Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 1999 (16/11/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, martes 16 de noviembre de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 180283

NOTAS METODOLOGICAS DEL ANEXO Nº 20: "REQUERIMIENTO PATRIMONIAL MINIMO POR RIESGO DE PRECIO DE LAS POSICIONES EN VALORES REPRESENTATIVOS DE CAPITAL" 1. CONSIDERACIONES GENERALES El presente Anexo permitira determinar el requerimiento patrimonial minimo por posiciones en valores representativos de capital afectas a riesgo de precio. Se realizaran tres tipos de calculos por cada MORDAZA en el cual la empresa mantenga posiciones: (1) para determinar el requerimiento patrimonial por riesgo general, (2) para determinar el requerimiento patrimonial por riesgo especifico y (3) para determinar el requerimiento patrimonial por riesgos de las posiciones en opciones no considerados en (1) ni en (2). La suma de los tres calculos correspondera al requerimiento patrimonial minimo por riesgo de precio materia de este Anexo. Cada uno de los valores representativos de capital debera ser asignado al MORDAZA de origen de la Bolsa de Valores donde se lista el activo subyacente. Por ejemplo, si el valor por asignar se tratase de una opcion sobre un ADR de una accion listada unicamente en la Bolsa de Valores de MORDAZA, el MORDAZA al cual corresponde este valor es Peru. En caso un valor representativo de capital se liste en las Bolsas de mas de un MORDAZA, este se asignara al MORDAZA donde se transe la mayor proporcion de la emision. 2. COMPENSACION DE POSICIONES (NETEO) Posiciones opuestas (una larga y otra corta) en un mismo valor representativo de capital, sea o no bajo la forma de subyacente, asignadas a un mismo MORDAZA y que no involucren opciones, podran ser compensadas, resultando en una unica posicion larga o corta de ese valor, sobre la cual se calcularan los requerimientos patrimoniales por riesgo especifico y por riesgo general. Por ejemplo, una posicion larga en un futuro sobre una accion se podra compensar con una posicion corta en la misma accion. En el caso de opciones, para las empresas que empleen la metodologia simplificada (ver numeral 5.1 de las presentes notas metodologicas), la compensacion se permitira solo cuando las empresas mantengan opciones vendidas cubiertas perfectamente por opciones compradas con exactamente los mismos terminos. Se extiende este criterio de compensacion a aquellas estrategias de arbitraje en las cuales se mantiene una posicion en depositary receipts y la opuesta en las acciones subyacentes en un MORDAZA diferente, pero solo si las acciones subyacentes son susceptibles de ser entregadas libremente a cambio del depositary receipt. Las compensaciones estan condicionadas a que ambos instrumentos financieros posean exactamente los mismos derechos y puedan ser intercambiados entre si dentro de 180 dias. 3. VALORIZACION DE POSICIONES Para la elaboracion del presente Anexo, las posiciones deberan ser valorizadas manteniendo la consistencia con la informacion del Anexo Nº 1 "Inversiones" y del Anexo Nº 18 "Posiciones en Instrumentos Financieros Derivados por Cuenta Propia", segun se indica a continuacion: a. Acciones: A valor de mercado. b. Depositary Receipts: Deben ser convertidos en las acciones subyacentes. Las acciones subyacentes se tratan segun el punto anterior. c. Instrumentos de Deuda Convertibles: A valor de mercado. d. Futuros y Forwards sobre valores representativos de capital: A valor de MORDAZA del forward o del futuro. e. Futuros y Forwards sobre indices de valores representativos de capital: Al valor de MORDAZA del portafolio nominal ("notional") subyacente, segun la ponderacion de cada indice. f. Swaps sobre valores o indice de valores representativos de capital: Deberan ser tratados como dos posiciones nominales separadas: una posicion larga por el subyacente determinante del flujo que la empresa recibe y una posicion corta por el subyacente determinante del flujo que la empresa entrega. El presente Anexo solo debera considerar la informacion sobre posiciones asociada a valores representativos de capital. g. Opciones sobre valores o indices de valores representativos de capital: Segun lo indicado en el numeral 5 de las presentes notas metodologicas.

