Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (07/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 180056 NORMAS LEGALES Lima, domingo 7 de noviembre de 1999 POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 13953 Crean el Comité Municipal Multisec- torial de Prevención Integral y Desa- rrollo Humano ORDENANZA Nº 033-99/CDLO Los Olivos, 18 de octubre de 1999 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta y por UNANIMIDAD se APROBO la siguiente: ORDENANZA Nº 033-99/CDLO QUE CREA EL COMITE MUNICIPAL MULTISECTORIAL DE PREVENCION INTEGRAL Y DESARROLLO HUMANO Artículo Primero.- DECLARESE de interés social para la Municipalidad de Los Olivos, la creación e insta- lación del Comité Municipal Multisectorial de Prevención Integral y Desarrollo Humano. Artículo Segundo.- CREASE a partir de la fecha el Comité Municipal Multisectorial de Prevención Integral y Desarrollo Humano como órgano de apoyo en temas referidos a la Niñez, Adolescencia, Mujer, Familia y Ter- cera Edad, así como al Uso Indebido de Drogas. Artículo Tercero.- CONFORMAR el referido Comité Municipal Multisectorial con el Concurso de los representantes de las Organizaciones Públicas, Privadas, Sociales y demás integrantes de la sociedad civil del distrito de Los Olivos. Artículo Cuarto.- PRECISAR que las funciones especí- ficas a desarrollar por el Comité Municipal Multisectorial son orientar, apoyar y coordinar acciones que propicien: - El análisis de la problemática de la Infancia, Adoles- cencia, Familia, Mujer y Adulto Mayor, así como del Uso Indebido de Drogas. - Elaborar propuestas a nivel local de acciones inte- rinstitucionales para la atención integral de los sectores antes mencionados y la prevención del uso indebido de drogas. - La Comunicación y nexo entre las Instituciones Públicas, Privadas y Organizaciones de la Comunidad y Gobierno Local. - Vigilar el Cumplimiento a nivel local de los Disposi- tivos Legales que protegen al Niño, Adolescente, Mujer, Familia, Adulto Mayor y aquellos que sancionan el Uso Indebido de Drogas. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Dirección Muni- cipal, Dirección de Desarrollo Humano y demás Areas competentes el estricto cumplimiento de la presente Or- denanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Comisión de Regido- res de Desarrollo Humano, para que en un plazo no mayor de 15 días útiles, elabore el Reglamento de Organización y Funciones del referido Comité Municipal Multisectorial. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 13954Amplían plazo de beneficios tributa- rios referidos al interés moratorio, factor de ajuste de deudas y al des- cuento en el pago de arbitrios muni- cipales ORDENANZA Nº 034-99/CDLO Los Olivos, 3 de noviembre de 1999 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 034-99/CDLO SOBRE PRORROGA DE LOS BENEFICIOS DE CONDONACION DEL INTERES MORATORIO Y FACTOR DE REAJUSTE Y DESCUENTO DEL 10% POR PAGO AL CONTADO DEL IMPORTE ANUAL DE ARBITRIOS 1999 Artículo Primero.- PRORROGUESE, a partir del 1 de noviembre de 1999 y hasta el 30 del mismo mes, el beneficio de Condonación del Interés Moratorio y del Factor de ajuste de las deudas tributarias, otorga- da con Ordenanza Nº 21-99/CDLO y prorrogada con Ordenanzas Nº 023-99/CDLO, Nº 028-99/CDLO y Nº 029-99/CDLO. Artículo Segundo.- EL BENEFICIO de condonación otorgado en el artículo precedente, incluirá los períodos vencidos del presente año. Artículo Tercero.- PRORROGUESE, a partir del 1 de noviembre de 1999 y hasta el 30 del mismo mes, los alcances del Artículo Segundo de la Orde- nanza Nº 018-99/CDLO que establece el beneficio de descuento del 10% por el pago al contado del importe anual de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos, Relleno Sanitario y Serenazgo del presente ejercicio, a que se refiere el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 011-99/CDLO y prorrogada con Ordenanzas Nº 025-99/CDLO, Nº 028-99/CDLO y Nº 29-99/CDLO. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Rentas, el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y a la Unidad de Imagen Institucio- nal la difusión de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 13955 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Aprueban Aranceles de Costas y Gas- tos del Procedimiento de Cobranza Coactiva de la Municipalidad ORDENANZA Nº 000005 Puente Piedra, 19 de febrero de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA