Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2000 (07/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 7 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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Articulo 11º.- CRITERIOS PARA LA DETERMINACION DEL COSTO DEL SERVICIO Para determinar el monto de los arbitrios regulados por la presente Ordenanza se tomara en consideracion el costo total de servicio, el mismo que se distribuira entre todos los contribuyentes aplicando los criterios siguientes: a) El valor del predio determinado en la Declaracion Jurada del Autoavaluo. b) El uso o actividad desarrollada en el predio (vivienda o comercial). c) El valor de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al mes de Enero del 2000. (D.S. Nº 191-99-EF): UIT. Ano 2000 = S/. 2,900 Articulo 12º.- JUSTIFICACION TECNICA DE LA DETERMINACION DE LAS TASAS De conformidad con el Articulo 69º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, modificado por Ley Nº 26725, las tasas aprobadas en la presente Ordenanza han sido calculadas en funcion al costo efectivo del servicio a prestar, segun se detalla en el Informe Tecnico que como Anexo 3, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 13º.- Queda establecido el derecho de emision mecanizada, distribucion y gastos administrativos, por los recibos de Limpieza Publica y Serenazgo en la suma anual de S/. 4.00 Nuevos Soles. CAPITULO II ARBITRIO DE PARQUES Y JARDINES Articulo 14º.- Quedan exonerados del cobro de Arbitrios de Parques y Jardines durante el presente ano 2000, todos los Contribuyentes del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. CAPITULO III ARBITRIO DE LIMPIEZA PUBLICA Articulo 15º.- DEFINICION El arbitrio de Limpieza Publica comprende el cobro por el servicio de recoleccion, transporte, descarga, transferencia y disposicion final de los desechos solidos al relleno sanitario provenientes de los predios referidos en el Articulo 4º de la presente Ordenanza. Articulo 16º.- Queda establecido el derecho de emision mecanizada, distribucion y gastos administrativos, por los recibos de Limpieza Publica y Serenazgo en la suma anual de S/. 4.00 Nuevos Soles. Articulo 17º.- En aplicacion de los criterios senalados en el Art.11º de la presente Ordenanza quedan aprobados en el Anexo I el importe mensual del Arbitrio destinado a financiar el Servicio de Limpieza Publica. Articulo 18º.- Para el Ejercicio Fiscal del ano 2000 queda aprobada la tarifa social mensual de Limpieza Publica en S/. 2.75 Nuevos Soles para aquellos Contribuyentes con predios si n edificar, construccion o destinados a MORDAZA habitacion, cuyo valor predial no exceda a las 2 Unidades Impositivas Tributarias UIT vigentes al 1 de enero del 2000. CAPITULO IV REGIMEN TRIBUTARIO DEL ARBITRIO DE SERENAZGO Articulo 19º.- El arbitrio de Serenazgo comprende el cobro por la organizacion, mantenimiento y mejora del servicio de vigilancia publica, proteccion civil y atencion de emergencias en procura de la Seguridad Ciudadana. Articulo 20º.- En aplicacion de los criterios senalados en el Articulo 11º los montos a cobrar por el arbitrio de Serenazgo son los montos establecidos en el Anexo II de la presente Ordenanza. Articulo 21º.- Establezcase como tarifa mensual minima S/. 1.50 Nuevos soles y un MORDAZA de S/. 200, para los contribuyentes que desarrollan actividades economicas cuyo Autovaluo sea mayor a 100 UIT. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los Contribuyentes podran optar por la cancelacion al contado de todas las cuotas dentro del plazo de vencimiento de la primera cuota establecida por el Art. 6º de la presente Ordenanza, en cuyo caso la Municipalidad concedera UN DESCUENTO ESPECIAL DEL 10% DEL MONTO TOTAL DEL ARBITRIO ANUAL A PAGAR. Segunda.- Encargar a la Direccion de Rentas, Direccion de Administracion y Unidad de Informatica y Estadistica, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza rige para el ejercicio fiscal del ano 2000.

Cuarta.- Dejese sin efecto cualquier otra disposicion que se oponga a la presente. MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 29 de febrero del 2000. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA IPENZA MORDAZA MORDAZA ANEXO I DETERMINACION DE LA TASA DE LIMPIEZA PUBLICA 2000
TRAMO DE VALORES (UIT) 0 2 3 5 10 MAS DE 30 2 3 5 10 30 MORDAZA HABITACION COSTO 2000 MENSUAL 0.0009483 0.0010345 0.0012931 0.0020690 0.0026897 0.0043103 2.75 3.00 3.75 6.00 7.80 12.50 TRIMESTRAL 8.25 9.00 11.25 18.00 23.40 37.50 ANUAL 33.00 36.00 45.00 72.00 93.60 150.00

% UIT

TRAMO DE VALORES (UIT) 0 0 3 5 10 20 Mas de 30 (1) Propietario (3) 3 3 5 10 20 30

COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y OTROS COSTO 2000 MENSUAL TRIMESTRAL ANUAL 0.00 00.00 00.00 (1) 6.50 19.50 78.00 (2) 6.50 19.50 78.00 6.50 19.50 78.00 10.00 30.00 120.00 30.00 90.00 360.00 0.00 0.00 0.00 (3)

% UIT 0.0000000 0.0007184 0.0022414 0.0022414 0.0034483 0.0103448 0.0000000

(2) Inquilino

0.0285% DEL VALOR DEL PREDIO: MONTO MENSUAL

ANEXO 2 DETERMINACION DE LA TASA DE SERENAZGO 2000
MORDAZA HABITACION COSTO MENSUAL 0 2 3 5 10 MAS DE 30 2 3 5 10 30 0.0000000 0.0005172 0.0006897 0.0008621 0.0010345 0.0010345 0.00 1.50 2.00 2.50 3.00 3.00 TRIMESTRAL ANUAL 0.00 4.50 6.00 7.50 9.00 9.00 00.00 18.00 24.00 30.00 36.00 36.00

TRAMO DE VALORES (UIT)

% UIT

TRAMO DE VALORES (UIT)

COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y OTROS COSTO MENSUAL TRIMESTRAL 0.00 2.00 2.20 2.75 3.00 4.00 25.00 200.00 0.00 6.00 6.60 8.25 9.00 12.00 75.00 600.00 ANUAL 0.00 24.00 26.40 33.00 36.00 48.00 300.00 2,400.00

% UIT 0 0 3 5 10 20 30 100 3 3 5 10 20 30 100 Mas 0.0000000 0.0006897 0.0007586 0.0009483 0.0010345 0.0013793 0.0086207 0.0689655

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