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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (15/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 191629 NORMAS LEGALES Lima, martes 15 de agosto de 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 90-2000-MP-1ºFSC cursado por el señor doctor Miguel Aljovin Swayne, Fiscal Supremo Titular de la Primera Fiscalía Suprema en lo Civil, recibido en la fecha a horas 12.35, en atención al Oficio Nº 4653-2000-MP-CEMP; donde expresa que "tratándose de un tema tan importante como es el Antepro- yecto de la Ley Orgánica del Ministerio Público, considero que la propuesta a la que arriben los señores Fiscales materia de las Resoluciones Nºs. 417, 525 y 526-2000-MP-CEMP en el citado Encuentro debe ser puesta, oportunamente en conocimiento de la Junta de Fiscales Supremos" y "los señores Fiscales Supremos emitamos opinión sobre el particular, para su posterior aproba- ción", así como "que el suscrito no ha recibido ninguna documen- tación sobre las propuestas que han elaborado los señores Fisca- les de toda la República, por tanto, mi participación en el citado evento resulta irrelevante, puesto que dos días son insuficientes para evaluar más de 20 propuestas de los Coordinadores de los diferentes Distritos Judiciales, sin previo estudio, menos aún, elaborar una nueva Propuesta, cuya instancia no comparto"; y estando al Acuerdo Nº 6243 adoptado por unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta, dejándose constancia que el señor doctor Pedro Pablo Gutiérrez Ferreyra, Fiscal Supremo Titular y Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, se encuentra de licencia y el señor doctor Angel Rafael Fernández Hernani Becerra, Fiscal Supremo Provisional y Miem- bro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, se encuentra de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nº 26623, Nº 26695, Nº 26738 y Nº 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Déjese sin efecto la parte pertinente de los Artículos Primero y Segundo de la Resolución Nº 526- 2000-MP-CEMP de 10 de agosto del 2000, en cuanto se refiere al señor doctor Miguel Aljovin Swayne, Fiscal Supremo Titu- lar de la Primera Fiscalía Suprema en lo Civil. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial, Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Fiscal de la Nación, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Supre- ma de Control Interno, Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República, Fiscales Superiores Encargados de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en los Distritos Judiciales de la República; Encargado de la Oficina de Registro de Fiscales de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Fiscal mencionado, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal de la Nación y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 9345 INDECOPI Aceptan renuncia de secretaria técni- ca adjunta de la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consu- midor RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 057-2000-INDECOPI/DIR Lima, 9 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que el Artículo 18º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelec- tual -INDECOPI-, modificado por el Artículo 49º del Decreto Legislativo Nº 807, creó la Comisión de Protección al Consumi- dor; Que por Acuerdo de Directorio del Instituto adoptado en la Sesión del 27 de octubre de 1999, se creó una SecretaríaTécnica Adjunta dentro de la Secretaría Técnica de la Comi- sión de Protección al Consumidor; Que por Resolución Nº 090-1999-INDECOPI/DIR, de fecha 27 de octubre de 1999, se encargó a la señorita Marina Lazarte Zabarburú las funciones de Secretaria Técnica Adjunta de la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor; Que la señorita Marina Lazarte Zabarburú ha presentado renuncia al referido cargo; Que el Directorio del Instituto en su Sesión de fecha 31 de julio del 2000, ha acordado aceptar la referida renuncia; De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar, a partir del 16 de agosto del 2000, la renuncia presentada por la señorita Marina Lazarte Zabarburú al cargo de Secretaria Técnica Adjunta (e) de la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumi- dor del Indecopi, agradeciéndole los valiosos servicios presta- dos a la institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ BOZA DIBOS Presidenta del Directorio 9327 Designan secretaria técnica adjunta de la Secretaría Técnica de la Comi- sión de Protección al Consumidor RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 058-2000-INDECOPI/DIR Lima, 9 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que el Artículo 18º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organi- zación y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI-, modificado por el Artículo 49º del Decreto Legisla- tivo Nº 807, creó la Comisión de Protección al Consumidor; Que en virtud de lo establecido en el Artículo 46º del Decreto Ley Nº 25868 modificado por el Artículo 51º del Decreto Legislativo Nº 807, las Comisiones del Indecopi cuen- tan con el apoyo de una Secretaría Técnica que le sirve de órgano de enlace con la estructura orgánico administrativa de la institución; Que conforme a lo dispuesto en el citado artículo las Secretarías Técnicas estarán a cargo de una o más personas designadas por el Directorio; Que por Acuerdo de Directorio del Instituto adoptado en la Sesión del 27 de octubre de 1999, se creó la Secretaría Técnica Adjunta dentro de la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor; Que resulta necesario designar un encargado de dicha Secretaría Técnica Adjunta; Estando a lo acordado por el Directorio del Instituto en su Sesión del 31 de julio del 2000; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar, a partir del 16 de agosto del 2000, a la señorita Claudia Canales Mayorga las funciones de Secretaria Técnica Adjunta de la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ BOZA DIBOS Presidenta del Directorio 9328 Aceptan renuncia de miembro de la Comisión de Libre Competencia RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 059-2000-INDECOPI/DIR Lima, 9 de agosto del 2000