Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2000 (02/01/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

Pag. 182366

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 2 de enero del 2000

INTERIOR
Dan por concluidos nombramientos de Subprefectos de las provincias de Huacaybamba y Huallaga
RESOLUCION SUPREMA Nº 0862-99-IN-1501 MORDAZA, 30 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 052-99-IN-1501 de fecha 14 de enero de 1999, se nombro al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Subprefecto de la provincia de Huacaybamba del departamento de Huanuco; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 25º del Decreto Legislativo Nº 370, Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Articulo 1º del Decreto Ley Nº 25515 y el inciso b) del Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 036-83-JUS del 22 de MORDAZA de 1983; SE RESUELVE: Dar por concluido el nombramiento del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Subprefecto de la provincia de Huacaybamba del departamento de MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 16364 RESOLUCION SUPREMA Nº 0863-99-IN-1501 MORDAZA, 30 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 0494-98-IN/1501 de fecha 12 de agosto de 1998, se nombro al senor Persy MORDAZA MORDAZA, como Subprefecto de la provincia de Huallaga del departamento de San Martin; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 25º del Decreto Legislativo Nº 370, Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Articulo 1º del Decreto Ley Nº 25515 y el inciso b) del Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 036-83-JUS del 22 de MORDAZA de 1983; SE RESUELVE: Dar por concluido el nombramiento del senor Persy MORDAZA MORDAZA, como Subprefecto de la provincia de Huallaga del departamento de San MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 16365

Visto el Oficio Nº 490-99-PP/PE del 11 de noviembre de 1999 del Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Pliego y el escrito de registro Nº 07939003 del 23 de noviembre de 1999 presentado por CORPORACION MORDAZA S.A.; y, CONSIDERANDO: Que el Articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 712-97-PE del 10 de noviembre de 1997 modifico el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 072-93-PE y adiciono un Articulo 4º a la misma, por lo que la empresa CORPORACION MORDAZA S.A. -que por via de fusion empresarial devino en sucesora procesal de la autorizacion de incremento de flota para cuatro embarcaciones pesqueras de cerco destinadas a la extraccion de jurel, caballa y sardina para el consumo humano directo- accedio a destinar dichos recursos tambien al consumo humano indirecto, declarandose improcedente la peticion de la empresa respecto a la extraccion de anchoveta para el consumo humano directo e indirecto y, consecuentemente, los permisos de pesca otorgados por Resolucion Ministerial Nº 072-96-PE para la operacion de las embarcaciones MORDAZA REAL, PUNTA MERO, COSTA DORADA y CABO MORDAZA fueron ampliados por el Articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 712-97-PE permitiendo destinar los citados recursos hidrobiologicos para el consumo humano directo e indirecto; Que CORPORACION MORDAZA S.A. interpuso ante el Primer Juzgado Corporativo Especializado en lo Contencioso Administrativo, una demanda de impugnacion de resolucion administrativa cuestionando en parte la Resolucion Ministerial Nº 712-97-PE, especialmente contra el extremo que declaro la improcedencia de acceder a la extraccion de anchoveta para el consumo humano directo e indirecto; accion judicial que ha concluido con la Resolucion Nº 573-S del 22 de setiembre de 1999 expedida por la Sala Corporativa Transitoria Especializada en lo Contencioso Administrativo que, confirmando la apelada, ha declarado fundada la demanda de Corporacion MORDAZA S.A., resolucion que ya ha quedado consentida; Que, el 12 de noviembre de 1999 el Procurador Publico del Pliego informo haber sido notificado con la Resolucion Nº Cuarentinueve del Primer Juzgado Corporativo Especializado en lo Contencioso Administrativo, que dispone cumplir con lo ejecutoriado; asimismo, mediante el escrito del visto Corporacion MORDAZA S.A. ha solicitado la ejecucion de la resolucion judicial submateria; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y, en cumplimiento de la Resolucion Nº 46 del 23 de febrero de 1999 dictada por el Primer Juzgado Corporativo Especializado en lo Contencioso Administrativo, confirmada por la Resolucion Nº 573-S del 22 de setiembre de 1999 expedida por la Sala Corporativa Transitoria Especializada en lo Contencioso Administrativo; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la nulidad del Articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 712-97-PE del 10 de noviembre de 1997. Articulo 2º.- Sustituir el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 072-93-PE del 19 de marzo de 1993, por el siguiente: "Articulo 1º.- Autorizar a las empresas Pesquera MORDAZA Sur S.R. Ltda., Pesquera Caribe S.A., Pesquera Pardela S.A. y Pesquera MORDAZA S.A. el incremento de flota con un total de cuatro (4) embarcaciones pesqueras de cerco destinadas a la extraccion de recursos hidrobiologicos jurel, caballa, sardina y anchoveta para el consumo humano directo e indirecto, cuyas caracteristicas se detallan en el anexo 1), que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial". Articulo 3º.- Sustituir el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 072-96-PE del 31 de enero de 1996, modificado por el Articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 712-97-PE, por el siguiente: "Articulo 1º.- Otorguese permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, a cuatro (4) armadores para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional denominadas MORDAZA REAL, PUNTA MERO, COSTA DORADA y CABO MORDAZA, cuyas caracteristicas se detallan a continuacion, las que seran dedicadas a la extraccion de jurel, caballa, sardina y anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 1/2 pulgadas (38 mm.), segun corresponda." Articulo 4º.- Incluir a las embarcaciones pesqueras denominadas MORDAZA REAL, PUNTA MERO, COSTA DORADA y CABO MORDAZA en el literal B) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 500-98-PE, dejandose sin efecto la inclusion de las mismas en el literal H) del Anexo I de la citada Resolucion.

PESQUERIA
Incluyen embarcaciones pesqueras en el Anexo I de la R.M. Nº 500-98-PE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 360-99-PE MORDAZA, 30 de diciembre de 1999

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.