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Pág. 180332 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de noviembre de 1999 Juzgados Permanentes de Ejecución de Familia, ha hecho posible mantener el manejo constante y fluido de la carga procesal asumida por los 6 Magistrados, brindándose de esta forma una inmediata y efectiva Administración de Justicia en beneficio de los justiciables y lo que es más importante, el trabajo jurisdiccional en conjunto centrado en los procesos en el estado procesal de ejecución, viene posibilitando hacer efectivo el derecho reconocido, caute- lándose de esta forma los intereses del Niño y del Adoles- cente; preocupación que comparte con compromiso y responsabilidad la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, del informe estadístico correspondiente al mes de octubre del presente año, se evidencia la siguiente carga procesal de expedientes en estado de Ejecución asumida por los indicados Despachos de la siguiente manera: Pri- mer Juzgado Permanente de Familia (Dra. Liliana Chávez Berrios): 921 expedientes; Despacho Colectivo "A" del Primer Juzgado Permanente de Familia (Dra. Susana Mendoza Caballero): 855 expedientes; Despacho Colectivo "B" del Primer Juzgado Permanente de Familia (Dra. Angela Cárdenas Salcedo): 815 expedientes; Segundo Juzgado Permanente de Familia (Dra. Eddy Luz Vidal Ccanto): 960 expedientes; Despacho Colectivo "A" del Segundo Juzgado Permanente de Familia (Dra.Ana Patri- cia La Deza): 621 expedientes; Despacho Colectivo "B" del Segundo Juzgado Permanente de Familia (Dra. Rosa Ro- dríguez Lecaros): 685 expedientes; lo que hace un total de 4,857 expedientes en estado de ejecución, situación fren- te a la cual se hace necesaria y justificable la prórroga del funcionamiento de los Despachos Colectivos de Apoyo de los Juzgados Permanentes de Ejecución de Familia, por 3 (tres) meses; de no ser así se estaría bloqueando y parali- zando el servicio de justicia, responsabilidad que compar- te este Despacho con los órganos administrativos y geren- ciales del Poder Judicial; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad del Distrito Judicial a su cargo, dirige la política del Poder Judicial emanada de la Comi- sión Ejecutiva en coordinación con la Secretaría Ejecuti- va, por lo que asume competencia administrativa, siendo responsable del cumplimiento de las disposiciones admi- nistrativas dictadas para la mejor organización y funcio- namiento de las dependencias que conforman su Distrito Judicial; Que, por tales razones en uso de las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la prórroga del funcio- namiento de los Despachos Colectivos de Apoyo del Primer y Segundo Juzgados Permanentes de Ejecución de Familia, por el término de 3 (tres) meses, esto es del 19 de noviembre al 19 de febrero del 2000. Artículo Segundo.- ENCARGAR al doctor Víctor Alberto Corante Morales, Juez Provisional del Cuarto Juzgado de Familia, representante de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, las funciones de coordinación y apoyo necesario que requieran el Primer y Segundo Juzgados Permanentes de Ejecución de Fami- lia y los Despachos Colectivos de Apoyo, solicitando los requerimientos necesarios a las Oficinas Administra- tivas. Artículo Tercero.- DISPONER que la Presidencia de la CODICMA, supervise la labor jurisdiccional de los Magistrados Integrantes tanto de los Despachos Colecti- vos de Apoyo como de los Juzgados Permanentes de Ejecu- ción de Familia, dando cuenta de la producción jurisdiccio- nal, bajo inventario con carácter de declaración jurada; por lo que cada quincena hasta el mes de febrero del año entrante , elevará el informe correspondiente sobre los avances, logros y resultados de producción jurisdiccio- nal y carga procesal. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaría Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Supervisión de Personal, de la Fisca- lía de la Nación, de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, de la Presidencia de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de la ODICMA, y de los Magis- trados comprendidos en la presente resolución para los fines pertinentes.Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 14391 S B S Autorizan a institución bancaria el cie- rre de agencias ubicadas en las pro- vincias de El Santa y Chiclayo RESOLUCION SBS Nº 1005-99 Lima, 10 de noviembre de 1999 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Wiese Sudameris para que esta Superintendencia autorice el cierre de las agencias ubicadas en: - Jr. Bolognesi Nºs. 485 - 489, distrito de Chimbote, provincia de El Santa, departamento de Ancash. - Calle San José Nº 755, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica los cierres solicita- dos; Estando a lo informado por el Intendente de Análisis y Supervisión de Intermediarios Financieros "C" me- diante los Informes Nºs. ASIF "C" 234-OT/99, ASIF "C" 235-OT/99; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Circular Nº B-1989-97; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco Wiese Sudameris el cierre de las agencias ubicadas en: - Jr. Bolognesi Nºs. 485 - 489, distrito de Chimbote, provincia de El Santa, departamento de Ancash. - Calle San José Nº 755, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 14370 I N E I Indices Unificados de Precios para las seis áreas geográficas correspondien- tes al mes de octubre de 1999 RESOLUCION JEFATURAL Nº 322-99-INEI Lima, 16 de noviembre de 1999