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Pág. 191777 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de agosto de 2000 te reconocido y garantizado en la Constitución Política del Perú vigente; Que, las Ordenanzas Municipales, de conformidad con lo taxativamente señalado en el Artículo 200º inciso 4) de la Constitución vigente, tienen rango de ley, el mismo que ratifica el Artículo 124º, inciso 1) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, la Constitución Política del Perú de 1979, vigente a la fecha de expedición de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, igualmente reconocía y garantizaba el rango de ley de las ordenanzas municipales al establecer expresamente en su Artículo 298º la acción de inconstitucionalidad como medio impugnativo de las ordenanzas; Que, en tal sentido, el pretender modificar el rango de ley de las ordenanzas municipales, importa en rigor una modificación constitucional, deviniendo en inconstitucional e ilegítima cual- quier iniciativa para su limitación a través de una ley, más aún por una ley ordinaria, dado que importa igualmente la modifica- ción de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Ordenanza Municipal es la ley local dentro de su territorio y el ámbito de su determinado en la Constitución y la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, por los fundamentos de derecho antes expresados, el proyecto de ley de la referencia resulta inconstitucional; ACUERDA: Primero.- Expresar el rechazo de la Corporación y su opi- nión contraria al proyecto de Ley Nº 70/2000/CR, por ser incons- titucional y atentatorio de la autonomía municipal, antidemo- crático y centralista. Segundo.- Solicitar al Congreso de la República que el proyecto no sea aprobado y por el contrario promueva la aproba- ción de leyes de desarrollo de los gobiernos locales y una efectiva descentralización del país. Regístrese, publíquese y comuníquese. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 9521 Declaran cumplidas obras de habilita- ción urbana de terreno ubicado en el distrito de San Borja RESOLUCION Nº 129-2000-MML-DMDU Lima, 10 de abril de 2000 LA DIRECTORA MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO Visto, el Expediente Nº 13857-98, Documento Simple Nº 08470-99 Anexo Nº 7459-99, Nº 1659-2000 y otros seguidos por la COOPERATIVA DE VIVIENDA EL CARMEN SAN BORJA LTDA., por la que solicita la Habilitación Urbana, del terreno de su propiedad para Uso Residencial de Alta Densidad "R-5", de DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUA- DRADOS CON CINCO DECIMETROS CUADRADOS (2,243.05 m2), ubicado en el distrito de San Borja, provincia y departamen- to de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo Nº 04, tomado en Sesión Nº 34-98 con fecha 16 de octubre de 1998 por la Comisión Metropolitana de Habili- tación Urbana, Acordó Declarar Habilitado Como Urbano como Lote Unico, el terreno de 2,243.05 m2 para Uso Residencial de Alta Densidad "R-5", debiendo cancelar los déficit de aportes correspondientes al Ministerio de Educación de 50.58 m2, de Otros Fines de 101.16 m2, de Parques Zonales de 28.59 m2, y de Recreación Pública de 606.97 m2; Que, a la fecha se ha acreditado la cancelación de los déficit de los aportes mencionados, exceptuando el aporte de Recrea- ción Pública, pago que debe quedar como obligado a insertarse en el contrato de Compraventa que celebre; Que, por Resolución Directoral Municipal Nº 0000874-MML- DMM-DMFC de fecha 26 de noviembre de 1999, emitida por la Dirección Municipal de Fiscalización y Control, se resuelve Declarar fundado el Recurso de Reconsideración interpuesto por la Cooperativa recurrente, dejándose sin efecto la Boleta de Multa Nº 044-98/MML-DMDU-DGO-CMHU, por Ocupación Clandestina de Terrenos y Obras de Habilitación Ejecutadas sin Autorización; Estando al Informe Nº 284-98-MML-DMDU-DGO-DHU- DGO, de fecha 5 de octubre de 1998 y Nº 048-2000-MML-DMDU- DHU-DCO, de fecha 7 de marzo del 2000 de la División de Control de Obras de la Dirección de Habilitaciones Urbanas;Con la visación de la División de Control de Obras y con lo recomendado por la Dirección de Habilitaciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997, la Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997 y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, de conformidad con el Plano signado con el Nº 008-2000-MML-DMDU-DHU el Pro- yecto de Trazado y lotización en Vías de Regularización del terreno de DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CINCO DECIMETROS CUA- DRADOS (2,243.05 m2), para Uso Residencial de Alta Den- sidad "R-5", ubicado en el distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- DECLARAR, cumplidas por la COO- PERATIVA DE VIVIENDA EL CARMEN SAN BORJA LTDA., las Obras de Habilitación Urbana cuyos Proyectos se aprueban de acuerdo con el plano sellado por la Dirección de Habilitacio- nes Urbanas y la División de Control de Obras y autorícese la libre venta del lote Unico que la constituye según el siguiente cuadro de áreas: Manzana Nº de lotes Numeración Area (m2) E 1 Sublote B 2,243.05 TOTAL 1 2,243.05 Artículo Tercero.- DISPONER, que el propietario de la Habilitación quede obligado a insertar en el contrato de Compra- venta que celebre, la Cláusula que establezca la indivisibilidad del lote que se recepciona, así como la obligatoriedad de cancelar el déficit de aportes de Recreación Pública de 606.97 m2 cuando el Organo de Control de dicho Servicio así lo disponga. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario a partir de la notificación de la presente. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Municipalidad Distrital de San Borja para que incorpore al radio de su Jurisdicción el área que se recepciona, a la Superin- tendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT para su conocimiento y fines y a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscripción correspondiente. Regístrese, publíquese y cúmplase. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 9487 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Autorizan adquisición de materiales de oficina y concreto pre mezclado mediante procedimientos de adjudi- cación directa de menor cuantía RESOLUCION Nº 908-2000-RASS Santiago de Surco, 16 de agosto de 2000 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Informe Nº 076-2000-CE-P/MSS, del Presidente del Comité Especial de la Licitación Pública Nº 004-2000-CE- MSS, de fecha 2 de agosto del 2000, para la Adquisición de Materiales de Oficina y Escritorio - Segunda Convocatoria, sobre la declaración de desierta de varios Items del referido proceso de selección; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 581-2000-RASS, de fecha 12 de abril del 2000, se aprobó el proceso de Licitación Pública Nº 004- 2000-CE-MSS y Bases Administrativas, para la Adquisición de Materiales de Oficina y de Escritorio siguientes: - Papelería en General - Item I - Formas Continuas - Item II