Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2000 (17/08/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de agosto de 2000

Que, mediante R.D. Nº 3603-DIPER-PNP de 15.MAY.2000, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a la EC PB PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien prestaba servicios en el Hospital Central PNP, por la comision de Abandono de Cargo desde el 30.NOV.99, al no haberse reincorporado a sus labores al termino de su Licencia por asuntos particulares concedida mediante R.D. Nº 4862-DIPER-PNP de 1.SET.99; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra la referida servidora, al que se contrae la presente Resolucion, y observadas las garantias y procedimientos establecidos, ha comprobado que la accion realizada constituye falta disciplinaria grave, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de Destitucion; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. "d" y 28º Inc. "k" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y al Art. 155º Inc. "d" de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en el Acta Nº 40-2000-COPEPROAD-PNP de 2.JUN.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a la EC PB PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Destitucion con fecha 30.NOV.99, en via de regularizacion; por Falta Disciplinaria (abandono de cargo). Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion a la interesada, a partir del dia siguiente de su notificacion y/o publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente Resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MALAGA Ministro del Interior 9121 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0985-2000-IN/PNP MORDAZA, 4 de agosto del 2000 Visto, el Acta Nº 43-2000-COPEPROAD-PNP de 2.JUN.2000, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en relacion a la conclusion del MORDAZA administrativo disciplinario instaurado al EC TC MORDAZA MORDAZA CAMARA (57) CIP Nº 70024568; CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 3295-DIPER-PNP de 3.MAY.2000, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al EC TC PNP MORDAZA MORDAZA CAMARA, quien prestaba servicios en la DINSEVI-PNP, por la comision de Abandono de Cargo desde el 1.OCT.99, al no haberse reincorporado a sus labores al termino de su Licencia por asuntos particulares concedida mediante R.D. Nº 4561-DIPER-PNP de 18.AGO.99; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, el procesado ha presentado su descargo correspondiente, sin desvirtuar el cargo imputado; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra

el referido servidor, al que se contrae la presente Resolucion, y observadas las garantias y procedimientos establecidos, ha comprobado que la accion realizada constituye falta disciplinaria grave, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de Destitucion; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. "d" y 28º Inc. "k" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y al Art. 155º Inc. "d" de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en el Acta Nº 43-2000-COPEPROAD-PNP de 2.JUN.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar al EC TC PNP MORDAZA MORDAZA CAMARA, con Destitucion con fecha 1.OCT.99, en via de regularizacion; por Falta Disciplinaria (abandono de cargo). Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion al interesado, a partir del dia siguiente de su notificacion y/o publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente Resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MALAGA Ministro del Interior 9122 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0986-2000-IN/PNP MORDAZA, 4 de agosto del 2000 Visto, el Acta Nº 39-2000-COPEPROAD-PNP de 2.JUN.2000, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en relacion a la conclusion del MORDAZA administrativo disciplinario instaurado a la EC AA PNP MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA (41) CIP Nº 31028608; CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 3178-DIPER-PNP de 26.ABR.2000, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a la EC AA PNP MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA, quien prestaba servicios en la VII-RPNPLIMA, por la comision de Abandono de Cargo desde el 16.JUL.99, no habiendose reincorporado hasta la fecha; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra la referida servidora, al que se contrae la presente Resolucion, y observadas las garantias y procedimientos establecidos, ha comprobado que la accion realizada constituye falta disciplinaria grave, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de Destitucion; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. "d" y 28º Inc. "k" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y al Art. 155º Inc. "d" de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en el Acta Nº 39-2000-COPEPROAD-PNP de 2.JUN.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru;

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