Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2000 (27/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2000

MORDAZA MORDAZA GARAZATUA NUNOVERO Jefe de la Oficina Registral Regional Region MORDAZA 4653

Ratifican miembros del Comite Medico de las AFP
RESOLUCION Nº 148-2000-EF/SAFP MORDAZA, 24 de MORDAZA del 2000

SAFP
Autorizan a AFP Union MORDAZA el cambio de direccion de agencia ubicada en el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION Nº 147-2000-EF/SAFP MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2000 VISTOS: La Resolucion Nº 052-95-EF/SAFP de fecha 95.1.23, la Comunicacion Nº GER-259/00 de AFP Union MORDAZA de fecha 2000.4.3, recibida en esta Superintendencia en la misma fecha con Registro Nº 070751 y el Memorandum Nº 137-2000/SAFP.3 de la Gerencia de Control de Inversiones, Instituciones y Prestaciones; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 052-95-EF/SAFP del 95.1.23, se autorizo a AFP Union MORDAZA el establecimiento de una Agencia en la MORDAZA de Lima; Que, mediante la comunicacion de Vistos, la AFP recurrente solicita a esta Superintendencia se autorice el cambio de direccion de Agencia de la avenida MORDAZA MORDAZA Este Nº 1974 a un MORDAZA local sito en la avenida MORDAZA MORDAZA Este Nº 1976 de la misma ciudad; Que, la citada AFP ha cumplido con presentar la documentacion establecida por el Articulo 15º de la Resolucion Nº 053-98-EF/SAFP; Estando a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, el Estatuto de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones aprobado por Decreto Supremo Nº 220-92-EF, y la Resolucion Nº 053-98-EF/SAFP; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a AFP Union MORDAZA, el cambio de direccion de su Agencia de la MORDAZA de MORDAZA, ubicada en la avenida MORDAZA MORDAZA Este Nº 1974 San MORDAZA a: - Avenida MORDAZA MORDAZA Este Nº 1976 San MORDAZA Articulo 2º.- Dejar sin efecto el Certificado Definitivo Nº NV-013, que fuera emitido al MORDAZA de lo dispuesto en la Resolucion Nº 052-95-EF/SAFP. Articulo 3º.- Expedir y otorgar el Certificado Definitivo Nº NV-039, en la direccion referida en el Articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 4º.- AFP UNION MORDAZA, a efecto del cierre de la Agencia que se autoriza por la presente Resolucion, debera dar cumplimiento a lo establecido en el ultimo parrafo del Articulo 15º de la Resolucion Nº 053-98-EF/ SAFP. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MOUCHARD MORDAZA Superintendente de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 4652

VISTOS: La comunicacion C/030-2000-GG de la Asociacion de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AAFP) de fecha 2000.4.10, la comunicacion 159/ 00 de la Asociacion Peruana de Empresas de Seguros (APESEG) de fecha 2000.4.17 y el Memorandum Nº 1382000/SAFP.3 de fecha 2000.4.18 de la Gerencia de Control de Inversiones, Instituciones y Prestaciones; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 122º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-98-EF, establece que el Comite Medico de las AFP (COMAFP) se encuentra conformado por seis (6) medicos, de los cuales cinco (5) son designados por las AFP y uno (1) por la Asociacion Peruana de Empresas de Seguros (APESEG), teniendo vigencia de un (1) ano y pudiendo ser renovada por dos (2) periodos adicionales; Que, mediante Resolucion Nº 208-99-EF/SAFP, de fecha 99.6.15, se nombro, entre otros, a los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA como miembros del Comite Medico de las AFP (COMAFP), en representacion de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP), asi como al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembro representante de la Asociacion Peruana de Empresas de Seguros (APESEG) ante el citado Comite; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 122º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-98EF, los nombramientos senalados en el considerando precedente fueron efectuados el 99.4.21 y tienen vigencia de un (1) ano; Que, la Superintendencia ha recibido la propuesta de designacion de los miembros representantes de las AFP y de la Asociacion de Empresas de Seguros (APESEG) ante el COMAFP; Que, en consecuencia, resulta necesario nombrar a los miembros del precitado comite; Que, de conformidad con lo establecido en el Oficio Circular Nº 022-2000-EF/SAFP de fecha 2000.4.7, los nombramientos materia de la presente resolucion se efectuan por el periodo de un (1) ano contado a partir del 2000.4.22; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-98-EF, el Titulo VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Resolucion Nº 232-98-EF/SAFP y el Estatuto de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 220-92-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ratificar como miembros del Comite Medico de las AFP (COMAFP), por el periodo de un (1) ano contado a partir del 2000.4.22, a los siguientes medicos: En representacion de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP): - Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Herrera; y, - Doctor MORDAZA MORDAZA Munoz Tapia.

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