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Pág. 185472 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de abril de 2000 h) Informe del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI). 11) Comprobante de pago de derecho de trámite. 12) Boleta de habilitación del proyecto. (Arquitecto o Ingeniero Civil). La Dirección de Desarrollo Urbano a través de la Divi- sión de Habilitaciones Urbanas realizará la calificación correspondiente en el plazo no mayor de 30 días calendario, dentro de los cuales deberá: a) Remitir a la Comisión Técnica, Dictaminadora Muni- cipal si cumple con los requisitos establecidos en la presente Ordenanza. b) Oficiar al solicitante, con la indicación expresa del o los requisitos no cumplidos. c) Una vez aprobado el Proyecto el propietario deberá presentar 5 juegos de planos para resellado. 14.2. Para la Recepción de Obras: 1. Solicitud dirigida al alcalde y formulario N° 2 (R.M. Nº 658-97 MTC/15.01). 2. Título de propiedad del terreno inscrito en los registros públicos y/o copia de dominio con expedición no mayor de 30 días calendario u otro documento que acredite propiedad conforme a las disposiciones legales vigentes. 3. En caso de personas jurídicas, éstas acreditarán su condición de tal y la representatividad con copia literal emitida por el Registro de Personas Jurídicas con expedi- ción no mayor de 30 días calendario. 4. Dimensiones de Planos 84 cm. x 59 cm. Recomenda- ble. (3 juegos) 5. Plano de Ubicación y Localización a escala 1/10,000 con coordenadas UTM. 6. Plano de Replanteo de lotización y un diskette del mismo que contendrán: Perímetro, diseño de la lotización, vías, aceras, bermas, topografía, curvas de nivel (cada 1 metro), perfiles longitu- dinales, áreas de aportes, indicación de Habilitaciones y vías colindantes, diseño de parques y ornamentación. 7. Memoria descriptiva (3 juegos) 8. Copia de Minuta de sesión de aportes al Ministerio de Educación, SERPAR y/o Municipalidad de San Martín de Porres o copia certificada de las Constancias de haber pagado su redención en dinero cuando corresponda. 9. Carta de recepción de obras eléctricas y sanitarias. 10. Carta de responsabilidad de ejecución de obras de pavimentación firmada por el profesional responsable. 11. Documento que acredite la recepción de obras de canalización de agua de regadío expedida por el Ministerio de Agricultura de ser el caso. 12. Declaración jurada del propietario del terreno ma- triz habilitado y del profesional y/o empresa responsabili- zándose de la ejecución de obras de agua potable, alcanta- rillado, electrificación y pavimentación de vías si éstas se ejecutaron sin supervisión de la Municipalidad de San Martín de Porres. Casos particulares y/o especiales (de ser el caso) a. Evaluación de Impacto Ambiental: Estudio de Impac- to ambiental o Informe del Instituto Nacional de Protección del Medio Ambiente. b. Inexistencia de feudatarios: Declaración Jurada con firma legalizada ante notario público referente a inexisten- cia de feudatarios o Informe de la Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento rural de Inexistencia de feudatarios. c. Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura de cambios de usos de tierras. d. Declaración Jurada de No Existencia de Acequias de Regadío en el terreno por habilitar (RNC-II-IV.9) con firma legalizada del propietario y proyectista. e. Informe del Ministerio de Agricultura referente a Comunidades agrícolas o campesinas. f. Informe Defensa Nacional: áreas reservadas. g. Informe Instituto Nacional de Cultura: áreas reserva- das. h. Informe del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI). i. En caso de cambios o modificaciones al diseño original, las asociaciones o cooperativas de Vivienda, deberán adjun- tar el Acta de la Asamblea General de Socios, debidamente legalizadas.13. Comprobante de pagos. Boleta de habilidad del profesional. (Arquitecto o Inge- niero Civil). 14.3. Para la ejecución de Obra de Pavimentación, debe contener necesariamente el estudio de suelos y detalle de pavimento, para su respectiva autorización por el área competente. Artículo 15º.- Requisitos para la Aprobación de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas.- Las solicitudes y expedientes técnicos de regularizaciones de habilitaciones urbanas ejecutadas que presenten las personas naturales o jurídicas señaladas en el ARTICULO 4º de la presente Ordenanza, deberán cumplir con los requisitos siguientes: 15.1. Para la Aprobación: 1. Solicitud dirigida al alcalde y formulario N° 3 (R.M. Nº 658-97 MTC/15.01). 2. Título de propiedad del terreno inscrito en los regis- tros públicos y/o copia de dominio con expedición no mayor de 30 días calendario u otro documento que acredite propie- dad conforme a las disposiciones legales vigentes. 3. En caso de personas jurídicas, éstas acreditarán su condición de tal y la representatividad con copia literal emitida por el Registro de Personas Jurídicas con expedi- ción no mayor de 30 días calendario. 4. Certificado de Zonificación y Vías expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima o Constancia de zonificación para Habilitaciones Urbanas otorgada por la Municipalidad de San Martín de Porres. 5. Dimensiones de Planos 84 cm. x 59 cm. recomendable. (3 juegos) 6. Plano de Ubicación y Localización a escala 1/10,000 con coordenadas UTM. 7. Plano del Proyecto completo de Lotización y un disket- te que contendrán: Perímetro, diseño de la lotización, vías, aceras, bermas, topografía, curvas de nivel (cada 1 metro), perfiles longitu- dinales, áreas de aportes, indicación de Habilitaciones y vías colindantes, diseño de parques y ornamentación. Coor- denadas UTM. 8. Plano Catastral actualizado. 9. Memoria descriptiva (2 juegos) Casos particulares y/o especiales (de ser el caso) a. Evaluación de Impacto Ambiental: Estudio de Impac- to ambiental o Informe del Instituto Nacional de Protección del Medio Ambiente INRENA. b. Inexistencia de feudatarios: Declaración Jurada con firma legalizada ante notario público referente a inexisten- cia de feudatarios o Informe de la Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento rural de Inexistencia de feudatarios. c. Decreto Supremo del Ministerio de Agricultura de cambios de usos de tierras. d. Declaración Jurada de No Existencia de Acequias de Regadío en el terreno por habilitar (RNC-II-IV.9) con firma legalizada del propietario y proyectista, en caso contrario presentar plano de proyecto de canalización al Ministerio de Agricultura. (Constancia de ingreso) e. Informe del Ministerio de Agricultura referente a Comunidades agrícolas o campesinas. f. Informe Defensa Nacional: áreas reservadas. g. Informe Instituto Nacional de Cultura: áreas reserva- das. h. Informe del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI). 10. Comprobante de pago de derecho de trámite y revi- sión de proyectos. 11. Boleta de habilitación del proyecto. ( Arquitecto o Ingeniero). 12. Documentos que acrediten las obras ejecutadas y debidamente controladas por SEDAPAL, Empresas de Ener- gía Eléctrica y Telefónica según sea el caso. La Dirección de Desarrollo Urbano a través de la Divi- sión de Habilitaciones Urbanas realizará la calificación correspondiente en el plazo no mayor de 20 días calendario, dentro de los cuales deberá: a) Remitir a la Comisión Técnica Dictaminadora de INADUR o Calificadora Municipal, según el caso si cumple con los requisitos establecidos en la presente Ordenanza.