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Pág. 191689 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de agosto de 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa bancaria Banque Nationale De Paris - Andes S.A., para que se le autorice la modificación parcial de su Estatuto Social; CONSIDERANDO: Que, en Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 12 de junio del 2000, se acordó el cambio de la denominación social de Banque Nationale de Paris - Andes S.A. (abreviadamente BNP-ANDES) por la de Banque BNP Paribas - Andes S.A. (abreviadamente BNP PARIBAS-ANDES); Que, como consecuencia del precitado acuerdo, la misma Junta General Extraordinaria de Accionistas del 12 de junio del 2000, acordó modificar el primer párrafo del Artículo primero del Estatuto Social de la empresa; Que, la minuta de modificación estatutaria ha sido formulada de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia; Estando a lo informado por la Intendencia de Institu- ciones Financieras "B" mediante Informe Nº ASIF"B"- 085-OT/2000, y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 668- 2000-LEG; y por la Superintendencia Adjunta de Ban- ca; y, De con formidad con lo dispuesto por el Artículo 14º de la Ley General del Sistema Financiero y del Siste- ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, modificada mediante Leyes Nº 27008 y Nº 27102; RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar, en los términos propues- tos, la modificación del primer párrafo del Artículo primero del Estatuto Social de Banque Nationale de Paris - Andes S.A. en el que se cambia su denominación social por la de Banque BNP Paribas - Andes S.A. Los documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo; y devuélvase la minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia para su eleva- ción a Escritura Pública, en la que se insertará el texto de la presente Resolucion para su inscripción en el Registro Público. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 9440 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa la apertura de oficina especial temporal en el distrito de Jacobo Hunter RESOLUCION SBS Nº 529-2000 Lima, 7 de agosto de 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa para la apertura de una Oficina Especial de manera temporal en la "VII Feria Internacional de Arequipa", evento a realizarse del 10 al 20 de agosto del 2000 en el Centro de Eventos y Exposi- ciones de Cerro July, ubicado en el distrito de Jacobo Hunter, provincia y departamento de Arequipa. CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presen- tar la documentación pertinente que justifica el traslado solicitado;Estando a lo informado por el Intendente de Institu- ciones Financieras "F" mediante Informe Nº ASIF "F" - 149-2000/OT; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, la Circular SBS Nº B-1996-97 (CM-184-97) y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, la apertura de una Oficina Especial Temporal en la "VII Feria Internacional de Arequipa", evento a realizarse del 10 al 20 de agosto del 2000 en el Centro de Eventos y Exposiciones de Cerro July, ubicado en el distrito de Jacobo Hunter, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 9367 Autorizan a Entidad de Desarrollo de la Pequeña y Microempresa CONFIANZA la apertura de agencias especiales en las provincias de Huancayo y Tayacaja RESOLUCION SBS Nº 530-2000 Lima, 8 de agosto del 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la Entidad de Desarrollo de la Pequeña y Microempresa CONFIANZA, requirien- do la autorización de esta Superintendencia para la apertura de sus Agencias Especiales ubicadas en los departamentos de Junín y Huancavelica; y, CONSIDERANDO: Que las razones expuestas por la empresa recurrente justifican el traslado solicitado, habiéndose cumplido con presentar la documentación pertinente; De acuerdo con lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "E" mediante el Informe Nº ASIF"E"-117-2000/OT; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30ºde la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden- cia de Banca y Seguros; y de acuerdo con la Circular SBS Nº EDPYME-13-97, y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a la Entidad de Desarro- llo de la Pequeña y Microempresa CONFIANZA, la apertura de sus Agencias Especiales ubicadas en: Departamento de Junín - Jirón Ica Nº 184, distrito y provincia de Huancayo. Departamento de Huancavelica - Jr. Grau Nº 115, distrito de Pampas, provincia de Tayacaja. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunto de Banca 9364