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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2000 (09/04/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 185470 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de abril de 2000 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban ordenanza que regula pro- cedimiento administrativo de habilita- ciones urbanas en el distrito ORDENANZA Nº 010-2000/MDSMP San Martín de Porres, 29 de marzo del 2000 LA ALCALDESA DE SAN MARTIN DE PORRES POR CUANTO: El Concejo Distrital de San Martín de Porres, en sesión ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto en el ARTICULO 192º de la Constitución Política del Perú, incisos 5) y 7) las Municipa- lidades son competentes para planificar el desarrollo urba- no y rural de sus circunscripciones, ejecutar los planes y programas correspondientes; y demás competencias que la ley determine; Que, mediante la Ley Nº 26878 Ley General de Habili- taciones Urbanas, se faculta a las Municipalidades Distri- tales dentro del ámbito de su jurisdicción territorial, cono- cer y aprobar las solicitudes de habilitaciones urbanas que a partir de la vigencia de la citada ley presenten las personas naturales o jurídicas, las asociaciones de vivien- da, pro vivienda, las cooperativas de vivienda o cualquier otra forma asociativa con fines de vivienda, incluyendo los casos de regularización de habilitaciones pendientes o en trámite; Que, el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, en su ARTICULO 4º, quinto párrafo determina que por excepción y considerando las características de su densidad urbana, la provincia de Lima contará con cuatro Comisiones Técnicas que corresponde- rán a las cuatro Areas Geográficas de los Conos Norte, Sur, Este y el Area Central de Lima. Mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción se determinará los distritos que corresponden a cada área geográfica de la provincia de Lima; Que, en sujeción a lo previsto en el ARTICULO 4º del Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, se expidió la Resolución Ministerial Nº 181-99-MTC/15.04, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5.5.99, el distrito de San Martín de Porres integra la Comisión Técnica correspondiente al Cono Norte de Lima; Que, en cumplimiento de la Ley Nº 27135, que modifica el Art. 3° de la Ley Nº 26878 y de conformidad con lo previsto en el Artículos 64º y 65º incisos 2), 4), 5) y 7) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 26878, Ley Nº 27135 y D.S. Nº 011-98-MTC; Considerando la necesidad de los pobladores que ad- quirieron lotes de terrenos y cuyas viviendas fueron cons- truidas en terrenos sin tener la correspondiente Habilita- ción Urbana y ante las discrepancias entre entes paralelos autorizados para verificar y aprobar expedientes sobre habilitaciones urbanas, el Concejo de San Martín de Po- rres por mayoría y con la abstención de la Sra. Regidora Sonia Soria aprobó la siguiente Ordenanza: REGLAMENTO PARA LA APROBACION DE HABILITACIONES URBANAS EN EL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES CAPITULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- Objeto de la norma.- La presente Orde- nanza regula el procedimiento administrativo de todo tipo de habilitaciones urbanas que a partir de su vigencia, soliciten las personas naturales o jurídicas, Asociaciones de Vivienda, Pro Vivienda, Cooperativas de Vivienda o cual- quier otra forma asociativa con fines de vivienda, incluyen-do los casos de regularización de habilitaciones pendientes o en trámite, así como Habilitaciones de Comercio, Indus- tria y otros. Artículo 2º.- Ambito de aplicación.- Se aplica a los procedimientos siguientes: 2.1. Habilitaciones Urbanas Nuevas. 2.2. Regularización de Habilitaciones Ejecutadas que no han culminado los trámites municipales y cuentan con viviendas construidas sobre terrenos de propiedad de Per- sonas Naturales o Jurídicas, Asociaciones de Vivienda, Asociaciones Pro Vivienda, Cooperativas de Vivienda u otras formas asociativas con fines de vivienda y las habili- taciones con fines comerciales, Industriales y otros. Artículo 3º.- Finalidad.- El procedimiento de Habili- tación Urbana tiene por fines lo siguiente: a) Promover y propender el saneamiento físico y legal de los inmuebles de propiedad de Asociaciones de Vivienda, Pro vivienda y otros de similares características que les permita acceder a los servicios básicos de agua, desagüe, luz, pistas y veredas, ornamentación de parques. b) Velar por las condiciones urbanísticas mínimas de acuerdo al Plan Urbano de la Municipalidad de San Martín de Porres. c) Ejercer un efectivo control y planeamiento del Desa- rrollo Urbano del distrito de San Martín de Porres. Artículo 4º. - Obligados.- Están obligados a este procedimiento todas las personas naturales o jurídicas que proyecten el cambio de uso del suelo en su propie- dad, con el fin de convertirlo de eriazo o rústico a urbano. En el caso que los obligados cuenten con Resolución expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, debidamente inscrita en el Registro correspondiente, aprobando Estudios Preliminares o Estudios Definiti- vos, se dará por cumplida esta etapa sin necesidad de presentar nuevos documentos, pronunciamiento o reso- luciones, debiendo solicitar a la Municipalidad de San Martín de Porres la Recepción de Obras cuando las culminen. Sin embargo están obligados a registrarse en la oficina de Catastro, presentando copia de su resolu- ción y plano aprobado de habilitación urbana y plano Catastral actualizado. Artículo 5º.- Organos Competentes.- En los procedi- mientos de habilitaciones urbanas, serán competentes: La Dirección de Desarrollo Urbano, a través de la División de Habilitaciones Urbanas. Las instancias que hará uso la unidad competente para la atención de los expedientes de Habilitaciones Urbanas serán: a) La Unidad de Trámite Documentario. b) La Oficina de Asesoría Jurídica. c) Servicios de terceros contratados específicamente (en caso de aplicarse lo dispuesto en el Art. 7° del D.S. Nº 011- 98 MTC y Ley Nº 27135). d) La Comisión Técnica Dictaminadora de Habilitacio- nes Urbanas del Cono Norte (MTC- INADUR) e) La Comisión Técnica Dictaminadora y Calificadora de Habilitaciones Urbanas de San Martín de Porres. f) Alcaldía g) La Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 6º.- Definiciones.- Para los efectos de la presente Ordenanza, se entenderá por: - Planes Urbanos: Instrumentos Técnicos Normativos para la previsión y promoción de las acciones de acondicio- namiento en cada Centro Poblado del ámbito provincial y según su nivel se orientarán básicamente en los aspectos de vialidad y transportes, saneamiento ambiental e infraes- tructura de Servicios Básicos normas de Zonificación de Usos de Suelo Urbano, Equipamiento de Educación, Salud y Recreación. - Habilitación Urbana.- Proceso de transformación de áreas rústicas y/o eriazas a urbanas, mediante la dota- ción de servicios, áreas para vías, áreas útiles (lotes) y aportes para servicios complementarios y recreación públi- cos. - Proyecto de Habilitación Urbana: Comprende la delimitación de lotes individuales, de lotes para servicios públicos complementarios, de áreas verdes y de diseño de vías. Debe aprobarse conforme a los planes de desarrollo local, entre otros el Plan de Desarrollo Metropolitano, Plan de Acondicionamiento Territorial y el Plan Urbano del distrito de San Martín de Porres.