TEXTO PAGINA: 31
Pág. 186081 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de abril de 2000 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA Aprueban arancel de costas y gastos de los procedimientos coactivos de la municipalidad ORDENANZA Nº 014-99-MDSR Santa Rosa, 30 de noviembre de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA POR CUANTO: El Consejo Distrital de Santa Rosa en sesión Ordinaria de la fecha: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, las Municipalida- des son Organos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, al amparo de lo dispuesto en la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva, esta Administra- ción Municipal deberá cobrar Costas y Gastos Administra- tivos en los procedimientos por obligaciones tributarias y no tributarias; Que, la Primera Disposición Complementaria y Transi- toria de la Ley mencionada establece que cada Gobierno Local aprobará por medio de una Ordenanza el Arancel de Costas y Gastos Procesales de los Procedimientos Coacti- vos, el mismo que tendrá como tope máximo el que establez- ca el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolu- ción Ministerial; Que, en tanto y en cuanto los Aranceles de Costas y Gastos que apruebe la Municipalidad no superen los topes que señalará el Ministerio de Economía y Finanzas serán de aplicación los señalados por este Arancel; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferi- das por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y la Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva Nº 26979, aprobó por unanimidad lo siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar el Arancel de Costas y Gastos de los Procedimientos Coactivos de la Municipali- dad Distrital de Santa Rosa, el mismo que como anexo forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- Los gastos por actuación de Peri- tos, Martilleros Públicos, Interventores, Recaudadores y otros que intervengan en la Ejecución Coactiva serán sufra- gados por la Municipalidad, debiendo ser reembolsados por los obligados. Artículo Tercero.- Deróguense las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Dirección de Rentas y a la Oficina de Ejecutoría Coactiva de esta Municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS GARCIA VILLACORTA Alcalde ANEXO CONCEPTO UIT S/. 1.- Por notificación de 7 días en forma 0.25 7.00 personal o correo certificado c/u. 2.- Diligencia de embargo en forma de mín. 1.00 28.00 intervención en recaudación. máx. 10.00 280.00 3.- Diligencia de embargo en forma de mín. 1.00 28.00 depósito o secuestro. máx. 10.00 280.00 4.- Por diligencia de embargo en for- 0.75 21.00 ma de inscripción de bienes 5.- Por Diligencia de toma de dicho en embargo en 0.75 21.00 forma de retención de fondos.OTRAS DILIGENCIAS 1.- Por partes a los Reg. Públicos 0.75 21.00 2.- Por oficios 0.35 9.80 3.- Por otras notificaciones 0.18 5.00 4.- Por exhorto 0.75 21.00 5.- Por legalización de firmas 0.33 9.00 6.- Por copias certificadas - Hasta un máximo de 5 hojas c/hoja 0.25 7.00 - Más de 5 hasta 20 hojas c/hoja 0.20 5.60 7.- Por aviso de remate (edicto) 1.00 28.00 Más el pago del aviso de publicación 8.- Por Acta de remate de bienes mue- 0.50 14.00 bles o inmuebles 9.- Acta de entrega de dinero de embargo en forma 0.50 14.00 de retención, remate frustado, cambio de depositario y otras actas por diferentes diligencias c/u 10.- Por resoluciones, autos, razones, e informes. 0.18 5.00 11.- Por orden de levantamiento de captura 0.43 40.00 de vehículo. 12.- Por gastos administrativos del 20% del total de proceso de cobranza coactiva valor de cobranza mín. 1.00 28.00 máx. 10.00 280.00 13.- Por el escrito de obligado 0.25 7.00 presentado a la ejecución coactiva 14.- Por el depósito de los secuestros 0.15 4.20 conservativos (por día). 15.- Por fijación de carteles 0.33 9.00 16.- Por inspección ocular en demoliciones 0.75 20.00 17.- Por diligencia frustada de demolición, 1.50 42.00 clausura, extracción, paralización de obras u otros c/u. 18.- Por demoliciones, paralización de obras, 5.50 154.00 extracción, clausuras, construcción de cercos, reparaciones urgentes de edificios, salón de espectáculos, locales públicos y adecuación a reglas de urbanización c/u 19.- Por otros actos de coerción o ejecución forzosa mín. 1.50 42.00 máx. 15.00 420.00 4744 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Autorizan subdivisiones de terrenos ubicados en el distrito RESOLUCION DIRECTORAL Nº 027/2000-DODU-MDS Surquillo, 13 de abril del 2000 LA DIRECCION DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO DE SURQUILLO Visto, el Expediente Nº 50700-00 seguido por don José Ronald Ramos Mavila y doña Rosa Lydia Quispe Franco de Ramos, por el cual solicitan se les autorice la Subdivisión del Lote Matriz (Lote 1) de 2,206.48 m2 (Dos Mil Doscientos Seis Metros Cuadrados con Cuarentiocho Centímetros Cuadrados), el cual se ubica a la altura de la cuadra 16 de la Av. Tomás Marsano del distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima, cuya Zonificación es CE (Comercio Especializado); CONSIDERANDO: Que, el recurrente ha cumplido con presentar la documen- tación requerida para el trámite y ha abonado el importe