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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de abril de 2000 AÑO XVIII - Nº 7230 Pág. 185463 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" INTERIOR Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra presunto responsable de delito contra la fe pública RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0356-2000-IN/PNP Lima, 29 de marzo del 2000 Visto, el Oficio Nº 511-98-PNP/IN-1204 de fecha 13.JUL.98 mediante el cual el Sr. Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior relativos a la PNP, solicita la expedición de la Resolución Ministerial Autoritativa a fin de ejercer las acciones legales a que hubiere lugar contra el Ing. Civil Jesús Eduardo Ramón TOLMOS TOLEDO, quien habría incurrido en el Delito Contra la Fe Pública. CONSIDERANDO: Que, del Parte Nº 001-99-VII-RP-SEC del 16.AGO.99 sobre las diligencias practicadas para establecer las formas y circunstancias en que llegó a poder del Ing. Civil Jesús Eduardo Ramón TOLMOS TOLEDO, el revólver SW. Cal. 38 Nº D-922243 de propiedad del Estado, se desprende que el referido civil habría incurrido en Delito Contra la Fe Pública, previsto y penado en el Art. 427º y siguiente del Código Penal; Que, se hace necesario autorizar al Sr. Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la PNP para que interponga las acciones legales pertinentes contra el Ing. Jesús Eduardo Ramón TOLMOS TOLEDO, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 y Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; Lo dictaminado por la Asesoría Jurídica de la Dirección General PNP en sus Dictámenes Nº 4170 y Nº 4609-99- DGPNP/AJ de fechas 31.AGO.99 y 4.OCT.99; Lo propuesto por el General Director de Logística de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Sr. Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, relativos a la Policía Nacional del Perú, para que en nombre y representación del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra don Jesús Eduardo Ramón TOLMOS TOLEDO por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir al Sr. Procurador Público indicado, los antecedentes del caso para los fines de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 3811 Sancionan con cese temporal a servi- dor de la PNP RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0363-2000-IN/PNP Lima, 29 de marzo del 2000Visto el Acta Nº 175-99-COPEPROAD-PNP de 22.DIC.99, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacio- nal del Perú, en relación a la conclusión del proceso adminis- trativo disciplinario instaurado al EC TB PNP David Máxi- mo ANCAJIMA CARRERA (33) CIP Nº 70023117; CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 7156-DIPER-PNP de 30.NOV.99, se instauró proceso administrativo disciplinario al EC TB PNP (DOCENTE) David Máximo ANCAJIMA CARRERA, por la presunta comisión de falta disciplinaria (actos de inmoralidad), al ser sindicado por tres alumnas menores de edad del Nivel Secundario del Centro Educativo PNP "BACI- LIO RAMIREZ PEÑA" de PIURA, de haberles efectuado proposiciones inmorales y deshonestas; hechos ocurridos entre JUN.97 y 10.JUN.99, cuando dicho servidor prestaba servicios en el citado Centro Educativo PNP; Que, efectuada la notificación de la indicada Resolución Directoral y transcurrido el plazo establecido, el procesado ha presentado su descargo escrito ante la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, sin desvirtuar el cargo imputado; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra el referido servidor, al que se contrae la presente Resolución, y observadas las garantías y procedi- mientos establecidos, ha comprobado que la acción realizada constituye falta disciplinaria grave, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sanción de TRES (3) meses de Cese Temporal sin goce de remuneraciones; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. "c" y 28º Inc. "j" del D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y al Art. 155º Inc. "c" de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civi- les de la Policía Nacional del Perú, en el Acta Nº 175-99- COPEPROAD-PNP de 22.DIC.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar al EC TB PNP David Máximo ANCAJIMA CARRERA, con TRES (3) meses de Cese Tempo- ral sin goce de remuneraciones; por Falta Disciplinaria (actos de inmoralidad). Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolu- ción al interesado, a partir del día siguiente de su notificación y/o publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 3812 PESQUERIA Declaran inadmisible impugnación de resolución referida a solicitud de permi- so de pesca presentada por empresa RESOLUCION MINISTERIAL Nº 112-2000-PE Lima, 6 de abril del 2000