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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (01/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 177341 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de setiembre de 1999 previstos en el inciso b) del Artículo 51º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria concordante con los Artículos 456º y 462º del Reglamento General de la UNE, aprobado mediante Resolución Nº 223-88-R de fecha 12 de mayo de 1988; Que, la precitada Resolución Rectoral, en su Artículo 3º encarga a las Comisiones Permanente y Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios de esta Casa Superior de Estudios las funciones específicas que co- rresponden al Tribunal de Honor de la UNE; Mediante Oficio Nº 007-99-TH-UNE de fecha 14 de mayo de 1999, los miembros del Tribunal de Honor de la UNE, remiten los expedientes a Secretaría General advirtiéndose que son devueltos sin el dicta- men de calificación correspondiente, permitiendo a su vez la Prescripción de la Acción en cada caso, contraviniendo lo previsto en el Artículo 173º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remu- neraciones del Sector Público; En tal sentido los miembros del Tribunal de Honor de la UNE, habrían incurrido en negligencia en el desempe- ño de cargos y encargos oficiales, incumpliendo lo pres- crito en los Artículos 449º concordante con los incisos a) y b) del Artículo 451º, inciso a) del Artículo 452º, 456º y 462º del Reglamento General de la UNE, aprobado mediante Resolución Nº 223-88-R de fecha 12 de mayo de 1988, concordante con el Artículo 25º, incisos a), b), d), del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 y Artículos 163º, 173º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Regla- mento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público; Que, el Dr. Narciso FUTURE CUTIRE, en su condi- ción de Presidente de la Comisión Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios de la UNE y miembro del Tribunal de Honor de esta Casa Superior de Estu- dios, se encontraba incurso en incompatibilidad para calificar los expedientes devueltos a Secretaría Gene- ral por el suspendido Tribunal de Honor, en consecuen- cia la Comisión de Reorganización de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle, a fin de garantizar la imparcialidad y la correcta calificación de los referidos expedientes administrativos encarga a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos y Disciplinarios, la ejecución de dicho acto administra- tivo; Mediante Oficio Nº 420-99-SG-CR de fecha 19 de mayo de 1999, expedido por Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, se remite a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos y Disciplina- rios de la UNE, expedientes que estuvieron bajo la competencia del Tribunal de Honor de la UNE, a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 3º de la Resolución Nº 376-99-PCR-UNE de fecha 3 de mayo de 1999; Que, la Comisión Permanente de Procesos Admi- nistrativos y Disciplinarios de esta Casa Superior de Estudios, luego del análisis efectuado a los diez expe- dientes remitidos para su calificación correspondiente y en cumplimiento de sus funciones eleva el Informe Nº 005- 99-CPPAYD de fecha 16 de agosto de 1999, conforme a lo prescrito en el Artículo 166º del D.S. Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administra- tiva y Remuneraciones del Sector Público; Estando a lo prescrito en los Artículos 84º, 85º del Decreto Supremo Nº 002-94-JUS - Texto Unico Ordena- do de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, modificado por las Leyes Nºs. 26654, 26810 y 26960; concordante con lo previsto en los incisos b) del Artículo 51º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, Artículo 449º, incisos a) y b) del Artículo 451º, inciso a) del Artículo 452º, 456º, 462º del Reglamento General de la UNE, aprobado mediante Resolución Nº 223-88-R de fecha 12 de mayo de 1988, concordante con el Artículo 25º, incisos a), b), d), del Artículo 28º del Decreto Legisla- tivo Nº 276 y Artículos 163º, 173º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público;Estando a lo recomendado por la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos y Disciplinarios de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle; y, En uso de las atribuciones conferidas en el Art. 4º de la Ley Nº 26457 modificado por el Art. 3º de la Ley Nº 26614 y sus ampliatorias Leyes Nºs. 26797 y 26880 y a lo dispuesto en la Resolución Suprema Nº 411-97-PCM de fecha 21 de agosto de 1997; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR Proceso Disciplinario contra los Docentes Ordinarios integrantes del Tribunal de Honor de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle por haber incurrido en la comisión de faltas de carácter disciplinario, previstas en el Reglamento General de esta Casa Superior de Estu- dios conforme a los fundamentos de hecho y derecho expuestos Ut Supra, los mismos que a continuación se indica: - Mg. Sc. Manuel Alejandro SOLIS GOMEZ - Decano de la Facultad de Ciencias de la U.N.E. - PRESIDENTE. - Mg. Gloria CACERES VARGAS - Decana de la Facultad de Humanidades de la U.N.E. - MIEMBRO. - Dr. Narciso FUTURE CUTIRE - Decano de la Facultad de Tecnología de la U.N.E. - MIEMBRO. Artículo 2º.- CONCEDER el plazo de cinco (5) días hábiles a los Servidores Docentes, descritos en el Artícu- lo Primero de la presente resolución, a fin que cumplan con realizar sus descargos por escrito y las pruebas que estimen conveniente para su defensa. Artículo 3º.- REMITIR a la Comisión Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios de la Universi- dad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle el Informe Nº 005-99-CPPAYD, expedido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos y Disciplina- rios de esta Casa Superior de Estudios, con el objeto de establecer el grado de responsabilidad de los referidos docentes y recomendar las sanciones a que hubiere lugar. Artículo 4º.- TRANSCRIBIR la presente resolución a la Oficina de Auditoría Interna de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle. Regístrese, comuníquese y archívese. MOISES QUITO VIDAL Presidente JOSE A. REATEGUI DIAZ Secretario General 11139 I N E I Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de agosto de 1999 RESOLUCION JEFATURAL Nº 250-99-INEI Lima, 31 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 502, el Instituto Nacional de Estadística e Informática publicará en el Diario Oficial El Peruano, con carácter de Norma Legal, el primer día útil del mes siguiente al que corresponda, la variación mensual que