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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (17/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 191676 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de agosto de 2000 les de la Policía Nacional del Perú, en relación a la conclusión del proceso administrativo disciplinario ins- taurado al EC AA PNP Javier PORTUGUEZ AMACI- FUEN (40) CIP Nº 70027087; CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 3294-DIPER-PNP de 3.MAY.2000, se instauró proceso administrativo discipli- nario al EC AA PNP Javier PORTUGUEZ AMACI- FUEN, por la presunta comisión de falta disciplinaria (incumplimiento de normas), al no haber adoptado las medidas de seguridad necesarias para el cuidado y conservación de su CIP Nº 70027087, dando lugar al robo del citado documento por sexta vez el 3.DIC.99; Que, efectuada la notificación de la indicada Reso- lución Directoral y transcurrido el plazo establecido el procesado ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comisión Permanente de Procesos Admi- nistrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra el referido servidor, al que se contrae la presente Resolución, y observadas las garantías y procedimientos establecidos, ha comprobado que la acción realizada constituye falta grave, acordando por unanimidad recomendar al Despa- cho Ministerial se le imponga la sanción de TREINTA (30) días de Suspensión sin goce de remuneraciones; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. "b" y 28º Inc. "a" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y al Art. 155º Inc. "b" de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servi- dores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en el Acta Nº 52-2000-COPEPROAD-PNP de 7.JUN.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar al EC AA PNP Javier POR- TUGUEZ AMACIFUEN, con TREINTA (30) días de Suspensión sin goce de remuneraciones, por Falta Disci- plinaria (incumplimiento de normas). Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolu- ción al interesado, a partir del día siguiente de su notifica- ción y/o publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER CHACON MALAGA Ministro del Interior 9126 P R E S Oficializan el Seminario "Desarrollo Rural y Cooperación Técnica Interna- cional", a realizarse en la ciudad de Huamanga, departamento de Ayacucho RESOLUCION MINISTERIAL Nº 175-2000-PRES Lima, 15 de agosto del 2000 Visto, el Oficio Nº 2023-2000-INADE-1101-OGAJ del Jefe del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE; y, CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Especial Sierra Centro Sur, órgano de ejecución desconcentrado del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, con motivo de la celebración del Décimo Octavo Aniversario de su creación, ha organiza- do el Seminario "Desarrollo Rural y Cooperación Técnica Internacional" a llevarse a cabo del 16 al 18 de agosto de 2000, en la ciudad de Huamanga, departamento de Ayacucho;Que, el Ministerio de la Presidencia tiene entre otros objetivos, generar oportunidades y crear capacidades en los individuos y sus organizaciones, a fin de posibilitar el desarrollo de sus ventajas comparativas, competitivas y su integración a los mercados a través de proyectos productivos, que promuevan la generación de empleo y mejora de sus ingresos; Que, en consecuencia, resulta pertinente oficializar el citado evento, conforme a lo solicitado por el oficio del visto; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25556 - Ley Orgánica del Ministerio de la Presidencia, modificado por el Decreto Ley Nº 25738 y su Reglamento de Organi- zación y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 153-2000-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el Seminario "Desarrollo Rural y Cooperación Técnica Internacional" que se lleva- rá a cabo del 16 al 18 de agosto de 2000, en la ciudad de Huamanga, departamento de Ayacucho, organizado por el Proyecto Especial Sierra Centro Sur, órgano de ejecu- ción desconcentrado del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE. Artículo 2º.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA LUISA ALVARADO BARRANTES Ministra de la Presidencia 9441 PESQUERIA Sancionan con multa a persona natu- ral por infringir lo dispuesto en el Regla- mento de la Ley General de Pesca RESOLUCION COMISION DE SANCIONES Nº 201-2000-PE/CS Lima, 15 de agosto del 2000 Visto el Dictamen Nº 201-2000-PE/CS-ST del 2 de agosto del 2000, emitido por la Secretaría Técnica de la Comisión de Sanciones. CONSIDERANDO: Que el Artículo 77º de la Ley General de Pesca, promul- gada por Decreto Ley Nº 25977, establece que constituye infracción toda acción u omisión que contravenga o incum- pla alguna de las normas contenidas en dicha Ley, su Reglamento o demás disposiciones sobre la materia; Que de las investigaciones efectuadas, se ha determi- nado que con fechas 29 de abril de 1999 y 1 de junio del 2000, en las localidades de Islay y Camaná, respectiva- mente, el señor FELIX PALOMINO ORMEÑO realizó faenas de pesca con el uso de chinchorro mecanizado dentro de área reservada para la pesca artesanal, infrin- giendo de esta manera lo dispuesto en el literal j) del Artículo 188º del Reglamento de la Ley General de Pesca y en el numeral 9. del Artículo 8º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Actividad Pesquera y Acuícola, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-99-PE; Que el señor FELIX PALOMINO ORMEÑO no ha presentado sus descargos correspondientes, no obstante haber sido notificado para tal efecto mediante notificación de fecha 1 de junio del 2000 realizada por la Dirección Nacional de Extracción y publicación realizada a través del Diario Oficial El Peruano de fecha 22 de junio del 2000; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 24º del Reglamento del Título XI de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 002-99-PE; Estando a lo acordado en el Acta de la Comisión de Sanciones Nº 018-2000-PE/CS de fecha 10 de agosto del 2000; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar al señor FELIX PALOMINO ORMEÑO, con multa ascendente a dos (2) Unidades Impo-