Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2000 (17/08/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, jueves 17 de agosto de 2000 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica, dependiente de la Secretaria General del Ministerio de Educacion, cargo considerado de confianza; Que, es necesario proceder a designar al funcionario que ocupara la referida jefatura; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25515, Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DESIGNAR, a partir de la fecha de la presente Resolucion, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica, dependiente de la Secretaria General del Ministerio de Educacion, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion 9458

terio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, MORDAZA de la expedicion del presente Decreto Supremo, se denominaran en adelante Comites Consultivos de Turismo Regionales. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de agosto del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 9453

Autorizan e inscriben modelos de maquinas tragamonedas solicitados por Recreativos Turisticos MORDAZA Peru S.A. e Insultex International del Peru S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 442-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 7 de agosto del 2000

MITINCI
Modifican articulo del Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Actividad Turistica
DECRETO SUPREMO Nº 026-2000-ITINCI EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2000-ITINCI del 27 de enero de 2000, se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 26961, Ley para el Desarrollo de la Actividad Turistica; Que, el Articulo 11º del citado Reglamento establece que el Comite Consultivo de Turismo, podra solicitar el apoyo tecnico necesario de los Comites Consultivos de Turismo Regionales; Que, es necesario modificar el Articulo 12º del Reglamento en mencion, para aclarar que los Comites a que se refiere dicha MORDAZA, son los Comites Consultivos de Turismo Regionales; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y el Decreto Ley Nº 25831, Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales y su modificatoria incluida en la Ley Nº 26961; DECRETA: Articulo 1º.- Modifiquese el Articulo 12º del Reglamento de la Ley Nº 26961 - Ley para el Desarrollo de la Actividad Turistica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0022000-ITINCI, el mismo que tendra el siguiente texto: "Articulo 12º.- El MITINCI podra autorizar la conformacion de Comites Consultivos de Turismo Regionales en los departamentos del pais. Las Direcciones Regionales de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, propondran al Viceministerio de Turismo la formacion y composicion de los mismos. Las funciones y acciones de los Comites Consultivos de Turismo Regionales seran precisadas en la Resolucion Ministerial que autorice su creacion." Articulo 2º.- Los Comites de Coordinacion Regional de Turismo autorizados mediante Resolucion del Minis-

Vistos, el Expediente Nº 019506-2000-MITINCI presentado por la empresa Recreativos Turisticos MORDAZA Peru S.A. solicitando la autorizacion y registro de un modelo de maquina tragamonedas y el Informe Nº 1072000-DE-JCMT/CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en su Articulo 11º que los modelos de maquinas tragamonedas cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro otorgado por la autoridad competente; Que, el Articulo 10º del Reglamento para la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 0012000-ITINCI establece la informacion y documentacion que debe presentar el interesado para obtener la autorizacion y registro de un modelo de maquina tragamonedas; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion presentada por la empresa Recreativos Turisticos MORDAZA Peru S.A. en el Expediente Nº 019506-2000MITINCI se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables; Que, siendo la Direccion Nacional de Turismo la autoridad administrativa competente para autorizar y registrar modelos de maquinas tragamonedas, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y estando a lo opinado mediante el Informe Nº 107-2000-DE-JCMT/CFS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar e inscribir 1 Modelo de Maquina Tragamonedas, de acuerdo al siguiente detalle:
Nº de Registro Codigo del Modelo B0000078 S21 MULTIVIDEO o S21A MULTIVIDEO Nombre del Fabricante Recreativos MORDAZA S.A. Nacionalidad del Fabricante Espana Descripcion Tragamonedas vertical de video con MORDAZA superior cuadrada. Incluye aceptador de monedas y puede formar parte de un carrusel. No incluye aceptador de billetes ni palanca lateral. Dimensiones Alto : 112.00 cms. Largo : 70.00 cms. Ancho : 55.00 cms.

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