Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 1999 (18/11/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, jueves 18 de noviembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra el referido servidor, al que se contrae la presente Resolucion, concluyendo que no se ha establecido la responsabilidad del procesado en el cargo imputado, recomendando su Absolucion; Que, de conformidad a lo establecido en los Arts. 168º, 169º, 170º y 171º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM del 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 111-99-COPEPROAD-PNP de 26.JUL.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el MORDAZA General Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Absolver al EC AA PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del cargo imputado mediante R.D. Nº 3328DIPER-PNP de 1.JUL.99. Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion al interesado, a partir del dia siguiente de su notificacion y/o publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 13912 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1083-99-IN/PNP MORDAZA, 3 de noviembre de 1999 Visto, el Parte Nº 65-098-XRPNP-IRE/INV de 27.JUN.98, de Registro C-258-3842, instruido contra la EC PB PNP MORDAZA AYCHO MORDAZA (48) CIP Nº 260100. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 953-99-DGPNP/DIPER de 31.MAR.99, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a la EC PB PNP (ENFERMERA) MORDAZA AYCHO MORDAZA, quien presta servicios en la XRPNP, por existir evidencias de la presunta comision de faltas disciplinarias (Incumplimiento de normas y negligencia en el desempeno de sus funciones) al no haber observado las reglas tecnicas de su profesion, no efectuando la prueba de reaccion de sensibilidad y absorcion a la MORDAZA del Policlinico PNP "SANTA ROSA" del MORDAZA, MORDAZA Dulia MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al aplicarle los medicamentos recetados para el tratamiento de la dolencia diagnosticada, negligencia que coadyuvo al posterior deceso de dicha paciente; hecho suscitado el 8.ABR.98, habiendose instruido el Atestado Nº 098-DIVINCRI-XRPNP del 10.JUN.98 denunciandose a la referida servidora como presunta autora del Delito Contra la MORDAZA, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Homicidio Culposo; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada ha presentado su descargo correspondiente, manifestando ser MORDAZA de los cargos que se le imputan toda vez que efectuo su accionar dentro de los procedimientos tecnicos establecidos, adjuntando documentacion que sustenta su descargo; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra la referida servidora, al que se contrae la presente Resolucion, concluyendo que no se ha establecido la responsabilidad de la procesada en los cargos imputados, recomendando su Absolucion; Que, de conformidad a lo establecido en los Arts. 168º, 169º, 170º y 171º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civi-

les de la PNP, en el Acta Nº 63-99-COPEPROAD-PNP de 20.MAY.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el MORDAZA General Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Absolver a la EC PB PNP MORDAZA AYCHO MORDAZA, de las faltas disciplinarias imputadas mediante R.D. Nº 953-99-DGPNP/DIPER de 31.MAR.99. Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion a la interesada, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 13915

Sancionan con suspension y destitucion a servidores de la PNP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1080-99-IN/PNP MORDAZA, 3 de noviembre de 1999 Visto, el Parte Nº 002-98-DINSEV-UCT-LN-JPO de 16.MAR.98 y Parte Nº 187.98.DIRSAN.HC.PNP.INSP.U.Inv. de 4.NOV.98, de registro C-393-819-DIPER-PNP-DAPEYEC, instruido contra la EC PB PNP (ENFERMERA) MORDAZA MORDAZA MORDAZA ATALAYA (43) CIP Nº 271603. CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 2758-DIPER-PNP de 10.JUN.99 se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a la EC PB PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA ATALAYA, por la presunta comision de faltas disciplinarias (incumplimiento de normas, grave indisciplina y faltamiento de palabra en agravio de personal PNP), hechos suscitados a horas 9.30, aproximadamente, del 7.FEB.98, en la cuadra 13 de la Av. MORDAZA Mendiola - San MORDAZA de Porres, como consecuencia de la intervencion policial efectuada a la camioneta rural (combi), de su propiedad, MORDAZA MORDAZA - color MORDAZA, sin placa de rodaje, tarjeta de propiedad, ni poliza de importacion, por encontrarse a la venta el referido vehiculo en la via publica, a cargo del civil MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interfiriendo la referida EC con la labor policial; Que, efectuada la Notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo escrito y oral ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra la referida servidora, al que se contrae la presente Resolucion, y observadas las garantias y procedimientos establecidos, ha comprobado que la accion suscitada constituye falta grave, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de QUINCE (15) dias de Suspension sin goce de remuneraciones; Que, de conformidad a los Arts. 28º Incs. "a" y "c" y 26º Inc. "b" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y al Art. 155º Inc. "b" de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 00590-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en el Acta Nº 93-99COPEPROAD-PNP de 7.JUL.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el MORDAZA General Director General de la Policia Nacional del Peru;

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