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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (03/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 179931 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 3 de noviembre de 1999 entre las Partes, en otros acuerdos o convenios, o que resultase de la legislación interna o de una práctica establecida. ARTICULO 25 CONSULTAS 1. Si lo consideran necesario, las Autoridades Cen- trales, verbalmente o por escrito, intercambiarán opinio- nes sobre la aplicación o la ejecución del presente Acuer- do, de manera general o en un caso particular. 2. Cualquier controversia que surja entre las Partes relacionada con la interpretación o aplicación de este Acuerdo será resuelta por consulta entre las Partes por vía diplomática. ARTICULO 26 ENTRADA EN VIGENCIA Y DENUNCIA 1. El presente Acuerdo deberá ser ratificado y entrará en vigor a los treinta (30) días a partir de la fecha del intercambio de los respectivos instrumentos de ratifica- ción. 2. Este Acuerdo tendrá una duración indefinida. Cual- quiera de las Partes podrá denunciarlo, mediante notifi- cación escrita a través de la vía diplomática. 3. La denuncia será efectiva ciento ochenta (180) días después de haberse efectuado dicha notificación. Hecho en Lima, a los veintiún días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve, en dos ejemplares originales, en los idiomas castellano y portugués, ambos igualmente válidos. (Firma) Por la República del Perú (Firma) Por la República Federativa del Brasil 13820 TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Autorizan viaje de profesional de ESSALUD para participar en evento de capacitación, a realizarse en los EE.UU. RESOLUCION SUPREMA Nº 159-99-TR Lima, 30 de octubre de 1999 VISTO: El Oficio Nº 409-PE-ESSALUD-99 del Presi- dente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Boston, Massachusetts, EE.UU., se llevará a cabo la 1999 ANNUAL SCIENTIFIC MEE- TING, organizado por el American College of Rheumato- logy, del 13 al 17 de noviembre de 1999; Que, el señor JOSE LUIS ALFARO LOZANO, médico del Servicio de Reumatología del Hospital Nacional "Gui- llermo Almenara Irigoyen" del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha sido propuesto para participar en el men- cionado evento, habiendo evaluado la Gerencia de Capa- citación y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje;De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud; y el Artículo 2.5.1 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario para 1999 y Normas Complementarias aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y en observancia a lo estableci- do por el Decreto Supremo Nº 034-99-PCM sobre medidas de austeridad para el Sector Público aplicables a partir del 1 de octubre del presente año, es conveniente autorizar el viaje del mencionado profesional; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor JOSE LUIS ALFARO LOZANO, médico del Servicio de Reumatología del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen" del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Boston, Massachusetts, EE.UU., del 13 al 17 de noviembre de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, debiendo presentar a su retorno el informe correspondiente. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes :US$ 1,069.00 Derechos Educativos :US$ 665.00 Tarifa Corpac :US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social 13823 M T C Modifican decreto por el que se aprobó transferencia de Estudio de Diseño Detallado del "Proyecto de Desarrollo del Puerto del Callao" a ENAPU S.A. DECRETO SUPREMO Nº 041-99-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-99-MTC se aprobó la transferencia del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción a la EMPRE- SA NACIONAL DE PUERTOS S.A. del estudio de Diseño Detallado del "Proyecto de Desarrollo del Puerto del Callao", el respectivo expediente técnico y la demás docu- mentación elaborada por la Asociación Pacific Consul- tants International - CESEL S.A.; Que, asimismo se autorizó a ENAPU S.A. transferir al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción la suma de US$ 245,521.00 (Doscientos cuarenta y cinco mil quinientos veintiún dólares ameri- canos), correspondiente a las valorizaciones, incluidos los impuestos de ley, por los meses de octubre, noviembre y diciembre de 1998 y enero de 1999, vinculados al Contrato de consultoría para el "Proyecto de Desarrollo del Puerto del Callao" celebrado con Pacific Consultants Internatio- nal - CESEL S.A.;