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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (20/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 191774 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de agosto de 2000 zar investigación pesquera con extracción de muestras de espe- címenes hidrobiológicos (peces e invertebrados) sin valor comer- cial aguas arriba de los ríos de los Centros Poblados de San Juan, Choropampa, Magdalena y en el Reservorio Gallito Ciego, bási- camente en el ámbito del departamento de Cajamarca, a fin de determinar y evaluar el impacto que pueda haber causado el derramamiento de mercurio acaecido en junio del presente año; Estando a lo informado por la Dirección de Administración y Control Pesquero mediante Informe Nº 277-2000-PE/DNE- Dacp, y con la conformidad legal según las facultades delegadas por Resolución Ministerial Nº 010-2000-PE; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y el procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a DUKE ENGINEERING & SERVI- CES (PERU) S.R.Ltda. a realizar investigación sobre la determina- ción y evaluación del impacto del derrame de mercurio en la fauna acuática de los ríos de los poblados de San Juan, Choropampa, Magdalena y en el Reservorio Gallito Ciego, básicamente en el ámbito del departamento de Cajamarca, y para la extracción de muestras a partir de la fecha de expedición de la presente resolución hasta el 31 de agosto del 2000, correspondientes a 18 gramos de invertebrados y hasta un máximo de treinta (30) especímenes de peces de cada especie a extraer en cada una de las cinco (5) zonas señaladas en el Proyecto de Investigación, con el empleo de artes y aparejos de pesca adecuados. Artículo 2º.- La ejecución de las actividades de extracción serán supervisadas por la Dirección Regional de Pesquería de Cajamarca. Artículo 3º.- DUKE ENGINEERING & SERVICES (PERU) S.R.Ltda., deberá cumplir con remitir a la Dirección Nacional de Extracción del Ministerio de Pesquería el informe final de la investigación y las publicaciones que genere dicha investigación. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución Directo- ral a la Dirección Regional de Pesquería de Cajamarca. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extracción (e) 9549 M T C Aceptan renuncia de asesor del Despa- cho Ministerial RESOLUCION SUPREMA Nº 118-2000-MTC Lima, 18 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 150-99-MTC, se de- signó al señor OSCAR ROCA GREEN, en el cargo de confianza de Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y Decreto Ley Nº 25862, Ley Orgánica del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el señor OSCAR ROCA GREEN al cargo de confianza de Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción, agradeciéndole los valiosos servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República AUGUSTO BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 9580Otorgan a empresa permiso de opera- ción de transporte turístico terrestre RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1126-2000-MTC/15.18 Lima, 19 de julio de 2000 VISTOS, los Expedientes de Registro Nºs. 2000-00198006, 03584010 y 06001006 organizado por la empresa de transporte TRANS VELOZ EXPRESS S.A.C., sobre Permiso de Operación de Transporte Turístico y el Informe Técnico Nº 557-2000-MTC/ 15.18.04.1.RCM de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transporte TRANS VELOZ EXPRESS S.A.C., mediante los expedientes indicados en vistos ha solicita- do el otorgamiento de Permiso de Operación de Transporte Turístico en las modalidades de Traslados, Visitas locales, Ex- cursiones, Giras y Circuitos a nivel nacional, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Turístico aprobado por Resolución Suprema Nº 011-78-TC/DS de fecha 6 de febrero de 1978; Que, el Informe Nº 557-2000-MTC/15.18.04.1.RCM, señala que los vehículos ofertados por la referida Empresa cuenta con el equipo complementario para traslados, visitas locales y excur- siones conforme a lo previsto en el Art. 71º del Reglamento aprobado por Resolución Suprema Nº 011-78-TC/DS y se reco- mienda otorgar el Permiso de Operación en dichas modalidades para operar en el ámbito del departamento de Lima; Que, el referido informe expresa que la empresa cumple con los requisitos señalados en el Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Resolución Suprema Nº 011-78-TC/DS del 6 de febrero de 1978, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aproba- do por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supre- mo Nº 029-2000-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transporte TRANS VELOZ EXPRESS S.A.C. el Permiso de Operación de Transpor- te Turístico en el ámbito Departamental - Lima por el período de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RAZON SOCIAL :EMPRESA DE TRANSPORTE TRANS VELOZ EXPRESS S.A.C. SERVICIO :Transporte Turístico Terrestre MODALIDADES :Traslados - Visitas locales y Excursiones AMBITO :Departamental - Lima FLOTA VEHICULAR :Dos ómnibus: VG-2621 y VG-3487 Segundo.- La Empresa está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Resolución Suprema Nº 011-78-TC/DS y demás disposiciones vigentes, concer- nientes al Servicio de Transporte Turístico Terrestre de Pasajeros por Carretera que se autoriza. Así como mantener vigente la Póliza de Seguros con las coberturas correspondientes. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Inter- nacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 9515 Otorgan concesión a empresas para pres- tar servicio público de transporte terres- tre interprovincial de pasajeros en las rutas Lima - Huánuco y Lima - Cusco RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1148-2000-MTC/15.18 Lima, 21 de julio de 2000