Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2000 (07/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de MORDAZA de 2000

Que, mediante Ordenanza Nº 9 de fecha 13 de marzo del 2000 se amplio el plazo de vencimiento hasta el 19 de marzo del 2000, para el pago al Contado y primera cuota del Impuesto Predial y el correspondiente a los pagos de enero y febrero del 2000; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 04-2000-DA-MDB de fecha 20 de marzo del 2000, se prorrogo hasta el 31 de marzo del 2000 el vencimiento de los tributos indicados; Que, el pago de los arbitrios correspondientes al mes de marzo vencen el 31 de marzo del 2000; De conformidad con lo dispuesto en los Arts. 74º y 192º de la Constitucion Politica del Estado y con las atribuciones que confiere el Inc. 3) de los Articulos 36º, 109º y 110º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- RATIFICAR la vigencia del Decreto de Alcaldia Nº 04-2000-DA-MDB de fecha 20 de marzo del 2000. Articulo Segundo.- AMPLIAR del 1 al 7 de MORDAZA del 2000, el plazo de vencimiento para el pago de los siguientes tributos: ANO 2000 A) Impuesto Predial B) Arbitrios Municipales : al Contado y primera cuota : enero, febrero y marzo

Estando a lo expuesto, y de acuerdo con lo dispuesto en los Articulos 36º y 47º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades y la Ley Nº 26317, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta y POR UNANIMIDAD; SE ACORDO: Articulo 1º.- Mantener los montos de las dietas de los senores regidores fijados en 1999, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 011-99-MDL, actualizandolos a la UIT 2000, los mismos que regiran para el Ejercicio Presupuestal 2000, por su asistencia efectiva a cada sesion de Concejo; con un MORDAZA de dos (2) sesiones remuneradas al mes, pudiendo efectuarse un numero mayor de sesiones, de acuerdo a las necesidades de la Corporacion. Articulo 2º.- Mantener el monto de la remuneracion del senor MORDAZA fijado en 1999, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 011-99-MDL, actualizandolo a la UIT 2000, el mismo que regira para el Ejercicio Presupuestal 2000. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina de Administracion y Unidad de Personal, el fiel cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Articulo 4º.- El egreso que demande el cumplimiento del presente Acuerdo sera afectado a la especifica del gasto correspondiente del ejercicio presupuestal vigente. Articulo 5º.- Deroguense las normas que se opongan al presente Acuerdo de Concejo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3950

Articulo Tercero.- Los beneficios otorgados por la Ordenanza Nº 007-99-DA/MDB y Decreto de Alcaldia Nº 02-2000DA/MDB, continuaran concediendose durante la ampliacion establecida en el articulo precedente. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3971

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Amplian plazo para el pago del Impuesto Predial
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2000/MDR MORDAZA, 3 de MORDAZA del 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA VISTOS: El Informe Nº 155-00-DAT/MDR, emitido por la Direccion de Administracion Tributaria y el Memorandum Nº 208-2000MDR/DM emitido por la Direccion Municipal; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 003-MDR de fecha 26 de enero del 2000, se establecio el vencimiento para el cumplimiento de la obligacion de pago del Impuesto Predial hasta el 30 de marzo del 2000; Que, mediante documentos de vistos, se establece que se encuentra aun pendiente la entrega de un volumen importante de la emision del Impuesto Predial del 2000, por lo que se hace indispensable ampliar dicho plazo a fin de que se facilite el cumplimiento del citado pago por parte de los contribuyentes del distrito; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Articulo Primero.- Ampliese el vencimiento tanto para el pago al contado como la primera cuota del mencionado Impuesto hasta el 15 de MORDAZA del 2000. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion Municipal y a la Direccion de Administracion Tributaria el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 3967

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Establecen remuneracion de MORDAZA y dieta de regidores por asistencia a sesiones de concejo para el Ejercicio Presupuestal 2000
ACUERDO DE CONCEJO Nº 010-2000-MDL Lince, 31 de marzo del 2000 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo senalado en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26317, establece que los Alcaldes y Regidores son rentados, conforme lo permita el presupuesto, previo acuerdo del respectivo Concejo Municipal; que, asimismo, el Articulo 3º de la MORDAZA Ley senalada, dispone que el Acuerdo para fijar el monto a percibir por los senores regidores y la remuneracion mensual del senor MORDAZA se adopta una vez al ano hasta el 31 de marzo de cada ejercicio presupuestal; Que, teniendo en cuenta el recorte sustancial de rentas para la Municipalidad, resulta inoportuno y antitecnico cualquier aumento, por lo que se considera conveniente y MORDAZA mantener los montos de las dietas a los senores regidores, y la remuneracion del senor MORDAZA fijados en 1999, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 011-99-MDL, actualizandolos a la UIT 2000, los mismos que regiran para el Ejercicio 2000;

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