Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2000 (14/12/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de diciembre de 2000

10. Responsabilidad por incumplimiento de plazo para solicitar autorizacion previa al pago de presupuesto adicional, a la Contraloria General. En caso de incumplimiento del plazo para solicitar la autorizacion previa al pago, tanto el titular de la Entidad como los funcionarios encargados de la direccion y administracion de la ejecucion de la obra asumiran responsabilidad administrativa, asi como civil por el perjuicio economico derivado de la actualizacion de valores en el adeudo. 11. Responsabilidad por pago de presupuesto adicional que requiere autorizacion previa de Contraloria General. Si los funcionarios de la entidad responsable del pago del presupuesto adicional que requieren del pronunciamiento previo de la Contraloria General, realizan el abono respectivo, sin contar con este requisito, o habiendola solicitado hubiese sido denegada, o abonan cantidad mayor a la solicitada cuando la entidad se acoja al silencio administrativo positivo; asumiran por tal pago responsabilidad civil y/o administrativa segun sea el caso; sin perjuicio de la penal a que hubiere lugar. 12. Obra Nueva. 12.1 Se conoce como obra nueva, aquella no considerada en el contrato y, cuya realizacion no es indispensable o necesaria para dar cumplimiento a la finalidad del contrato. 12.2 La contratacion de una obra nueva, necesariamente debe ser sometida a MORDAZA contrato mediante los procedimientos establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento y las leyes presupuestales de acuerdo a su monto, bajo responsabilidad de quien disponga o autorice su ejecucion de otro modo o las apruebe como adicionales. VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS 13. Plazo de la Entidad para solicitar autorizacion previa al pago. El plazo para solicitar la autorizacion previa al pago a la Contraloria General es de treinta (30) dias naturales, computados a partir de la fecha en que la supervision de obra emite el informe favorable en torno al presupuesto adicional, el mismo que sera alcanzado a la entidad en un plazo razonable, una vez producido el hecho que origino el presupuesto adicional. Los 30 dias naturales incluyen toda coordinacion necesaria e informes posteriores para la aprobacion del presupuesto adicional por parte de la entidad. 14. Calidad de Informacion: Se entendera que la informacion remitida por la entidad, en la solicitud de requerimiento y en la informacion complementaria, es suficiente y competente para sustentar el pedido formulado, asumiendose la veracidad de la misma. En ese sentido, se cuidara en no mostrarse o incurrirse en discrepancias de conceptos, metrados y precios unitarios, trabajos que no cuenten con la debida autorizacion, discrepancia en la contrastacion entre planillas de metrados y planos, falta de detalle o consistencia de planillas de metrados que no son necesarios para alcanzar la finalidad del contrato, duplicidad de metrados, discrepancias de los nuevos precios pactados con relacion a la estructura de costos del presupuesto ofertado y/o base, planillas que no guardan relacion con los procedimientos de calculo establecidos contractualmente, errores operacionales, entre otros. 15. Requerimientos previos a la solicitud de autorizacion de pago. 15.1 La MORDAZA de la solicitud de autorizacion previa al pago ante la Contraloria General es posterior a la aprobacion y autorizacion de la ejecucion de los trabajos que originen el presupuesto adicional, efectuada por la instancia competente de la entidad. En ningun caso se MORDAZA tramite a solicitudes de autorizacion de pago de presupuestos adicionales de obra, en

via de regularizacion. Tales actos seran materia del control posterior. 15.2 La MORDAZA de la solicitud de autorizacion previa al pago a la Contraloria General, significa que la entidad cuenta con la prevision y disponibilidad presupuestaria asignada para cubrir el monto que demande el pago solicitado, cumpliendose la exigencia de los Arts. 42º de la Ley Nº 26850 y 94º de su reglamento. 16. De la documentacion adjunta a la solicitud de autorizacion previa al pago. Para considerar que la solicitud de autorizacion previa al pago de presupuestos adicionales cuenta con la documentacion completa, debera ser acompanada de la siguiente documentacion: 16.1 Presupuesto adicional que no cuenta con presupuestos deductivos. a) Resolucion aprobatoria de la ejecucion del presupuesto adicional proveniente del Titular del Pliego o MORDAZA autoridad administrativa de la entidad contratante, en la que se consigne las partidas genericas y especificas a las cuales se afectara el gasto de las valorizaciones que resulten del presupuesto adicional. b) Informe institucional y/o documento oficial que acredite la solvencia economica y financiera para el pago del presupuesto adicional solicitado. c) Expediente tecnico de la contratacion (licitacion, adjudicacion directa o de menor cuantia), asi como las bases de licitacion, consultas, absolucion de consulta, aclaraciones y otros documentos que representen condiciones para la formulacion de la oferta de los postores. d) Contrato de ejecucion de obra. e) Presupuesto de obra y analisis de precios unitarios que sustenta el monto del contrato. f) Presupuesto adicional detallado. g) Analisis de precios unitarios de las partidas nuevas detallando: rendimientos (mano de obra y maquinarias), cuadrilla de mano de obra y cotizaciones de insumos nuevos (minimo 3). h) MORDAZA de los folios del cuaderno de obra, donde se evidencie el origen, aprobacion de ejecucion y ocurrencias de las obras, que hayan generado el presupuesto adicional. i) Especificaciones tecnicas, planos y planillas de metrados, debidamente referenciados entre si, acompanados de diskettes u otros medios informaticos que contengan la informacion que sustenta el presupuesto adicional. La referida informacion debera presentarse con el detalle suficiente que permita su verificacion; asimismo, en el caso de mayores metrados, el sustento debera comprender el total de la obra en ejecucion. j) El informe legal emitido por funcionarios de la entidad que contendra analisis y pronunciamiento sobre la causal generadora del presupuesto adicional, asi como de la viabilidad legal de reconocer el pago adicional al contratista, de acuerdo con las clausulas contractuales y los sistemas y modalidades de contratacion previstos en los Arts. 28º y 29º del reglamento de la Ley Nº 26850. k) Informe tecnico emitido por el inspector o supervisor de obra, segun sea el caso, y el funcionario competente de la entidad, incidiendo basicamente en la sustentacion de cada una de las partidas o item que conforma el presupuesto adicional, en lo que respecta a: origen, descripcion de los trabajos, y cuadro comparativo que precise las condiciones contractuales y las presentadas en la ejecucion de la obra. l) Programa de ejecucion de obra valorizado y actualizado por partidas que incluya todas las variaciones contractuales (adicionales y deductivos). m) Declaracion, bajo presuncion de veracidad, suscrita por la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, con caracter de declaracion jurada, senalando que la informacion que se alcanza a la Contraloria General constituye la documentacion necesaria exigible con la que dispone la entidad para sustentar adecuadamente la solicitud de autorizacion previa al pago que formula. (Anexo Nº 01). n) Formula polinomica del presupuesto adicional en tramite. n) Otros que se consideren necesarios para mejor resolver, y que a criterio de la Contraloria General fueren pertinentes.

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