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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (18/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 180344 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de noviembre de 1999 compruebe la configuración de alguno de los siguientes supuestos, considerandos como de cobranza dudosa: - Dirección Incorrecta y/o Inexistente. - Predio desocupado. b) Procedimiento.- Para que un deudor ingrese a la base pasiva de Contribuyentes por concepto de deudas de cobranza dudosa, deberán haberse realizado las siguientes acciones: - Ubicación de la declaración jurada y verificación de la información declarada en relación a la contenida en la Base de Datos de Contribuyentes del distrito. - Inspección ocular al domicilio fiscal declarado por el deudor y/o al predio y/o establecimiento que dio origen a la deuda. La inspección ocular será realizada a través de los fiscalizadores, los mismos que dejarán constancia en las respectivas Actas de Inspección de Contribuyentes Pasivos. - Búsqueda del deudor en la Base de Datos de Contribuyen- tes del distrito respectivo de otros predios y/o establecimientos. - Búsqueda del deudor a través de páginas web y/o guías que contengan directorios telefónicos. - Cruce de información con instituciones dedicadas a la administración de información de personas naturales y/o jurídicas o de predios, siempre y cuando el costo de ejecución sea inferior a la recaudación proyectada. c) Resolución.- La Dirección de Rentas, será la encarga- da de emitir la correspondiente Resolución de Cobranza Dudosa una vez que se hayan agotado las acciones descritas en el artículo precedente.d) Contenido.- La Resolución de Cobranza dudosa debe contener: - Nombre, denominación o razón social del deudor. - Nombre del representante legal o persona autorizada, cuando corresponda. - Registro Unico de Contribuyentes (RUC) o documento de identificación del deudor, según corresponda. - Domicilio fiscal, legal o real del contribuyente, deudor o solicitante, según corresponda. - Concepto e importe de la deuda origen que se declara dudosa. - Firma del Director de Rentas. e) Fecha de Extinción.- La fecha de extinción de la deuda de cobranza dudosa será la de la incorporación a la Base Pasiva de Contribuyentes, no siendo necesario que la Municipalidad realice notificación adicional a la Resolución correspondiente. f) Regularización.- El contribuyente cuya deuda haya sido declarada de cobranza dudosa conservará su condición de deudor tributario y deberá regularizar toda obligación tributaria pendiente, en el momento en que por algún motivo sea identificado por la municipalidad. Artículo Segundo.- Apruébese el Formulario deno- minado "Acta de Inspección de Contribuyentes Pasivos", cuyo modelo y texto forman parte del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS BEDOYA DE VIVANCO Alcalde a MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES DIRECCION DE RENTAS SUBDIRECCION DE FISCALIZACION TRIBUTARIA ACTA DE INSPECCION DE CONTRIBUYENTES PASIVOS FISCALIZADOR: _________________________________________ FIRMA:_______________________________________________________ ZONA:_________________________________________________ TOTAL DE CONTRIBUYENTES: ___________________________________ FECHA: DETALLE POR CONTRIBUYENTE SEGUN TIPO LEYENDA: TIPO 1) Predio Transferido 3) Dirección Incorrecta 5) Predio desocupado 2) Nueva Razón Social 4) Dirección Inexistente UBICACION DEL CODIGO NOMBRE/RAZON SOCIAL DOMICILIO FISCAL PREDIO TIPO OBSERVACIONES Total de Contribuyentes según tipo: Tipo Cantidad 1 2 3 4 14364