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Pág. 196356 NORMAS LEGALES Lima, domingo 24 de diciembre de 2000 Que, es conveniente que esta prórroga quede enmar- cada dentro del ejercicio presupuestal vigente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades que otorga la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, con la aprobación del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de aprobación de Acta, se promulga lo siguiente: O R D E N A N Z A Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 30 de diciembre de 2000, la fecha del vencimiento de la Ordenanza Nº 042- MPL aplicable a todos los contribuyentes que tengan deudas pendientes de cancelación con la Municipalidad. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección Municipal, Dirección de Desarrollo Económico, Oficina de Informática y Catastro, Oficina de Comunicación Social y a la Secretaría General y del Concejo el cumplimiento, difusión y publica- ción correspondientes de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANGEL M. TACCHINO D. Alcalde 14854 OSIPTEL Proyecto de Lineamientos Generales para la organización y funcionamiento de los Comités de Participación Con- sultiva de OSIPTEL y su Exposición de Motivos RESOLUCIÓN Nº 084-2000-PD/OSIPTEL Lima, 22 de diciembre de 2000 VISTO: El Proyecto de Lineamientos Generales para la orga- nización y funcionamiento de los Comités de Participa- ción Consultiva de OSIPTEL presentado por la Gerencia General del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 013-99-CD/OSIPTEL del 8 de julio de 1999 se aprobó el “Reglamento de Trans- parencia de OSIPTEL y su Exposición de Motivos” ; Que el Artículo 20º del mencionado reglamento auto- riza la constitución de Comités de Participación Consul- tiva, temporales o permanentes, para que contribuyan con comentarios u observaciones, respecto de las mate- rias o asuntos normativos para los cuales se les convoque; Que es necesario aprobar el instrumento de naturale- za administrativa que reglamente la constitución de los Comités de Participación Consultiva de OSIPTEL, así como el nombramiento de sus integrantes y la forma de organización y trabajo de los mismos; Que el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), estima conveniente someter a consulta pública El Proyecto de Lineamientos Generales para la organización y funcionamiento de los Comités de Participación Consultiva de OSIPTEL me- diante la publicación previa de su contenido en el Diario Oficial El Peruano, a fin de recibir los comentarios y aportes de las empresas, usuarios y público en general; De acuerdo a las facultades otorgadas por el ordena- miento legal vigente; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Autorizar la publicación en el Diario Oficial El Peruano del Proyecto de Lineamientos Generales para la organización y funcionamiento de los Comités de Participación Consultiva de OSIPTEL y suExposición de Motivos, que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo .- Definir un plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente resolución para que los interesados remitan por escrito sus comentarios a la Secretaría General de OSIP- TEL (Calle De la Prosa 136, San Borja, Lima). Artículo Tercero .- Encargar a la Gerencia Legal, el acopio, procesamiento y sistematización de los comenta- rios que se presenten, así como la presentación a la Alta Dirección de OSIPTEL de sus correspondientes recomen- daciones. Regístrese y publíquese. JORGE KUNIGAMI K. Presidente del Consejo Directivo EXPOSICION DE MOTIVOS DEL PROYECTO DE LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITES DE PARTICIPACION CONSULTIVA DE OSIPTEL Mediante la Resolución Nº 013-99-CD/OSIPTEL del 8 de julio de 1999 se aprobó el “Reglamento de Transpa- rencia de OSIPTEL y su Exposición de Motivos” el cual se encuentra sustentado en cuatro grandes temas, uno de los cuales es la denominada “Transparencia En La Formulación De Iniciativas Normativas” . El Artículo 20º del mencionado reglamento le permite al Consejo Directivo de OSIPTEL disponer la constitu- ción de Comités de Participación Consultiva, los cuales tendrán el carácter de permanentes o temporales y esta- rán compuestos por personas naturales o jurídicas, cuya colaboración con OSIPTEL será ad honorem. Dichos miembros podrán formular comentarios u ob- servaciones relacionadas con las materias o asuntos para los cuales se les convoque, sin que las opiniones que expresen tengan carácter vinculante para OSIPTEL. En ese contexto, OSIPTEL ha decidido publicar el “Proyecto de Lineamientos Generales para la Orga- nización y Funcionamiento de los Comités de Parti- cipación Consultiva de OSIPTEL” con lo cual se aspira a que los legítimos interesados, y el público en general, puedan formular sus aportes al mencionado proyecto. Estos Lineamientos Generales se deben convertir en la norma que permita al Consejo Directivo constituir los Comités de Participación Consultiva, así como el nombra- miento de sus integrantes y la forma de organización y trabajo de los mismos. Un tema de suma importancia es el de regular la partici- pación de la comunidad en los comités. En tal sentido, se está proponiendo que cuando deba nombrarse a los integrantes de algún comité, se tiene que permitir y procurar la participación de los usuarios, los sectores privado y público y el sector académico, de suerte que exista la posibilidad de recoger las opiniones, experiencias y aportes de todos ellos, lo cual permi- tirá a OSIPTEL tomar la decisión más adecuada. En cuanto al número de miembros, se considera que un Comité compuesto por un mínimo de 5 y un máximo de 9 personas coadyuvará a un manejo racional del encargo que se les haga. Dicho número no limita la capacidad de los comités de convocar a otras personas o entidades cuyas opiniones pudieran ser importantes o necesarias para el tema que se estuviese tratando. Una cuestión de suma importancia para OSIPTEL, y que tiene que ver con el objetivo de lograr una mayor transparen- cia en la adopción de sus decisiones, es la de difundir la creación de algún Comité de Participación Consultiva, el nombre de sus integrantes y el sector del que provienen, el tema para el cual fueron convocados y la agenda de trabajo. Dicha difusión será puesta en conocimiento del público interesado a través de la página Web del organismo. De la misma forma se publicará la agenda de las reuniones, salvo que se trate de temas que por su naturaleza reservada o por la confidencialidad a la que está obligado legalmente OSIP- TEL, no puedan hacerse públicos. Otro tema que es también importante resaltar se encuentra en la naturaleza ad honorem que tiene el ejercicio del cargo. Ello, para evitar que la vinculación económica con OSIPTEL genere alguna forma de compro-