Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2000 (14/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, jueves 14 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

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16.2 Presupuesto adicional que considera presupuestos deductivos. En el caso que el monto del presupuesto adicional cuya autorizacion se solicita, sea calculada considerando los presupuestos deductivos vinculados a este, ademas de lo requerido en el numeral precedente, deberan acompanarse los siguientes documentos: a. Resolucion aprobatoria del presupuesto deductivo proveniente del Titular del Pliego o MORDAZA autoridad administrativa de la entidad contratante. b. Presupuesto deductivo correspondiente, detallado, con sus respectivas planillas de metrados. c. MORDAZA de los folios del cuaderno de obra donde se evidencie el origen y ocurrencia de las obras sustituidas, materia del presupuesto deductivo. d. Informe Tecnico emitido por el inspector o supervisor de obra, segun sea el caso, y el funcionario competente de la entidad incidiendo en la sustentacion del origen de cada una de las partidas o item que conforma el presupuesto deductivo. 16.3 Presupuestos adicionales vinculados a otros presupuestos adicionales que no requirieron de autorizacion previa al pago, de la Contraloria General. En el caso que las partidas del presupuesto adicional en tramite se encuentren vinculadas a otros presupuestos adicionales anteriores, aprobados y pagados por la entidad, por no exceder el porcentaje estipulado en el Art. 115º del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se requiere ademas: a. Resolucion aprobatoria de la ejecucion del (los) presupuesto(s) adicional(es) respectivo(s). b. Presupuesto detallado de la(s) obra(s) adicional(es) respectiva (s). 16.4 Formalidades para la MORDAZA de la documentacion. a. La referida informacion debera contar con indice detallado por item (senalando numero de folios), de tal forma que permita su inmediata ubicacion. b. El integro de la documentacion adjunta a la solicitud de autorizacion de pago de presupuestos adicionales, sera presentada en MORDAZA autenticada por fedatario o certificada por el Secretario General en su caso. 17. De la MORDAZA y recepcion de la solicitud de autorizacion previa al pago. 17.1 La solicitud de autorizacion previa al pago de presupuestos adicionales, sera presentada ante la Unidad de administracion documentaria de la Contraloria General, la que verificara con el apoyo de un ingeniero de la unidad organica correspondiente de la Contraloria General, si acompana todos los recaudos y formalidades previstas en el numeral 16 precedente. 17.2 En caso, de evidenciar que la solicitud no este acompanada de los recaudos correspondientes o se encuentran afectadas por defecto u omision formal prevista en la presente MORDAZA, la Unidad de Administracion Documentaria, sin perjuicio de la recepcion, realizara las observaciones pertinentes, notificando al recurrente en ese acto a subsanar las mismas de acuerdo al formato interno establecido, de ser el caso. Las observaciones deberan efectuarse bajo firma del receptor en la solicitud y en la MORDAZA que conservara el recurrente, y en tanto no se subsanen, se tendra por no presentada la solicitud. 17.3 La solicitud de autorizacion de pago se considera ingresada para los efectos del computo del plazo para el pronunciamiento de la Contraloria General, una vez que la Unidad de Administracion Documentaria, otorgue conformidad de acuerdo a lo senalado precedentemente. 18. Plazo de la Contraloria General para requerir documentacion complementaria. 18.1 Cuando la unidad organica competente, al evaluar la solicitud presentada encuentre que la documentacion remitida resulta tecnicamente incompleta, la Contraloria General a mas tardar al MORDAZA dia habil contado a partir del dia siguiente de la recepcion de la misma sin observaciones, comunicara de ello a la entidad, para su

atencion a la brevedad, haciendo de conocimiento este hecho a los interesados. 18.2 El requerimiento de documentacion complementaria, interrumpira el plazo de calificacion, reiniciandose el plazo nuevamente, desde el dia siguiente a la fecha de MORDAZA completa de la documentacion solicitada. 19. Plazo de la Entidad para presentar documentacion complementaria. 19.1 La entidad cuenta con cinco (5) dias habiles para cumplir con el requerimiento de la Contraloria General de presentar documentacion complementaria, contados a partir del dia siguiente de la recepcion de la comunicacion, la cual debera ser presentada bajo las mismas formalidades previstas en el numeral 16 de la presente directiva. 19.2 Transcurrido el plazo establecido anteriormente, sin que la entidad cumpla con presentar la documentacion complementaria completa requerida, se declarara inadmisible a tramite la solicitud formulada por carecer de las formalidades establecidas y se devolvera la documentacion al solicitante. Esta decision tendra caracter definitivo. 20. Plazo de la Contraloria General para calificar la solicitud de autorizacion previa. 20.1 Una vez ingresada la documentacion completa, la Contraloria General se sujeta al plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles previsto en el Art. 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para su calificacion. 20.2 Dentro de dicho plazo solo podra requerirse y recibir de los funcionarios de la entidad solicitante aclaraciones sobre la solicitud, sin que estas en ningun caso puedan dar lugar a su incumplimiento. 21. Aplicacion del Silencio Administrativo Positivo. En caso que la Contraloria General no emita la autorizacion previa respectiva, para el pago del presupuesto adicional en el plazo previsto en el Art. 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, operara el silencio administrativo positivo, en cuya virtud la entidad entendera autorizado el pago de las obras adicionales por los montos solicitados; sin perjuicio del control posterior. 22. Autorizacion Previa al Pago de Presupuesto Adicional La autorizacion previa al pago de presupuesto adicional de obra a la entidad solicitante, se otorgara a traves de resolucion emitida por la instancia pertinente de la Contraloria General. 23. Modificacion Contractual por autorizacion previa al pago. Recibida la autorizacion previa al pago, la entidad procedera a efectuar la modificacion correspondiente al contrato (clausula adicional) y a suscribirla con el contratista. MORDAZA de ese addendum se remitira a la Contraloria General dentro de los 30 dias naturales de su aprobacion. 24. Comunicacion de autorizacion previa al pago. La Contraloria General informara sobre la autorizacion previa al pago emitida, a la entidad, a su Sector, a la Comision de Presupuesto del Congreso de la Republica y al Ministerio de Economia y Finanzas. 25. Medios Impugnativos Podra reclamarse de la resolucion de autorizacion previa al pago de presupuesto adicional de obra otorgada por la Contraloria General de la Republica, unica y exclusivamente a traves de la interposicion del recurso de reconsideracion y de apelacion, agotandose con este ultimo la instancia administrativa, siendo de aplicacion las disposiciones contenidas en los Articulos 98º, 99º y demas pertinentes del TUO de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S. Nº 02-94-JUS.

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