Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 1999 (06/11/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de noviembre de 1999

PESQUERIA
Aceptan renuncia y designan Asesora del Despacho Ministerial
RESOLUCION SUPREMA Nº 168-99-PE MORDAZA, 1 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Suprema Nº 027-97-PE del 4 de agosto de 1997, se designo al Dr. MORDAZA Inurritegui MORDAZA en el cargo de Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Pesqueria; Que con fecha 14 de octubre de 1999 el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25515 y Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar a partir de la fecha la renuncia formulada por el Dr. MORDAZA Inurritegui MORDAZA al cargo de Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Pesqueria, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria 13988 RESOLUCION SUPREMA Nº 169-99-PE MORDAZA, 1 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que el Despacho Ministerial de Pesqueria requiere contar con una Asesora que colabore en el desarrollo de las funciones del pliego; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560; Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la doctora MORDAZA MORDAZA Giudice MORDAZA en el cargo de Asesora del Despacho Ministerial del Ministerio de Pesqueria, a partir del 1 de noviembre de 1999. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria 13989

la licencia correspondiente, el que constituye un derecho que el Ministerio de Pesqueria otorga a nivel nacional; Que por Resolucion Directoral Nº 079-99-PE/DNPP de fecha 23 de junio de 1999, se otorgo a PESQUERA INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A. autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero, para desarrollar la actividad de congelado de productos hidrobiologicos, con una capacidad proyectada de 20 t/dia, a ubicarse a la altura del Km. 17.5 de la carretera Pisco-Paracas, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica; Que mediante los escritos del visto, PESQUERA INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A. solicita licencia para la operacion de su planta de congelado de productos hidrobiologicos instalada en su establecimiento industrial citado en el considerando anterior; Estando a lo informado por la Direccion de Normas de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero a traves de sus Informes Nºs. 152-99-PE/DNPP-Dc y 140-99-PE/DNPP-Dn de fechas 2 y 17 de agosto de 1999, respectivamente, que sustenta la procedencia tecnica de lo solicitado y senalan que la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-PE y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en los Articulos 43º inciso d), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los Articulos 55º, 59º, 60º y 61º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 09-94PE y el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a PESQUERA INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A. licencia de operacion, para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos, destinados al consumo humano directo, a traves de su planta de congelado, en su establecimiento industrial ubicado a la altura del Km. 17.5 de la carretera Pisco-Paracas, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, con la siguiente capacidad instalada: Congelado : 20 t/dia La planta de congelado, incluye tres camaras para el almacen de productos congelados con una capacidad total de 90 t. Articulo 2º.- PESQUERA INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A., debera operar su planta de congelado con sujecion de las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero; asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera implementar un sistema de control de MORDAZA que garantice la optima calidad de producto, asi como ejecutar las medidas de mitigacion contenidas en su Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion de Medio Ambiente mediante Oficio Nº 253-99-PE/DIREMA de fecha 19 de MORDAZA de 1999. Articulo 3º.- El incumplimiento de lo establecido en el Articulo 2º de la presente Resolucion sera causal de caducidad del derecho otorgado. Articulo 4º.- Incorporar al anexo Nº III "Plantas de Procesamiento Pesquero Congelado" de la Resolucion Ministerial Nº 39498-PE a PESQUERA INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A., ubicada a la altura del Km. 17.5 de la carretera Pisco-Paracas, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, con una capacidad de 20 t/dia para su planta de congelado. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria - Ica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e)

13905 Otorgan a empresa licencia de operacion para procesamiento de recursos hidrobiologicos, destinados al consu- Aprueban cambio de titulares de permisos para operar embarcaciones mo humano directo pesqueras de bandera nacional RESOLUCION DIRECTORAL Nº 159-99-PE/DNPP RESOLUCION DIRECTORAL Nº 256-99-PE/DNE MORDAZA, 4 de noviembre de 1999 Visto el Expediente de Registro Nº CE-00171003, de fecha 29 de setiembre de 1999, presentado por PESQUERA MORDAZA S.A.; CONSIDERANDO: Que el Articulo 47º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establece que

MORDAZA, 4 de noviembre de 1999 Visto los escritos con Registros Nºs. CE-00056002 de fechas 7, 9 y 26 de MORDAZA y 5 de agosto de 1999, presentados por PESQUERA INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A. CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º inciso d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca - establecen que para la operacion de plantas de procesamiento de productos pesqueros se requiere de

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