Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 1999 (01/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, miercoles 1 de setiembre de 1999

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Autorizan viaje de funcionaria de la institucion para participar en curso sobre derechos de la ninez y la adolescencia, a realizarse en Costa Rica
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 43-99/DP MORDAZA, 31 de agosto de 1999 Vistos; el Memorando Nº 157-99-ADDHH/DP remitido por el Adjunto al Defensor del Pueblo para los Derechos Humanos y las Personas Discapacitadas, de fecha 23 de agosto de 1999 y anexo el oficio de invitacion del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, proponiendo aquel la propuesta de participacion en representacion de una funcionaria de la institucion en el I Curso Latinoamericano "Derechos de la Ninez y la Adolescencia: Defensa Juridica y Sistema Interamericano de Proteccion de los Derechos Humanos", a realizarse entre el 30 de agosto y el 2 de setiembre del presente ano en San MORDAZA, Costa Rica, y, asimismo, el Memorando Nº 387-99-DP-GG, su Anexo 4A Nº 002-99-ADDHH/DP y los antecedentes respectivos; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de San MORDAZA, Costa Rica, entre el 30 de agosto y el 2 de setiembre del presente ano, se desarrollara el I Curso Latinoamericano "Derechos de la Ninez y la Adolescencia: Defensa Juridica y Sistema Interamericano de Proteccion de los Derechos Humanos" organizado en forma conjunta por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH), la Oficina Regional para MORDAZA Latina del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el Instituto Interamericano del MORDAZA y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL); Que, mediante el documento de Visto, se comunica la invitacion hecha por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos al Adjunto al Defensor del Pueblo para los Derechos Humanos y las Personas Discapacitadas, quien ha seleccionado en su representacion a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lizarraga, funcionaria que tiene a su cargo la promocion de los derechos del MORDAZA y del adolescente para participar en la precitada actividad; Que, los organizadores asumiran los gastos por concepto de pasajes internacionales y estadia que irrogue la asistencia de la funcionaria en el referido curso, debiendo disponerse con cargo al Presupuesto Institucional la MORDAZA de los gastos por concepto de instalacion y tributos, de acuerdo a ley; Que, interesa a la Defensoria del Pueblo del Peru que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lizarraga participe de modo oficial en su representacion, por tratarse de asuntos que conciernen a las funciones que la Constitucion del Estado y su Ley Organica le han encomendado, por lo que es procedente formalizar la autorizacion de su participacion en comision del servicio para las actividades anteriormente citadas, del 30 de agosto al 3 de setiembre del presente, inclusive; En concordancia con el Decreto Supremo Nº 135-90PCM, en aplicacion de los Decretos Supremos Nºs. 16381-EF y 031-89-EF; en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26520 y de conformidad con los Articulos 6º y 7º, incisos a) y k) del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Defensorial Nº 3299/DP;

Articulo Primero.- AUTORIZAR el viaje en comision del servicio a la MORDAZA de San MORDAZA, Costa Rica, de la senorita doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lizarraga, funcionaria de la Defensoria del Pueblo, del 30 de agosto al 3 de setiembre de 1999, con la finalidad que participe en las actividades referidas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de esta resolucion se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios segun el detalle siguiente: US$ 200.00 por concepto de gastos de instalacion y US$ 25.00 por concepto de Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto TUUA - CORPAC, totalizando US$ 225.00 (Doscientos veinticinco y 00/100 Dolares Americanos). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SANTISTEVAN DE MORDAZA Defensor del Pueblo 11148

Encargan Despacho del Defensor del Pueblo al Primer Adjunto
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 44-99/DP MORDAZA, 31 de agosto de 1999 Vistos; la invitacion remitida al Defensor del Pueblo, por el Director Ejecutivo del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, para que participe en la conferencia internacional sobre "El concepto de Ombudsman en Centroamerica: Mandato Institucional, Crisis y Perspectiva Futuras de Desarrollo" que se celebrara en San MORDAZA, Costa Rica, los dias 2 y 3 de setiembre de 1999 y, asimismo, la invitacion remitida por el Presidente de la International Association for Civilian Oversight of Law Enforcement (IACOLE) en representacion de su Junta de Directores, para que participe en la 15ª Conferencia Mundial Anual de la IACOLE que se celebrara en New South Wales, MORDAZA, Australia del 5 al 9 de setiembre de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de San MORDAZA, Costa Rica, entre los dias 2 y 3 de setiembre del presente, tendra lugar la conferencia internacional sobre "El concepto de Ombudsman en Centroamerica: Mandato Institucional, Crisis y Perspectiva Futuras de Desarrollo" organizado por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH), bajo el MORDAZA del Programa de Dinamarca Pro Derechos Humanos para Centroamerica (PRODECA), al que ha sido invitado a participar el titular de la Defensoria del Pueblo por el Director Ejecutivo del IIDH, en calidad de expositor del tema "Concepcion del Ombudsman: Funciones de tutela e investigacion", asumiendo los organizadores parcialmente los gastos en pasajes internacionales y la estadia que irrogara su asistencia; Que, en New South Wales, MORDAZA, Australia, del 5 al 9 de setiembre del presente, tendra lugar la 15ª Annual World Conference of International Association for Civilian Oversight of Law Enforcement (IACOLE) al que ha sido invitado a participar el Defensor del Pueblo por el Presidente de la IACOLE en representacion de su Junta de Directores, en calidad de expositor para presentar las experiencias de la Defensoria del Pueblo del Peru en relacion a los servicios policiales, asumiendo los organizadores los gastos de estadia que irrogara su asistencia; Que, con el fin de asegurar la continuidad de la gestion institucional debe encargarse el Despacho del

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