Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2000 (09/04/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 9 de MORDAZA de 2000
DISPOSICION TRANSITORIA

a.1. Fiscalizacion de las obras, si se cumplen los requisitos. a.2. Oficiar al recurrente, si falta alguno de los requisitos, con la indicacion expresa del requisito no cumplido. b) Realizar la fiscalizacion de las obras, ejecutadas, las que deberan ajustarse a la Resolucion de Alcaldia de Aprobacion de Habilitacion MORDAZA, a los Planes de Desarrollo MORDAZA y a los requisitos tecnicos establecidos en el Reglamento Nacional de Construcciones y normas competentes. c) En caso de encontrarse conforme, remitira los actuados administrativos a la Oficina de Asesoria Juridica para que esta proyecte la Resolucion de Alcaldia aprobando la Recepcion de Obras previo informe. d) En caso de no encontrarse conforme, se remitira a la Oficina de Asesoria Juridica para que proyecte la Resolucion de Alcaldia desaprobando la Recepcion de Obras, con la indicacion expresa de la no adecuacion a los Planes de Desarrollo o incumplimiento de los requisitos establecidos en el ARTICULO 14º, numeral 14.2. La fiscalizacion y las Resoluciones mencionadas en los numerales c) y d) deberan ser expedidas en el plazo no mayor de 30 dias calendario, contados desde la recepcion de la solicitud, caso contrario operara el silencio administrativo positivo. Articulo 22º.- De la Aprobacion de la Recepcion de Obras con Modificacion.- Se procedera de acuerdo a lo previsto en el articulo precedente y en caso de expedirse Resolucion de Alcaldia aprobando la Recepcion de Obras con Modificacion, se remitira en plazo no mayor de 5 dias calendario, MORDAZA de dicha Resolucion a la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA para que verifique si la modificacion de las obras se adecua a los Planes de Desarrollo Urbano. La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, emitira y notificara al solicitante y a la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, la Resolucion en plazo no mayor de 30 dias utiles, resolviendo: a) Confirmar la Resolucion de Alcaldia de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, en caso de que las obras modificadas se adecuen a los Planes de Desarrollo Urbano. b) Observar la Resolucion de Alcaldia de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, en caso de haberse determinado la falta de adecuacion de las obras modificadas. El solicitante podra optar por cumplir con los requisitos omitidos o impugnarla de acuerdo a lo previsto en el T.U.O. de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos. Las Resoluciones Metropolitanas, a que se refieren los literales a) y b), agotan la via administrativa. Articulo 23º.- De la Inscripcion Registral de Resolucion Aprobatoria de Recepcion de Obras.- Declarada la Conformidad de Obra y autorizada la libre venta de lotes, el solicitante debera presentar la Resolucion aprobatoria emitida por la Municipalidad Distrital o Registro Predial MORDAZA, segun corresponda. CAPITULO III DE LAS SANCIONES Articulo 24º.- De las Declaraciones Juradas.- En caso se compruebe la falsedad de la Declaracion(es) Jurada(s) presentada(s) por el solicitante, de acuerdo a lo previsto en la Ley Nº 25035 de Simplificacion Administrativa y su Reglamento, a traves de la Oficina de Asesoria Juridica se procedera a efectuar la denuncia penal correspondiente contra este y el profesional responsable y se comunicara al Colegio Profesional respectivo para las sanciones del caso. Independientemente de la denuncia penal, se procedera tambien a aplicar la multa pertinente y en el caso de no pago se ejecutara la misma por la Oficina de Ejecutoria Coactiva. Articulo 25º.- Fiscalizacion Posterior.- Solo procedera la fiscalizacion posterior de las Habilitaciones Urbanas Nuevas o Habilitaciones Urbanas Ejecutadas, aprobadas en aplicacion del Silencio administrativo positivo. Para tal efecto la Division Control MORDAZA o quien haga sus veces (corresponda) en el plazo de 6 meses de realizada la inscripcion registral, procedera a la fiscalizacion posterior y en caso de verificar que no es conforme legal y tecnicamente, informara a la Oficina de Asesoria Juridica para que esta solicite judicialmente la anulacion del registro respectivo e Informe al Colegio respectivo del profesional responsable para que le imponga la sancion del caso. Articulo 26º.- De las Infracciones previstas en el Reglamento Nacional de Construcciones.- A traves de la Division de Control MORDAZA o quien corresponda se efectuara la fiscalizacion y control en las habilitaciones urbanas nuevas, verificando el cumplimiento de la normatividad contenida en el Titulo II, Capitulo XX del Reglamento Nacional de Construcciones y se procedera a aplicar las sanciones establecidas en el acotado Reglamento.

Unica.- Disponer la inclusion de los procedimientos administrativos aprobados en la presente Ordenanza, en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, mediante la Ordenanza correspondiente. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- La Direccion Municipal y Direccion de Desarrollo MORDAZA, quedan encargadas de la implementacion de la infraestructura y prevision de personal profesional y tecnico idoneo para la atencion de los tramites de Habilitacion Urbana. Tercera.- Cuando en la presente MORDAZA se refiera al Reglamento Nacional de Construcciones, entiendase que sera en tanto se apruebe el Reglamento Nacional de Edificaciones, de acuerdo a lo previsto en la Ley Nº 26878. Cuarta.- En tanto no se conforme la Division de Control MORDAZA, las funciones de fiscalizacion estaran a cargo de la Direccion de Desarrollo MORDAZA a traves de sus organos competentes. Quinta.- La Comision Tecnica Calificadora y Dictaminadora Municipal de Habilitaciones Urbanas se constituye despues del cierre de la atencion del INADUR, cuyo funcionamiento se presupuesto por R.M. N° 182-98-MTC hasta diciembre de 1999, sustentado en la Ley N° 27175, Art. 3º y a propuesta del Director de Desarrollo Urbano. Sexta.- La Direccion de Desarrollo MORDAZA, mediante la Oficina de Habilitaciones Urbanas, en un plazo de 60 dias calendario, despues de instalada la Comision Tecnica calificara y/o aprobara los expedientes que a la fecha se encuentren en tramite, bajo responsabilidad. Septima.- Con la publicacion de la presente Ordenanza se da por notificados a los titulares cuyos expedientes obran en la Oficina de Habilitaciones Urbanas, teniendo los mismos un plazo de 60 dias calendario para levantar las observaciones que hubiere. Octava.- Se exonera el 10% de todo pago pendiente por derechos de Resolucion y derecho de tramite de habilitaciones urbanas, a todos los expedientes que a la fecha se encuentren en tramite y aquellos que ingresen, siempre y cuando levante todas las observaciones planteadas por la Division de Habilitaciones Urbanas esta exoneracion rige por 90 dias calendario luego de la publicacion de la presente Ordenanza. Novena.- La Municipalidad, mediante sus funcionarios encargados del rubro, debera notificar a la Inmobiliaria y la Asociacion de Propietarios, de la gestion que se viene realizando en el caso excepcional de las Habilitaciones Urbanas en Regularizacion a efecto de que entre la Inmobiliaria y la Asociacion no se generen conflictos. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 3900

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia de Convenio sobre Transferencia de Personas Condenadas, suscrito con la Republica del Ecuador
De acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/24, comunica que el referido convenio, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA el 11 de agosto de 1999, ratificado por Decreto Supremo Nº 070-99-RE de 2 de diciembre de 1999 y publicado en el Diario Oficial El Peruano, al igual que el texto, el 9 de diciembre de 1999, entro en vigencia para MORDAZA partes, a partir del 5 de MORDAZA del ano 2000. 4043

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