h. Otros titulos valores que se comporten como valores representativos de capital: A valor de MORDAZA del dia de MORDAZA del Anexo. Se considerara como valor de MORDAZA de un valor representativo de capital que lista en Bolsa el precio de cierre del mismo del dia del Anexo. En caso dicho dia no registre cotizacion, se tomara el ultimo precio de cierre disponible. En caso de instrumentos financieros derivados sobre valores representativos de capital que no listen en Bolsa, se considerara como valor de MORDAZA el estimado realizado por la empresa, cuya metodologia de valorizacion estara a disposicion de esta Superintendencia y cuyos resultados seran presentados en el Anexo Nº 18 "Posicion en Instrumento Financieros Derivados por Cuenta Propia". Para los fines del presente Anexo, la valorizacion de los valores representativos de capital debe estar expresada en nuevos soles, empleando para dicho fin el MORDAZA de cambio de cierre del dia de MORDAZA del Anexo. 4. CALCULO DEL REQUERIMIENTO PATRIMONIAL POR RIESGO GENERAL Y POR RIESGO ESPECIFICO (METODO ESTANDARIZADO): La metodologia de calculo que a continuacion se detalla excluye el tratamiento de las opciones, el mismo que se indica en el numeral 5 de las presentes notas metodologicas. 4.1 Riesgo General El calculo del requerimiento patrimonial por riesgo general se efectuara para cada MORDAZA, segun lo senalado en el numeral 1 de las presentes notas metodologicas. En este sentido, para cada MORDAZA, se calculara la posicion MORDAZA total, definida como la diferencia en valor absoluto, por una parte, de la suma de todas las posiciones netas largas (columna A) y, por otra, de la suma de todas las posiciones netas cortas (columna B). El requerimiento patrimonial por riesgo general (celda D) sera equivalente al resultado de multiplicar la posicion MORDAZA total, incluyendo el valor MORDAZA neto segun corresponda (ver nota metodologica 5.2.1), por 9.1%. 4.2 Riesgo Especifico Para el calculo del requerimiento patrimonial por riesgo especifico se debera considerar para cada MORDAZA, segun lo senalado en el numeral 1 de las presentes notas metodologicas, las siguientes tres posibilidades: 4.2.1 Posiciones sobre indices adecuadamente diversificados Para el calculo del requerimiento patrimonial en posiciones sobre indices adecuadamente diversificados, se requerira, por riesgo de ejecucion, una ponderacion equivalente a 2.3% sobre la posicion MORDAZA en cada indice (columna E). Sin embargo, se deben contemplar las siguientes excepciones: a. Cuando se toma una posicion opuesta en contratos con la misma fecha de ejecucion en indices muy similares, se aplica un requerimiento patrimonial de 2.3%, solo a una de las posiciones. b. Cuando deliberadamente se toma una posicion en un contrato a futuro sobre un indice y se mantiene una posicion opuesta en una canasta de acciones que contenga al menos el 90% del indice (cuando se desglosa en sus componentes nominales, valorizados a valor de mercado) siempre y cuando la estrategia este controlada y explicada en el Anexo 18 "Posiciones en Instrumentos Financieros Derivados por Cuenta Propia", se aplica un requerimiento patrimonial de 2.3% a cada posicion. 4.2.2 Otras posiciones sobre indices Estas posiciones se deberan desglosar en los componentes nominales del portafolio equivalente, valorizados a valor de mercado. El requerimiento patrimonial correspondera a lo dispuesto en el numeral 4.2.3 de las presentes notas. 4.2.3 Posiciones que no involucran indices Para cada MORDAZA, se calculara la posicion bruta total, definida como la suma de todas las posiciones netas (largas y cortas) en valores absolutos. El requerimiento patrimonial por riesgo especifico sera equivalente al resultado de multiplicar la posicion bruta total (columna I) por 9.1%. En caso las inversiones correspondan a valores representativos de capital de las Bolsas de Valores consideradas liquidas (senaladas en el siguiente cuadro), el requerimiento patrimonial correspondera al resultante de utilizar una ponderacion equivalente a 4.5% sobre la posicion bruta total (columna G).

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.