las tarifas por metro cúbico que viene aplicando la EPS; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26284 y la Ley Nº 26338 y sus respectivos reglamentos; SE RESUELVE: Artículo 1º. - Aprobar las Estructuras Tarifarias y el Cuadro de Equivalencias de Consumos Mínimos y Asig- naciones de Consumos por Categorías de Usuarios de acuerdo con lo indicado en los Anexos Nºs. 1 y 2, que forman parte de la presente resolución, las mismas que serán aplicadas por la EPS EMAPAVIGSSA conforme a lo prescrito en el Artículo 4º de la presente resolución. Artículo 2º.- La EPS EMAPAVIGSSA queda prohibi- da de modificar la Estructura Tarifaria aprobada por la presente resolución. Artículo 3º.- Aprobar el procedimiento para la deter- minación del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado, que aplicará la EPS EMAPA- VIGSSA conforme a lo prescrito en el Artículo 4º y de acuerdo con lo indicado en los Anexos Nºs. 3 y 4, que forman parte de la presente resolución. Artículo 4º.- La aplicación por la EPS EMAPAVIGS- SA de lo dispuesto en los Artículos 1º y 3º de la presente resolución deberá reflejarse en las facturas que emita a sus usuarios, a partir del 1 de junio de 1999. Artículo 5º.- La EPS EMAPAVIGSSA presentará mensualmente a la SUNASS, un informe detallado sobre la facturación aplicada en los meses de junio, julio y agosto de 1999, en cada localidad administrada, indicando el número de usuarios por categoría, subcategoría y nivel, sus volúmenes de consumo (leídos, asignados y factura- dos), así como los importes resultantes de aplicar el procedimiento de facturación establecido. Artículo 6º.- Derógase las disposiciones que se opon- gan a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE MONCADA MAU SuperintendenteAnexo Nº 1 EMAPAVIGSSA Estructura Tarifaria para el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado Localidad de Nasca A.- Tarifas por el servicio de agua potable CATEGORIA COSUMO ASIGNACION 1ER. RANGO 2DO. RANGO TARIFA TARIFA MINIMO DE CONSUMO DE CONSUMO DE CONSUMO 1ER. RANGO 2DO. RANGO M3/MES M3/MES M3/MES M3/MES S/. M3 S/. M3 Doméstica A 16 20 0 A 20 21 a más Doméstica B 32 40 0 A 40 41 a más Comercial I A 24 30 0 A 30 31 a más Comercial I B 48 60 0 A 60 61 a más Comercial II A 40 50 0 A 50 51 a más Comercial II B 80 100 0 A 100 101 a más Industrial I A 48 60 0 A 60 61 a más Industrial I B 96 120 0 A 120 121 a más Industrial II A 80 100 0 A 100 101 a más Industrial II B 160 200 0 A 200 201 a más1,43 2,490,64 1,12 1,05 1,83 B.- Cargo por el servicio de alcantarillado Equivale al 45% del importe a facturar por el servicio de agua potable. Anexo Nº 2 EMAPAVIGSSA Cuadro de Equivalencias de Consumos Mínimos y Asignaciones de Consumos por Categoría de Usuarios Localidad de Nasca CODIGO CATEGORIA DIAMETRO CONSUMO CODIGO CATEGORIA CONSUMO ASIGNACION TARIFA CONEXION MINIMO TARIFA MINIMO DE CONSUMO (PULGADAS) M3/MES M3/MES M3/MES Doméstico Doméstico 012 1/2 - 5/8" 20 012 Doméstico A 16 20 022 3/4 " 40 032 1" 80 052 2" 200 072 4" 600 Comercial Comercial 162 1/2 - 5/8" 30 162 Comercial I A 24 30 172 3/4 " 60 182 1" 120 Comercial Comercial 092 1/2 - 5/8" 50 092 Comercial II A 40 50 102 3/4 " 100 112 1" 200 Industrial Industrial 302 1/2 - 5/8" 60 302 Industrial I A 48 60 312 3/4 " 120 322 1" 240 Industrial Industrial 232 1/2 - 5/8" 100 232 Industrial II A 80 100 242 3/4 " 200 252 1" 400ESTRUCTURA TARIFARIA ANTERIOR NUEVA ESTRUCTURA TARIFARIA 40 60D-20022 Doméstico B 32 C-30172 Comercial I B 48 C-50102 Comercial II B 80 100 312 Industrial I B 96 120 200IND-60 IND-100242 Industrial II B 160 Anexo Nº 3 EMAPAVIGSSA Procedimiento para la determinación del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado I. Determinación del Volumen a Facturar por el Servicio de Agua Potable El cálculo del Volumen a Facturar (VAF) por el Servi- cio de Agua Potable, seguirá los siguientes procedimien- tos: A. USUARIOS CUYA CONEXION DE AGUA PO- TABLE CUENTA CON MEDIDOR 1. Determinación del Consumo Medido El Consumo Medido se obtendrá considerando las siguientes opciones: