NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (13/09/1999)
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Pág. 177780 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de setiembre de 1999 APELLIDOS Y NOMBRES LICENCIAS CATEG. 1ZEÑA ANCA, Santos Collin AA-0054653 A-III 2CIEZA CORONEL, Enrique AF-0015501 A-III Que, conforme se aprecia en los informes que susten- tan esta resolución la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial, ha detectado que las licencias de conducir originales presentadas por los sujetos antes mencionados han sido adulteradas en sus categorías; Que, los hechos descritos constituirían delito contra la fe pública conforme lo tipifica el Código Penal, resul- tando pertinente autorizar al Procurador Público de este Ministerio para que inicie las acciones legales correspon- dientes contra las personas referidas en el segundo considerando de esta resolución y los que resulten res- ponsables; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público de este Ministerio a iniciar las acciones legales correspon- dientes contra las personas citadas en la parte conside- rativa de la presente resolución y los que resulten res- ponsables, por los hechos descritos precedentemente, debiendo la Dirección General de Circulación Terrestre remitirle los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 11622 Aprueban Directiva que precisa dispo- siciones aplicables a procesos de selección y contratación derivados de la ejecución del Proyecto "Derechos de Propiedad Urbana" RESOLUCION MINISTERIAL Nº 339-99-MTC/15.01 Lima, 7 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803 "Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal", se creó la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), como organismo rector máximo, encargado de diseñar y ejecutar de manera integral, comprehensi- va y rápida, un programa de formalización de la propie- dad y de su mantenimiento dentro de la formalidad a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de decisiones a este respecto; Que, el Artículo 33º del Texto Unico Ordenado de la referida Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, exonera a COFOPRI de la aplicación de las normas sobre proceso presupuestario, austeridad, remu- neraciones y mecanismos de contratación o contrata, establecidos en la Ley Marco de Presupuesto del Sector Público y en la Ley Anual de Presupuesto vigente y sus modificatorias, durante su período de implementación, el cual ha sido prorrogado hasta el mes de marzo del 2001; Que, en tal sentido, mediante Resolución Ministerial Nº 501-98-MTC/15.01 de fecha 7 de diciembre de 1998 se aprobó el Texto Único Ordenado de la Directiva Nº 005-97- COFOPRI "Normas sobre Adquisición de Bienes y Presta- ción de Servicios No Personales", la misma que establece los procesos de selección y requisitos necesarios para la adquisición de bienes y contratación de servicios; Que, en virtud al Artículo 53º del Estatuto de COFO- PRI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-98-MTC, se crea el Proyecto "Derechos de Propiedad Urba- na", cuyo contenido y financiamiento han sido objeto del Acuerdo de Préstamo BIRF Nº 4384-PE y el Acuerdo de Proyecto respectivo, suscritos con el Banco Interamerica- no de Reconstrucción y Fomento (BIRF) con fecha 4 de octubre de 1998 y cuya operación de endeudamiento externo ha sido aprobada mediante Decreto Supremo Nº 098-98-EF, dentro de los alcances de la Ley Nº 26893 - Ley de Endeudamiento Externo del Sector Público para 1998; Que, en mérito al Convenio de Traspaso de Recursos del Préstamo BIRF Nº 4384, aprobado mediante Resolu- ción Ministerial Nº 255-98-EF/75, el Ministerio de Eco- nomía y Finanzas a través de la Dirección General de Crédito Público trasladó a COFOPRI los recursos del referido préstamo, así como las obligaciones relativas a la unidad ejecutora, contenidas en el Acuerdo de Présta- mo para el cumplimiento de la ejecución del Proyecto; Que, el financiamiento para el Proyecto mencionado, contempla la adquisición de bienes y la contratación de servicios necesarios para la adecuada ejecución de sus actividades, para lo cual, de acuerdo a lo establecido en el Acuerdo de Préstamo Nº 4384-PE y su correspondiente Acuerdo del Proyecto, se emplearán los procesos de selección previstos en las normas sobre adquisiciones y contrataciones establecidas en ellos; Que, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar una Directiva que precise que los procesos de selección y contratación deri- vados de la ejecución del Proyecto "Derechos de Propiedad Urbana" se rigen por las disposiciones establecidas por el Acuerdo de Préstamo, sin perjuicio de aquellos que ejecu- te al amparo de las normas nacionales vigentes, de confor- midad a lo estipulado en el Anexo "Servicios de Adquisi- ción y Consultoría" del Acuerdo del Proyecto; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52º del Estatuto de COFOPRI y los Acuerdos de Préstamo y del Proyecto respectivos; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 034-99- COFOPRI "Normas que precisan que los procesos de selección y contratación derivados de la ejecución del Proyecto "Derechos de Propiedad Urbana" se rigen por las disposiciones establecidas por el Acuerdo de Présta- mo BIRF Nº 4384-PE". Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción y Presidente de COFOPRI DIRECTIVA Nº 034-99-COFOPRI NORMAS QUE PRECISAN QUE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DERIVADOS DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO "DERECHOS DE PROPIEDAD URBANA" SE RIGEN POR LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS POR EL ACUERDO DE PRÉSTAMO BIRF Nº 4384-PE I. DEL OBJETIVO Precisar que los procesos de selección y contratación derivados de la ejecución del Proyecto "Derechos de Propiedad Urbana" se rigen por las disposiciones esta- blecidas dentro del marco legal del Acuerdo de Préstamo BIRF Nº 4384-PE, sin perjuicio de aquellos que ejecute al amparo de las normas nacionales vigentes. II. FINALIDAD Cumplir estrictamente con las obligaciones estableci- das en el Acuerdo de Préstamo y el Acuerdo de Proyecto, los mismos que establecen los procedimientos y el marco legal aplicable para la selección, adquisición de bienes y/o contra- tación de servicios que se requieran efectuar para la ejecución del Proyecto "Derechos de Propiedad Urbana", dentro del marco legal establecido por dichos Acuerdos. III. ALCANCE Las disposiciones contenidas en la presente Directiva son de cumplimiento obligatorio por las unidades eje-