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Pág. 182373 NORMAS LEGALES Lima, domingo 2 de enero del 2000 principalmente, en lo relativo al derecho al nombre, prevención del abuso y atención adecuada, derecho a la educación y salud y derechos civiles de los pueblos indígenas. - instalar las Defensorías de los Niños y Adolescentes en las comunidades, pueblos y ciudades andinas. 3. Políticas y estrategias públicas regionales para lograr el cumplimiento de la CDN y CEDAM. - hacer "advocacy" sobre el impacto de las políticas públicas en áreas andinas de pobreza extrema dirigido a los niveles de decisión. - asesoría técnica a las instancias regionales para la adecua- ción de normas y estrategias a las características locales para el ejercicio de CDN y CEDAM. 4. Sistema de monitoreo y evaluación de indicadores locales sobre estrategias para la vigencia de los Derechos de la Niña, el Niño y de la Mujer en áreas de extrema pobreza e indígenas. - establecer una línea de base de indicadores e información sobre estrategias locales de movilización social, gestión y pro- moción de condiciones para el cumplimiento de la CDN y CE- DAM; - brindar apoyo técnico para el diseño y operación de un sistema regular de seguimiento de estrategias locales y regiona- les para el cumplimiento de la CDN y CEDAM; - realizar evaluaciones periódicas que midan la pertinencia, efectividad e impacto de las estrategias desarrolladas localmen- te; - promover las condiciones de equidad, inclusión y acceso a los derechos de las poblaciones andina e indígenas. 5.3: Adecuación de los Servicios Básicos de Salud, Nutrición, Agua y Saneamiento y Educación Básica a la Convención de los Derechos de los Niños y de la Mujer. Objetivo General: Incrementar el acceso a los servicios sociales y mejorar su calidad, haciéndoles pertinentes a las condiciones culturales de la población rural andina e indígena pobre para garantizar el acceso universal a sus derechos. Objetivos Específicos: - En Salud: un incremento de 50% en la cobertura de atención de parto con calidad y calidez, en 60% la atención de las IRAs y enfermedades diarreicas agudas, y una cobertura de inmunización de 90% en niños menores de un año en las zonas priorizadas; - En Nutrición: la reducción de 50% en la desnutrición crónica en los niños menores de tres años; - En Agua y Saneamiento: para el 30% de la población, el acceso sostenido a condiciones adecuadas de servicios sanitarios e higiene doméstica en las provincias objetivos; - En Educación: la garantía de acceso universal a la educa- ción básica para niños entre cinco y once años de edad. Actividades: 1. Acceso a una atención en salud de calidad para todas las familias en áreas andinas pobres. - apoyar técnicamente y capacitar al personal de salud, promotores comunales y parteras para adecuar los servicios de prevención y atención de salud infantil y materna a los princi- pios de la CDN y CEDAM; - apoyo a brigadas de salud especiales para zonas de riesgo y remotas; - capacitar y hacer seguimiento a los trabajadores de salud, promotores y parteras para asegurar la atención del parto limpio y seguro, utilizando procedimientos que armonicen con las costumbres locales; - suministrar medicamentos esenciales y asistencia en la implementación de un sistema de farmacias locales y comuna- les. 2. Reducir en 50% la desnutrición crónica en los niños menores de tres años. - promover y capacitar al personal de salud, promotores comunales, parteras, maestros rurales y mujeres sobre alimen- tación adecuada en niños menores de tres años; - producir materiales educativos y de capacitación sobre prácticas de alimentación infantil para los servicios sociales y la familia rural; - movilizar de la mujer rural en grupos de apoyo para desarrollar prácticas adecuadas de alimentación en niños me- nores de tres años en la comunidad; - apoyar a campañas de suplementación nutricional a través de la movilización social y provisión de micronutrientes. 3. Lograr que el 30% de la población tenga acceso sostenido a condiciones adecuadas de servicios sanitarios e higiene domés- tica en la provincias objetivo. - promover y capacitar a comités locales de gestión, trabaja- dores municipales y personal de servicios de salud, así como a los miembros de las Juntas Administradoras de Agua, en sanea- miento e higiene;- construir sistemas de agua segura y módulos sanitarios en 200 comunidades andinas; - producir material informativo y de capacitación para las Juntas Administradoras de Saneamiento, los plomeros y la población sobre el mantenimiento y reparación de la infraes- tructura sanitaria y prácticas adecuadas de higiene y sanea- miento; - suministrar agua potable a través de sistemas alternati- vos con camiones cisterna a las comunidades urbano margina- les pobres. 4. Garantizar que niños de 5 a 11 años de edad tengan acceso universal a la educación básica. - promover y capacitar a maestros rurales, y supervisores del Ministerio de Educación sobre el derecho a la educación de la niña y el niño; - capacitar a maestros rurales preescolares y de primaria, así como a sus supervisores en metodologías y contenidos del Programa Nacional de Educación Inicial y Primaria; - asistir técnicamente y promover mecanismos de supervi- sión y seguimiento para todas las escuelas rurales de los ámbi- tos priorizados; - producir y distribuir material educativo en el marco del Programa Nacional de Educación Inicial y Primaria de carácter bilingüe (quechua) e intercultural para las áreas pertinentes. 6. Presupuesto En miles de U.S. Dólares: 1998 1999 2000 2001 2002 Totales Fortalecimiento de la 930 930 930 930 650 4370 Capacidad de Gestión Movilización Social 578 578.5 578.5 578.5 412.5 2726 por los Derechos de los Niños, Mujeres Adecuación de los 1429.3 1254 1254 1254 850 6104.3 Servicios Básicos al CDN y CEDAM Apoyo al Programa 529.4 487.5 487.5 487.5 337.5 2329.4 Totales 3529.7 3250 3250 3250 2250 15529.7 16358 M T C Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Lima - Chiclayo RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3113-99-MTC/15.18 Lima, 15 de diciembre de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 05377010 organi- zado por la EMPRESA DE TRANSPORTES Y TURISMO LEOVAL S.R.L., sobre concesión de ruta: LIMA - CHICLA- YO y viceversa e Informe Nº 961-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de ruta: LIMA - CHICLAYO y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aproba- do por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 961-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99- MTC, recomendándose la procedencia del pedido formula- do; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Ad- ministrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019- 99-MTC y Decreto Ley Nº 25862;