Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2000 (17/08/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de agosto de 2000

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA

Articulo 2º.- DECLARAR AMBIENTE MORDAZA MONUMENTAL a las cuadras 1, 2, 3, 4 y 5 de la MORDAZA Bellavista del distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA O. REPETTO MALAGA Director Nacional

Declaran diversos inmuebles 9362 ubicados en el distrito de Miraflores, provincia de MORDAZA, como monumentos OFICINA REGISTRAL integrantes del Patrimonio Cultural de DE MORDAZA Y CALLAO la Nacion y ambiente MORDAZA monumental Autorizan ejercer cargo de Martillero RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Publico a nivel nacional Nº 919/INC
MORDAZA, 7 de agosto de 2000 Visto el Informe Nº 155-2000-INC/DCNRPI de la Direccion del Centro Nacional de Registro del Patrimonio Inmueble del Instituto Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor arqueologico, historico y artistico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 02, de fecha 14 de MORDAZA de 2000, propone la declaracion de diversos inmuebles como monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion y Ambiente MORDAZA Monumental a las cuadras 1, 2, 3, 4 y 5 de la MORDAZA Bellavista del distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, por cuanto poseen meritos arquitectonicos y de estilo para ser declarados; Con las visaciones de la Direccion General del Patrimonio Monumental y Cultural, la Direccion del Centro Nacional de Registro del Patrimonio Inmueble, la Oficina General de Asesoria Juridica y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 050-94-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70VI y Nº 063-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion" y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a los siguientes inmuebles ubicados en el distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima: 1. Capilla de MORDAZA Hostia, ubicada en la MORDAZA Bellavista s/n cuadra 1. 2. MORDAZA Bellavista Nº 133-151. 3. MORDAZA Bellavista Nºs. 428 al 450 esquina MORDAZA MORDAZA Nºs. 201-225. 4. MORDAZA Bellavista Nº 506 esquina MORDAZA Revett Nºs. 205 al 215. 5. MORDAZA Bellavista Nº 546. 6. MORDAZA Bellavista Nºs. 519-529. 7. MORDAZA Bellavista Nº 590. RESOLUCION JEFATURAL Nº 1465-2000-ORLC/JE MORDAZA, 11 de agosto de 2000 Visto el expediente organizado por don MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA, sobre obtencion del titulo de Martillero Publico para actuar a nivel nacional y el Informe Nº 006-2000-ORLC/JE-R.MART del 10 de agosto del 2000 emitido por el Registro de Martilleros Publicos; y, CONSIDERANDO: Que, el interesado ha cumplido con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2000-JUS, Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP y de sus organos desconcentrados, de fecha 27 de junio de 1998 y, en el Articulo 116º del Codigo de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948 y el Reglamento de Martilleros Publicos, aprobado por Resolucion Suprema del 27 de MORDAZA de 1914, reuniendo los requisitos necesarios para el desempeno del cargo de Martillero Publico a nivel nacional, segun se desprende de la documentacion que acompana a su pedido; Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Resolucion Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, que establece las modalidades de garantia que deben presentar los que deseen ejercer el cargo de Martillero Publico, el recurrente ha optado por otorgar garantia efectiva, equivalente a una y media Unidades Impositivas Tributarias a favor de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, mediante el Deposito Administrativo del Banco de la Nacion Nº 2000004607156; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 8º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 18596-SUNARP, la Resolucion Nº 022-95-SUNARP, los Articulos 28º y 29º del Estatuto de la SUNARP aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS, y lo dispuesto por el Articulo 1º de la Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 13196-SUNARP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a don MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA, a ejercer el cargo de Martillero Publico a nivel nacional con sujecion a las leyes y disposiciones vigentes sobre la materia. Articulo Segundo.- La presente Resolucion constituye el titulo respectivo al que se refiere el Art. 116º del Codigo de Comercio modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Publicos de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao.

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