Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 1999 (06/11/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 6 de noviembre de 1999

NORMAS LEGALES
Cuota de Seguro de MORDAZA

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Hasta el 3% del valor del Certificado de Compra prorrateado entre el numero de meses de duracion del grupo. Equivalente a la suma de la cuota capital, mas la cuota de administracion y cuota de seguro de vida. Dos (2): Una (1) por sorteo y una (1) por remate. El importe de las adjudicaciones no podra exceder el total de lo mensualmente recaudado. Remate maximo: Hasta el 100% de las cuotas totales adeudadas. Remate minimo: Una (1) cuota total.

CONASEV
Autorizan programa a empresa administradora de fondos colectivos bajo sistema de certificado de compra con proveedor libre
RESOLUCION GERENCIAL Nº 009-99-EF/94.55 MORDAZA, 29 de octubre de 1999 VISTOS: El expediente Nº 1999/00315 presentado por la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A. y el Memorandum Nº 035-99-EF/ 94.55.2, de fecha 15 de octubre de 1999, presentado por la Subgerencia de Fondos; con la opinion favorable de la Responsable Legal; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 2º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, corresponde a esta Comision Nacional reglamentar y controlar las actividades de las empresas administradoras de fondos colectivos; Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 206-86-EF/94.10 se autorizo a la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A. a funcionar como empresa administradora de fondos colectivos; Que, con fecha 21 de MORDAZA de 1999, la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A. solicito a CONASEV la autorizacion del programa denominado "A 29", el cual operaria bajo el Sistema de Certificado de Compra con Proveedor Libre, habiendo efectuado las ultimas precisiones al referido programa el 15 del mes en curso; Que, luego de evaluada la documentacion presentada por la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A. en cumplimiento de lo dispuesto en los Articulos 13º y 15º del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, y al haberse verificado el cumplimiento de lo establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, corresponde proceder a la autorizacion del programa denominado "A 29"; Que, a fin de flexibilizar la operatividad de los programas por parte de las empresas administradoras de fondos colectivos, CONASEV permite establecer como valor de certificado de compra un rango; sin embargo a efectos de un adecuado control por parte de las empresas administradoras y de CONASEV, resulta necesario limitar a un determinado numero de valores, los certificados de compra a ofrecer por grupo; y, Estando a lo dispuesto en el Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 730-97-EF/94.10; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-98-EF; y a las facultades otorgadas a la Gerencia de Intermediarios y Fondos, mediante Acuerdo Nº 118-99 del Directorio de esta Institucion, reunido en sesion de fecha 6 de MORDAZA de 1999; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A. la administracion del programa denominado "A 29", bajo el Sistema de Certificado de Compra con Proveedor Libre, cuyas caracteristicas son las siguientes: Denominacion Objeto A 29 Adjudicar a cada asociado un Certificado de Compra en dolares americanos, destinado a la adquisicion de un vehiculo MORDAZA indicado en las disposiciones generales del contrato. De US$ 9 000 hasta US$ 13 000 120 60 meses Hasta el 5,9% (incluye IGV) del valor del Certificado de Compra, siendo facultad de la Administradora dividir el pago hasta en cinco (5) armadas. A la entrega del bien adjudicado, el asociado debera haber cancelado la totalidad de la cuota de inscripcion. Equivalente al valor del Certificado de Compra dividido entre el numero de meses de duracion del grupo. Hasta el 12% del valor del Certificado de Compra prorrateado entre el numero de meses de duracion del grupo.

Cuota Total

Numero de Adjudicaciones

Utilizacion de los Remates

Las cuotas capital provenientes de las propuestas ganadoras en los remates pasaran a incrementar el Fondo Colectivo, permitiendo adjudicaciones extras cada vez que acumule una suma que permita la adjudicacion de un Certificado de Compra del valor MORDAZA incluido en el grupo.

Articulo 2º.- Aprobar el modelo de contrato de administracion de fondos colectivos a ser utilizado por la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A. en el programa denominado "A 29". Articulo 3º.- Previamente a la formacion de cada grupo, la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A. informara a CONASEV los montos de los certificados de compra a ser utilizados, no debiendo exceder en ningun caso, de un MORDAZA de cinco (5) valores dentro del rango del valor del certificado de compra aprobado. Articulo 4º.- Inscribir la presente resolucion en el Registro de Empresas Administradoras de Fondos Colectivos de esta Comision Nacional. Articulo 5º.- Transcribir la presente resolucion a Plan de Ahorro Previo EAFC S.A. y a la Asociacion de Empresas Administradoras de Fondos Colectivos (ADEAFCO). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Intermediarios y Fondos Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 13926

INDECOPI
Aprueban MORDAZA metrologica sobre instrumentos de pesaje
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0060-1999/INDECOPI-CRT MORDAZA, 27 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, entre otras funciones, aprobar las normas sobre metrologia legal; Que, con fecha 19 de octubre de 1999, el Servicio Nacional de Metrologia presento a la Secretaria Tecnica de la Comision el Informe Tecnico SNM Nº 0028-99, a traves del cual propone la adecuacion de la MORDAZA Internacional OIML 107-1:1997 Discontinuos totalizing automatic weighing instruments (totalizing hopper weighers). Part 1: Metrological and Technical requirements-Test, como MORDAZA Metrologica Peruana. Esta MORDAZA fue elaborada en coordinacion con la Direccion Nacional de Procesamientos Pesqueros del Ministerio de Pesqueria; Que, luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica recomendo a la Comision la aprobacion del siguiente Proyecto de MORDAZA Metrologica Peruana: PNMP 010:1999 INSTRUMENTOS DE PESAJE TOTALIZADORES DISCONTINUOS AUTOMATICOS (TOLVAS PESADORAS TOTALIZADORAS) Parte 1: Requisitos metrologicos y tecnicos - Ensayos

Valor del Certificado Numero de Asociados Duracion del Grupo Cuota de Inscripcion

Cuota Capital

Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807, la Comision, con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 27 de octubre de 1999; RESUELVE: Aprobar como MORDAZA Metrologica Peruana, con caracter obligatorio, la siguiente:

Cuota de Administracion

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