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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (14/12/2000)

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Pág. 195963 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de diciembre de 2000 Que en consecuencia, es necesario designar al repre- sentante del Ministerio de Justicia ante la Comisión Permanente de Calificación de Indultos; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25993 y Decreto Supremo Nº 07-95-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del doctor Alberto William Huapaya Olivares, como repre- sentante del Ministerio de Justicia ante la Comisión Permanente de Calificación de Indultos. Artículo 2º.- Designar al doctor Raúl Callirgos Velar- de, Director Nacional de la Dirección Nacional de Justi- cia, como representante del Ministerio de Justicia ante la Comisión Permanente de Calificación de Indultos. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURRE Ministro de Justicia 14379 PESQUERÍA Autorizan siembra y cultivo de la es- pecie Tilapia en ambientes artificiales del departamento de San Martín DECRETO SUPREMO Nº 010-2000-PE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que son patrimonio de la Nación los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racio- nal de dichos recursos; Que el Decreto Supremo Nº 002-91-PE de fecha 7 de octubre de 1991, dispuso la prohibición de la siembra y cultivo de las diferentes especies y variedades de Tilapia en ambientes naturales o artificiales en toda la Cuenca del Amazonas; Que a través de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 277-99-PE y 015-00-PE de fechas 24 de setiembre de 1999 y 24 de enero de 2000, respectivamente, se establecieron, en el primer caso, disposiciones para el cultivo de Tilapia en la Costa y, en el segundo caso, una autorización excepcional para que las personas naturales y jurídicas que se dedican al cultivo del langostino en el departamen- to de Tumbes, puedan, por un período de 12 meses, diversificar su actividad y dedicarse al cultivo de Tilapia; Que los estudios realizados por el Instituto de Investi- gación de la Amazonía Peruana - IIAP, para determinar el impacto de introducción de la Tilapia en la cuenca del río Huallaga (departamento de San Martín), determinan que existen factores limitantes físicos y biológicos que dificul- tan la instalación de la especie en ambientes lóticos no intervenidos; Que la Dirección Nacional de Acuicultura del Ministe- rio de Pesquería considera procedente se autorice el cultivo de Tilapia en ambientes artificiales en el depar- tamento de San Martín, bajo un plan de manejo que proporcione los instrumentos técnicos que permitan ma- nejar la especie, tendente a optimizar su rendimiento y minimizar los riesgos actuales y potenciales de llegada a los ambientes naturales y subsiguiente aclimatación en instalación; Que con el objeto de impulsar la actividad de acuicul- tura a través de especies alternativas, es conveniente establecer planes de manejo y programas de monitoreo para la siembra y cultivo de la especie Tilapia en áreas controladas del departamento de San Martín, así como en otras zonas del país; De conformidad con lo establecido por la Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-94-PE;DECRETA: Artículo 1º.- Autorícese la siembra y cultivo de Tila- pia en ambientes artificiales del departamento de San Martín. Artículo 2º.- Mediante Resolución Ministerial, el Ministerio de Pesquería establecerá las disposiciones correspondientes para la adecuada implementación del presente Decreto Supremo, pudiendo establecer Planes de Manejo en ambientes artificiales, con el fin de optimi- zar el rendimiento de la citada especie, en concordancia con la preservación y la minimización de los riesgos de llegada del citado recurso a ambientes naturales. Artículo 3º.- Facúltese, asimismo, al Ministerio de Pes- quería para que mediante Resolución Ministerial pueda esta- blecer Planes de Manejo de la Tilapia para el cultivo de esta especie en ambientes artificiales en cualquier zona del país. Artículo 4º.- Deróguese el Decreto Supremo Nº 002- 91-PE. Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Pesquería. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 14357 Designan miembros del Comité Direc- tivo del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 086-2000-PE Lima, 13 de diciembre del 2000 Vista la carta presentada por el señor economista Federico Melo Vega mediante la cual formula renuncia al cargo de miembro del Comité Directivo del Fondo Nacio- nal de Desarrollo Pesquero - FONDEPES en representa- ción del Ministerio de Pesquería; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 035-93-PE de 16 de noviembre de 1993 se designó al señor economista Fede- rico Melo Vega en el cargo de miembro del Comité Directivo del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES en representación del Ministerio de Pesquería; Que dicho funcionario ha presentado renuncia al cargo; Que es necesario designar al funcionario que desempe- ñe dicho cargo; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25515 y Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor economista FEDERICO MELO VEGA al cargo de miembro del Comité Directivo del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES en representación del Ministerio de Pesquería, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor JOAQUIN DE LA PIE- DRA PORTELA en el cargo de miembro del Comité Direc- tivo del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDE- PES, en representación del Ministerio de Pesquería. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 14364