Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2000 (07/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 7 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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6. Un representante Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos - CONACS. 7. Un representante del Proyecto MORDAZA 8. Un representante del Instituto Regional de Ciencias Ambientales - IRECA UNSA. 9. Un representante del Centro de Datos para la Conservacion ­ Regional/Instituto de Biodiversidad Regional - CDC ­ R/ INBIOR. 10. Un representante del Santuario Nacional Lagunas de MORDAZA - SNLM. 11. Un representante de la Asociacion de Productores de Cultivos Organicos - APCO. 12. Un representante del Centro de Investigacion, Promocion y Desarrollo del Medio Ambiente de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad Nacional de San MORDAZA - CIPRODEMA-U.N.S.A. Articulo 5º.- La Secretaria Tecnica del Grupo Tecnico esta a cargo de la ONG AEDES, quien tiene como funcion convocar y dirigir al Grupo Tecnico y reportar a la Comision Ambiental Regional a traves de la Secretaria Ejecutiva Regional del Ambiente. Articulo 6º.- El Grupo Tecnico ejercera sus funciones hasta el mes de septiembre de 2000. Articulo 7º.- El presente decreto entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Primera Disposicion Final.- El Grupo Tecnico debera presentar a la Comision Ambiental Regional de MORDAZA, a traves de la Secretaria Ejecutiva Regional, informes parciales y final sobre los avances y grado de cumplimiento del mandato otorgado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GALDOS MORDAZA Presidente del Consejo Directivo Consejo Nacional del Ambiente 3992

Informe Nº 101-SGEARL-GT-GCSEG-ESSALUD-99, aprobado por el Subgerente de Evaluacion y Administracion de Riesgos Laborales y que el Gerente Tecnico hace MORDAZA con carta Nº 217GT-GCSEG-ESSALUD-2000, (Fs. 3), se determina que las medidas de higiene y seguridad industrial implementadas por ALUSUD PERU S.A superan los estandares exigidos por la normatividad vigente, habiendo demostrado contar con el 100% de las condiciones exigidas y por lo tanto acceder al descuento solicitado; y, Que, de conformidad con la delegacion de funciones conferidas en la Resolucion Nº 648-GG-IPSS-98, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Gerencia Central de Seguros; SE RESUELVE: 1) Otorgar en via de regularizacion a partir del 1 de noviembre de 1999, a ALUSUD PERU S.A con RUC Nº 19501116, el 20% de descuento adicional de su tasa de aportacion al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, por superar las medidas de higiene y seguridad industrial exigidas por la normatividad vigente, por un periodo de doce meses, renovable, teniendo en cuenta los indices de siniestralidad registrados en la referida entidad empleadora; 2) ALUSUD PERU S.A presentara anualmente, como requisito para la renovacion del descuento concedido, sus indicadores de siniestralidad registrados del 1 de noviembre de 1999 al 31 de octubre del 2000; 3) Encargar a la Subgerencia de Evaluacion y Administracion de Riesgos Laborales coordinar y supervisar el cumplimiento de la presente Resolucion; asi como, disponer el registro del descuento concedido, en el sistema de registro de afiliacion del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. Registrese, comuniquese y publiquese. ELFER F. MORDAZA MORDAZA Gerente Central de Seguros 3986 RESOLUCION Nº 005-GCSEG-ESSALUD-2000 MORDAZA, 22 de marzo de 2000 VISTA: La solicitud de la empresa BHP MORDAZA S.A de fecha 31 de MORDAZA 1999, con RUC Nº 11491502, presentada el 9 de agosto de 1999 (Fs. 01), con la que pide acogerse al descuento del 20% de su tasa de aportacion por superar las medidas de higiene y seguridad industrial; y, CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo de Directorio Nº 41-14-ESSALUD-99 de fecha 1 de MORDAZA de 1999 se aprobaron las nuevas tasas de aportacion, recargos y descuentos para el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo; Que, en el Anexo Nº 2 del referido acuerdo se detallan los Recargos y Descuentos por cumplimiento de medidas de higiene y seguridad industrial para la entidad empleadora; Que, con Resolucion Nº 02-GCSEG-EsSALUD-2000 se aprobo en via de regularizacion a partir del 2 de agosto de 1999 el "Procedimiento para evaluar la adopcion de medidas de prevencion y proteccion de riesgos laborales"; asi como, el "Formulario de Autoevaluacion Nº 02 - Condiciones para Acceder al Descuento por Superar los Estandares de Higiene y Seguridad Industrial", instrumentos tecnico- normativos para determinar su otorgamiento; Que, la entidad empleadora ha cumplido con desarrollar y presentar el Formulario de Autoevaluacion Nº 02 (Fs. 02 a 12), acompanado de una certificacion NOSA (cuatro estrellas) por implementacion de medidas de higiene y seguridad industrial (Fs. 13); Que, de la evaluacion al referido formulario por los profesionales de la Subgerencia de Evaluacion y Administracion de Riesgos Laborales (Fs. 17 a 19), segun Informe Nº 100SGEARL-GT-GCSEG-ESSALUD-99, aprobado por el Subgerente de Evaluacion y Administracion de Riesgos Laborales y que el Gerente Tecnico hace MORDAZA con carta Nº 216-GTGCSEG-ESSALUD-2000, (Fs-20), se determina que las medidas de higiene y seguridad industrial implementadas por BHP MORDAZA S.A superan los estandares exigidos por la normatividad vigente, habiendo demostrado contar con el 100% de las condiciones exigidas y por lo tanto acceder al descuento solicitado; y, Que, de conformidad con la delegacion de funciones conferidas en la Resolucion Nº 648-GG-IPSS-98, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Gerencia Central de Seguros;

