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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (17/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

Pág. 191697 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de agosto de 2000 Regístrese y comuníquese. C. HERNAN MARTINEZ QUIÑONES Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao 9373 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Prorrogan beneficios de regularización tributaria para el pago de diversos tributos y reducción de gastos admi- nistrativos por cobranza coactiva ORDENANZA Nº 078-A-2000-SEGE-07-MDEA El Agustino, 1 de agosto de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTO.- En Sesión Ordinaria de Concejo del 31 de julio del año 2000, el Informe Nº 148-2000-DIRENT- MDEA de la Dirección de Rentas de esta Municipalidad, referente a la ampliación de la Amnistía Tributaria; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Municipal, ha recepcionado el Infor- me Nº 148-2000-DIRENT-MDEA de la Dirección de Rentas de esta Municipalidad, solicitando la ampliación del plazo de la Amnistía Tributaria; Que, con Ordenanza Nº 075-A-2000-SEGE-07-MDEA del 26 de junio del 2000 el Concejo acordó otorgar el Beneficio de Regularización Tributaria por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Tasa de Li- cencia Municipal de Funcionamiento períodos 1994 a 1999 inclusive, hasta el 31 de julio del año en curso; Que, asimismo con Ordenanza Nº 076-A-2000-SEGE- 07-MDEA del 10-07-2000 se acordó rebajar al 10% los gastos administrativos por cobranza coactiva del total liquidado de las deudas de los contribuyentes del distrito de El Agustino en tanto dure en período de amnistía concedido a través de la Ordenanza Nº 075-A-2000- SEGE-07-MDEA; Que, en Sesión Ordinaria del 31 de julio del año en curso, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, Código Tributario - D.L. Nº 816, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, por votación unánime y con dispensa de aprobación de acta, se aprobó la siguiente Ordenanza. Artículo 1º.- Prorrogar el Beneficio de Regulariza- ción Tributaria otorgada mediante Ordenanza Nº 075-A- 2000-SEGE-07-MDEA así como los alcances de la Orde- nanza Nº 076-A-2000-SEGE-07-MDEA, hasta el 31 de agosto del año 2000, con el objeto de que los contribu- yentes del distrito de El Agustino, cumplan con sus obligaciones tributarias del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Tasa de Licencia Municipal de Funciona- miento períodos 1994 a 1999, inclusive. Artículo 2º.- Las Direcciones de Rentas, así como la de Ejecutoría Coactiva y la Unidad de Informática de esta Municipalidad quedan encargados del cumplimien- to estricto de la presente Ordenanza, siendo de responsabi- lidad de la Unidad de Imagen Institucional la difusión respectiva y de la Secretaría General del Concejo, la publicación de esta norma legal en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCO ANTIPORTA LAYMITO Alcalde 9399MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Disponen celebrar matrimonio civil masivo en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 0016-2000/MDSA Visto en Sesión de Consejo de fecha 12 de agosto de 2000, el Informe Nº 046-2000-RRCC/SG/MDSA, de la Unidad de Registros Civiles que eleva el proyecto de Matrimonio Civil Masivo II-2000, con motivo de con- memorar el Aniversario del distrito de Santa Anita; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado protege a la familia y promueve el matrimonio reconociéndole como institutos naturales del Estado Peruano; Que, es necesario consolidar y proteger a la familia como núcleo de la sociedad en la jurisdicción distrital de Santa Anita; Que, la Unidad de Registros Civiles de la Munici- palidad Distrital de Santa Anita presenta el Informe Nº 046-2000-RRCC/SDG/MDSA, en el cual se estable- cen los objetivos, requisitos, presupuesto y cronogra- ma respectivo para el Matrimonio Civil Masivo; Que en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y con el voto unánime del Concejo de Regidores; SE ACUERDA: Artículo Primero.- Celébrese el Matrimonio Civil Masivo, en el distrito de Santa Anita, el día sábado 4 de noviembre de 2000, aprobándose el proyecto presentado por la Unidad de Registros Civiles y el presupuesto respectivo presentado por la Unidad de Registros Civi- les. Artículo Segundo.- Disponer la dispensa de la pu- blicación del Edicto Matrimonial a los contrayentes del Matrimonio Civil Masivo. Artículo Tercero.- Encárguese al Director Munici- pal, Jefe de la Unidad de Registros Civiles y Jefe de la Unidad de Asuntos Sociales el cumplimiento del presen- te Acuerdo. Regístrese, comuníquese y archívese. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 9397 MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Aprueban exoneración de proceso de selección para contratar personal de vigilancia no armada RESOLUCION DE A LCALDIA Nº 056-2000/MDV-ALC Ventanilla, 11 de julio del 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA