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Pág. 185435 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de abril de 2000 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Expediente Nº 005703.1999.1, conteniendo la solicitud de la empresa SONTERRA S.A., propietaria del in- mueble de 17,892.00 m2, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, para que se ratifique la Resolución Nº 135-98-MML- DMDU-DGO, de fecha 23.12.98, expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobando los Proyectos Definitivos de Habilitación Urbana y con ello posibilitar su inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, los recurrentes inician el correspondiente trámite de habilitación urbana del terreno de su propiedad ante la Munici- palidad Metropolitana de Lima obteniendo la Resolución Nº 138-97-MML-DMDU de fecha 3.7.97, aprobando los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana para Uso Residencial de Densidad R-4 del terreno de 17,892.00 m2; Que, la empresa SONTERRA S.A., ha cumplido con adjun- tar copia literal de la Ficha Nº 1320858 del Registro de la Propiedad de Inmueble, en la que figura inscrito el terreno de 17,892.00 m2 a su nombre, así como la Resolución Nº 138-97- MML-DMDU, expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima (fs. 24) y acompaña también copia de Testimonio de Constitución de Sociedad Anónima (fs. 25-31); Que, la Oficina Registral de Lima y Callao a través del Tribunal Registral ha sentado jurisprudencia, con la expedición de la Resolución Nº 315-98-ORLC-TR, estableciendo la no ins- cripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima de las Resoluciones emitidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima relativas a los trámites de Habilitaciones Urbanas previs- tos en la Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas, ya que ésta establece la competencia de dicha Municipalidad sólo para habilitaciones urbanas dentro de la jurisdicción de El Cercado, al haberse facultado a las Municipalidades Distritales iniciar, proseguir y culminar las habilitaciones urbanas en mención; motivo por el cual ha expedido la Esquela de Observa- ción al Título Nº 00012408 (fs. 11); Que, es obligación de la Municipalidad resolver las cuestio- nes que se le propongan, aun en caso de deficiencia del ordena- miento jurídico, debiendo en este caso acudir a las Fuentes Supletorias del Derecho Administrativo, conforme lo prevé el Artículo II del Título Preliminar del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, que en forma expresa establece: "Ninguna autoridad del Estado dejará de resolver por deficiencia del ordenamiento jurídico, las cuestio- nes que se le proponga, debiendo acudir a los Principios Genera- les del Título Preliminar", de lo cual se infiere que las Fuentes Supletorias del Derecho Administrativo son: el Derecho Consuetudinario, Derecho Positivo, Jurisprudencia, Doctrina, etc.; Que, la Subdirección de Obras Privadas mediante Informe Técnico Nº 054-99-OC-SDOPRIV de fecha 25.6.99, indica que de acuerdo a la inspección ocular del inmueble de 17,892.00 m2 se ha verificado que el terreno se habilita en una única manzana "A" y 2 lotes: Lote 02 que constituye aporte al Ministerio de Educación y en el Lote 01 se desarrollará un Conjunto Residen- cial de Vivienda; teniendo en cuenta que se trata de Aprobación de Proyecto Definitivo, el terreno se encuentra sin ningún tipo de obras, debiendo éstas ejecutarse en el plazo de 18 meses; siendo procedente la ratificación de la Resolución Nº 135-98-MML- DMDU-DGO; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas y su Reglamento Texto Unico Ordenado, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98- MTC; con las visaciones de la Subdirección de Obras Priva- das, Dirección de Desarrollo Urbano y Oficina de Asesoría Jurídica; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADA la solicitud formulada por la empresa SONTERRA S.A., en consecuencia ratifíquese la Resolución Nº 135-98-MML-DMDU-DGO de fecha 23.12.98, expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobando de conformidad con el Plano Signado con el Nº 167-98-MLM-DMDU-DGO-DHU los Proyectos Definiti- vos de Habilitación Urbana para Uso Residencial de Densi- dad Media R-4, del terreno de 17,892.00 m2; denominado Naranjuelo, ubicado en el distrito de Santiago de Surco; autorizando a SONTERRA S.A., para ejecutar en el plazo de 18 meses las obras de Habilitación Urbana, debiendo tener en cuenta: Diseño: El cuadro de áreas que se aprueba es el siguiente: Area Bruta Total 17,892.00 m2 Area Util 14,864.75 m2 Area de Vías 687.70 m2Area de Aportes: Area para Recreación Pública 1,968.30 m2 Area para Ministerio de Educación 371.25 m2 Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, cuyo pago será asumido por la empresa SONTERRA S.A. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE MARTINELLI FREUNDT Tnte. Alcalde Encargado de la Alcaldía 3969 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Amplían plazo para el pago de cuotas del impuesto predial y arbitrios muni- cipales DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2000/MDS Surquillo, 31 de marzo de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto el Acuerdo de Concejo de fecha 17 de febrero del 2000, mediante el cual faculta al Sr. Alcalde para que vía Decreto de Alcaldía, establezca las prórrogas que fueran necesarias para el cumplimiento de las obligaciones tributarias; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2000/MDS, se aprobó el Cronograma de Pagos de las Obligaciones Tribu- tarias; Que, mediante Informe Nº 012-00/OR-MDS, de fecha 30 de marzo del año en curso, la Dirección de Rentas solicita brindar mayores facilidades a los contribuyentes para que puedan cumplir con el pago de sus tributos municipales, por lo que se hace necesario prorrogar el plazo para el pago de la 1º cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del 2000, debiendo ampliarse los alcances del Decreto de Alcaldía Nº 003-2000/ MDS, hasta el 15 de abril del presente; Que, es política de la actual Gestión Municipal brindar a los contribuyentes las mayores facilidades de pago, para lo cual se propone la prórroga del vencimiento del plazo para el pago de las Obligaciones Tributarias hasta el 15 de abril del 2000; Que, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR LA PRORROGA DE LOS ALCANCES DEL DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2000/ MDS, sobre el Vencimiento de pago de los Tributos Municipales, correspondiente a la Primera Cuota, como sigue: IMPUESTO PREDIAL: PRIMER TRIMESTRE 15 DE ABRIL DEL 2000. ARBITRIOS MUNICIPALES: PRIMER BIMESTRE 15 DE ABRIL DEL 2000. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presen- te Decreto, a las Oficinas de Rentas, Administración e Informá- tica, en cuanto les corresponda. Regístrese, publíquese y cúmplase. GUIDO CASASSA BACIGALUPO Alcalde 3956