Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 1999 (18/11/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 18 de noviembre de 1999

miento de sus obligaciones tributarias, motivo por el cual corresponde modificar la Ordenanza Nº 047-MDSL, que aprueba el BIR, introduciendo incentivos adicionales para el pago de los arbitrios municipales que deben pagar los comerciantes e industriales; En uso de las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades, y de conformidad con la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - Decreto Supremo Nº 135-99-EF y Ordenanza Nº 047-MDSL, se expidio la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- MODIFICAR la Ordenanza Nº 047MDSL incorporando una MORDAZA Disposicion Final, con el siguiente texto: "Quinta Disposicion Final: Beneficio de Descuento Especial. Los contribuyentes que cumplan con el pago al contado dentro de la vigencia del BIR, de todos los Arbitrios de Limpieza Publica y de Parques y Jardines que tengan pendientes de cancelacion y hubieren sido generados mecanizadamente en los ejercicios fiscales 1995 a 1998 con tasa de comercio y/o industria, obtendran un descuento especial equivalente al cincuenta por ciento (50%) del monto insoluto generado en su oportunidad. Constituye requisito para obtener el beneficio de descuento especial, acreditar la cancelacion del ano completo por concepto de los Arbitrios de Limpieza Publica y de Parques y Jardines correspondiente al ejercicio fiscal 1999. Articulo Segundo.- El descuento especial del monto de los Arbitrios de Limpieza Publica y de Parques y Jardines senalado en el articulo anterior, solo es aplicable para quienes realicen su pago a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, no incluyendose a los contribuyentes cuyos arbitrios de anos anteriores hubieren sido determinados como consecuencia del ejercicio de la facultad de fiscalizacion de la Municipalidad. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Direccion de Rentas y a Direccion de Administracion el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14341

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853; DECRETA: Articulo 1º.- PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO DE MORDAZA DE DECLARACION JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL.- Aprobar el Procedimiento Simplificado de MORDAZA de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial por el cual los contribuyentes podran hacer uso de las siguientes opciones: 1.- TRANSFERENCIA ELECTRONICA DE DATOS A fin de efectuar la Declaracion Jurada del Impuesto Predial sin necesidad de presentar formularios, los contribuyentes informaran al orientador de la Plataforma de Atencion al Contribuyente, los datos relativos a dicha Declaracion, los mismos que deberan corresponder a informacion preexistente en la base de datos de la Municipalidad, tales como los del anterior propietario, o los datos que se encuentran en el archivo de Catastro o de Obras Privadas. 2.- DECLARACION DEL IMPUESTO PREDIAL CON FORMULARIOS Los contribuyentes que declaren caracteristicas diferentes a las existentes en la base de datos de la Administracion Tributaria deberan recabar el formulario simplificado de HR y PU en la Plataforma de Atencion al Contribuyente. El orientador rechazara la Declaracion Jurada si los datos referidos a la determinacion de la base imponible son incompletos. La Declaracion rechazada sera considerada como no presentada. Articulo 2º.- EMISION MECANIZADA DE LA DECLARACION JURADA .- La Administracion Tributaria emitira, en los supuestos contenidos en el Articulo 1º del presente dispositivo, una Declaracion Jurada mecanizada. La referida Declaracion debera contener como minimo los datos relativos a la identificacion del contribuyente y del predio, la determinacion de la base imponible y del impuesto resultante, asi como un numero autogenerado por el sistema. Este formato impreso sera la MORDAZA de haber presentado esta Declaracion. Articulo 3º .- ACTUALIZACION DE DATOS.- Los contribuyentes deberan comunicar a la Administracion Tributaria dentro de los cinco (5) dias de producidos, los siguientes hechos: 1. Cambio de domicilio fiscal; 2. Cambio de representantes legales; 3. Toda otra modificacion en la informacion proporcionada por el deudor tributario y que no incida en la determinacion del impuesto. Para estos efectos los contribuyentes deberan recabar sin costo alguno el Formulario de Actualizacion de Datos, el mismo que debidamente llenado sera recepcionado y/o visado por el orientador. Articulo 4º.- APROBACION DE FORMATOS.- Apruebase los formularios y formatos que a continuacion se detallan, los mismos que tendran el caracter de declaracion jurada: a) Formulario Simplificado de HR y PU. b) Formato "Declaracion Jurada Impuesto Predial". c) Formulario "Actualizacion de Datos". Los modelos de los citados formatos y formularios se anexan al presente dispositivo. Articulo 5º.- COSTO DE FORMATOS.- Mantengase vigente el item Nº 3 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 47-98/MM. Articulo 6º.- DERECHO DE EMISION.- Fijese el derecho de emision de las liquidaciones del Impuesto de Alcabala y Multas Tributarias en S/. 1.00 MORDAZA Sol, por cada concepto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA BEDOYA DE MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban procedimiento simplificado para la MORDAZA de la declaracion jurada del Impuesto Predial
DECRETO DE ALCALDIA Nº 23 -99-MM Miraflores, 11 de noviembre de 1999 EL MORDAZA DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, el Articulo 14º de la Ley de Tributacion Municipal aprobada por el Decreto Legislativo Nº 776 establece las circunstancias que obligan al contribuyente a presentar Declaracion Jurada del Impuesto Predial; Que, el primer parrafo del Articulo 88º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante D.S. Nº 135-99-EF establece que la declaracion tributaria es la manifestacion de hechos comunicados a la Administracion Tributaria en la forma establecida por Ley, Reglamento, Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar; Que, en tal sentido, a fin de otorgar a los contribuyentes las facilidades y adecuada orientacion para el cumplimiento de sus obligaciones formales, es necesario implementar un procedimiento simplificado de MORDAZA de Declaraciones Juradas del Impuesto Predial;

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