ESSALUD
Otorgan a empresas descuento de tasas de aportacion al seguro complementario de trabajo de riesgo
RESOLUCION Nº 004-GCSEG-ESSALUD-2000 MORDAZA, 22 de marzo de 2000 VISTA: La solicitud de la empresa ALUSUD PERU S.A, de fecha 10 de setiembre 1999, con RUC Nº 19501116 (Fs. 01), con la que pide acogerse al descuento del 20% de su tasa de aportacion por superar las medidas de higiene y seguridad industrial; y, CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo de Directorio Nº 41-14-ESSALUD-99 de fecha 1 de MORDAZA de 1999 se aprobaron las nuevas tasas de aportacion, recargos y descuentos para el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo; Que, en el Anexo Nº 2 del referido acuerdo se detallan los Recargos y Descuentos por cumplimiento de medidas de higiene y seguridad industrial para la entidad empleadora; Que, con Resolucion Nº 02-GCSEG-ESSALUD-2000 se aprobo en via de regularizacion a partir del 2 de agosto de 1999 el "Procedimiento para evaluar la adopcion de medidas de prevencion y proteccion de riesgos laborales"; asi como, el "Formulario de Autoevaluacion Nº 02 - Condiciones para Acceder al Descuento por Superar los Estandares de Higiene y Seguridad Industrial", instrumentos tecnico- normativos para determinar su otorgamiento; Que, la entidad empleadora ha cumplido con desarrollar y presentar el Formulario de Autoevaluacion Nº 02 (Fs. 23 a 32), acompanado de una certificacion del Consejo Interamericano de Seguridad otorgado a su MORDAZA Matriz OPERACIONES MULTINACIONALES S.A (ALCOA - PERU), que certifica que esta asociada a esa organizacion dedicada a formar conciencia de prevencion de accidentes y control de perdidas y que en su MORDAZA Auditoria de Salud y Seguridad del 22 de diciembre de 1998, certifica que ALUSUD PERU S.A ha alcanzado una puntuacion de 63.9, sobre un MORDAZA de 100, de las actividades exigidas en prevencion de accidentes y control de perdidas (Fs. 03 a 22); Que, de la evaluacion al Formulario de Autoevaluacion Nº 02, efectuada por los profesionales de la Subgerencia de Evaluacion y Administracion de Riesgos Laborales (Fs. 33 y 34), segun

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