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Pág. 191693 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de agosto de 2000 público, las adquisiciones y contrataciones cuyo proceso de selección haya sido declarado desierto en dos oportu- nidades; Que, por consiguiente, al haberse declarado desierto en dos oportunidades el Concurso Público Nº 138-ESSA- LUD-99 respecto de los ítems Nºs. 1, 6 y 7, es procedente aprobar la exoneración y autorizar la contratación de los referidos ítems a través de la modalidad de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 20º de la misma norma; Que, de conformidad con lo señalado en el inciso c) del Artículo 20º de la Ley Nº 26850, la exoneración de licitación o concurso público debe ser aprobada, en el caso del Seguro Social de Salud, por resolución de su máxima autoridad; Que, según el Artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, el Presidente Eje- cutivo es la más alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del pliego presupuestal; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. Aprobar de conformidad con las normas legales pertinentes, la contratación de los ítems Nºs. 1, 6 y 7 del Concurso Público Nº 138-ESSALUD-99 "Contratación del servicio de confección de uniformes asistenciales para la Gerencia de la Red Asistencial de Arequipa", a través de la modalidad de Adjudicación Directa de Menor Cuantía. 2. Disponer que la Secretaría General informe de la presente Resolución al Consejo Directivo de ESSALUD, la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Con- greso de la República, al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República, dentro del plazo establecido por la ley. 3. Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL VASQUEZ PERALES Presidente Ejecutivo 9370 RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 218-PE-ESSALUD-2000 Lima, 4 de agosto del 2000 VISTA: La Carta Nº 722-GDMO-ESSALUD-2000, mediante la cual la Gerencia Departamental Moquegua solicita que se autorice la contratación de los servicios de manteni- miento de equipos biomédicos, y mantenimiento de equi- pos electromecánicos e instalación, operación y manteni- miento del sistema de generación y distribución de vapor, a través del procedimiento de Adjudicación Direc- ta de Menor Cuantía; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.2 del Artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, establece que el Seguro Social de Salud - ESSALUD, otorga cober- tura a sus asegurados y derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas y prestaciones sociales que corresponden al régimen con- tributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgo humano; Que, para la contratación de los servicios de manteni- miento de equipos biomédicos, y mantenimiento de equipos electromecánicos e instalación, operación y mantenimiento del sistema de generación y distribución de vapor, se convocaron los Concursos Públicos Nºs. 103 y 104-ESSALUD, respectivamente; los mismos que fue- ron declarados desiertos en primera convocatoria al presentarse un solo postor, en los correspondientes actos públicos de Presentación de Propuestas, de fecha 13 de enero del 2000, optándose ante ello por convocar nueva- mente a proceso de selección;Que, con fecha 16 de mayo del año en curso, se realizaron los actos públicos de Presentación de Pro- puestas de los Concursos Públicos Nºs. 103 y 104- ESSALUD-99, en segunda convocatoria, procediendo los respectivos Comités Especiales a declarar desierto, los mencionados procesos de selección, ante la ausen- cia de postores; Que, el inciso f) del Artículo 19º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, esta- blece que están exoneradas de licitación o concurso público, las adquisiciones y contrataciones cuyo proceso de selección haya sido declarado desierto en dos oportu- nidades; Que, por consiguiente, al haberse declarado desierto en dos oportunidades los Concursos Públicos Nºs. 103 y 104-ESSALUD-99, es procedente aprobar, en vía de excepción, la contratación de dichos servicios a través de la modalidad de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 20º de la misma norma; Que, de conformidad con lo señalado en el inciso c) del Artículo 20º de la Ley Nº 26850, la exoneración de licitación o concurso público debe ser aprobada, en el caso del Seguro Social de Salud, por resolución de su máxima autoridad; Que, según el Artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, el Presidente Eje- cutivo es la más alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del pliego presupuestal; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. Aprobar de conformidad con las normas legales pertinentes, la contratación del servicio de manteni- miento de equipos biomédicos para la Gerencia Departa- mental Moquegua, a través de la modalidad de Adjudica- ción Directa de Menor Cuantía, por un período de doce meses, computados desde la suscripción del contrato. 2. Aprobar de conformidad con las normas legales pertinentes, la contratación del servicio de manteni- miento de equipos electromecánicos e instalación, opera- ción y mantenimiento del sistema de generación y distri- bución de vapor para la Gerencia Departamental Mo- quegua, a través de la modalidad de Adjudicación Direc- ta de Menor Cuantía, por un período de doce meses, computados desde la suscripción del contrato. 3. Disponer que la Secretaría General informe de la presente resolución al Consejo Directivo de ESSALUD, la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Con- greso de la República, al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República, dentro del plazo establecido por la ley. 4. Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL VASQUEZ PERALES Presidente Ejecutivo 9371 I N E I Aprueban Indices Unificados de Pre- cios para las seis Areas Geográficas, correspondientes al mes de julio del año 2000 RESOLUCION JEFATURAL Nº 204-2000-INEI Lima, 15 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que, la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI)