Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2000 (02/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
ACORDO:

MORDAZA, MORDAZA 2 de enero del 2000

Primero.- Otorgar a EMPRESA DE TRANSPORTES Y TURISMO LEOVAL S.R.L., la concesion de ruta: MORDAZA - CHICLAYO y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos:

Ratificar las Ordenanzas Nº 002-MDI de 22 de MORDAZA de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 del mismo mes y su modificatoria la Ordenanza Nº 005-MDI de 23 de MORDAZA de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 del mismo mes de la Municipalidad Distrital de Independencia, que regula la Tasa de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, en su jurisdiccion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 15826

RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA

: MORDAZA - CHICLAYO y viceversa : MORDAZA : CHICLAYO : MORDAZA - CASMA - CHIMBOTE MORDAZA : Una diaria : Tres omnibus

: Dos omnibus: UK-1542 (1992) y UC-1850 (1994) FLOTA DE RESERVA : Un omnibus:UC-1665 (1991) HORARIOS : Salidas de Lima: A las 20.00 horas. Salidas de Chiclayo: A las 20.00 horas.

Califican como eriazo terreno ubicado en el distrito de La MORDAZA
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 4342 MORDAZA, 23 de noviembre de 1999 EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA VISTO: El Expediente Administrativo Nº 17421-98 sobre Calificacion de Naturaleza Eriaza del terreno de 254,070.00 m2 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETENTA METROS CUADRADOS) de area, ubicado en la MORDAZA denominada "Cerro La MORDAZA Alta", lado Oeste, entre las cotas 260 y 350 metros sobre el nivel MORDAZA, Jurisdiccion del distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, en merito a lo establecido en el Art. 5º del Decreto Supremo Nº 004-85-VC, sus modificatorias y ampliatorias, las Municipalidades Provinciales tienen competencia para identificar los terrenos eriazos, ubicados dentro de las zonas de expansion MORDAZA de su Jurisdiccion revertidos o que pertenezcan al dominio del Estado en estricta aplicacion de lo que establecen las Leyes Nºs. 11061, 14197 y Decretos Leyes Nºs. 17719, 17716 y 19955 respectivamente; Que, de los Informes Tecnicos-Legales que obran en autos se ha determinado que el terreno materia de la presente Resolucion es de Naturaleza Eriaza y de Libre disponibilidad del Estado; Que, de conformidad con el Informe Legal Nº 046-99-MMLDMDU-DGATE-DL de fecha 14 de MORDAZA de 1999 y su ampliatoria, con opinion favorable de la Direccion General de Adjudicacion de Tierras Eriazas y de la Directora Municipal de Desarrollo MORDAZA, y estando a lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y el Edicto Nº 021-85; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Calificar de Naturaleza Eriaza el terreno de 254,070.00 m2 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL METROS SETENTA METROS CUADRADOS) de area, ubicado en la MORDAZA denominada "Cerro La MORDAZA Alta", lado Oeste entre las cotas 260 y 350 metros sobre el nivel MORDAZA, Jurisdiccion del distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, cuyos linderos y medidas perimetricas constan en el Plano Nº 013-012/02-99-DGATE-DT, y Memoria Descriptiva que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir la documentacion Administrativa que corresponda, a la Superintendencia de Bienes Nacionales del Ministro de la Presidencia, para los efectos del tramite de inscripcion del referido terreno en Primera de Dominio a nombre del Estado en el Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y posterior transferencia a favor de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conforme lo dispone el Decreto Supremo Nºs. 002-91-VC y 007-92-VC respectivamente publicandose la presente Resolucion por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano de conformidad con lo dispuesto en el 2º parrafo del inciso a) del Art. 1º del Decreto Supremo Nº 004-85-VC; Articulo Tercero.- Disponer que la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA, quede encargada de la continuacion de los tramites administrativos a que se refiere la presente Resolucion, conforme a los dispositivos Legales Vigentes. Registrese, comuniquese, cumplase y pase a la Direccion Municipal de Desarrollo Urbano. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 16340

La Tarjeta de Circulacion Vehicular sera expedida con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados. Segundo.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion; para lo cual debera contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procedera a aplicar lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 16338

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican ordenanzas que regulan tasa de arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo en el distrito de Independencia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 186 MORDAZA, 7 de setiembre de 1999 EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Vista en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, la solicitud formulada mediante Oficios Nºs. 056-99-MDI-SG, 085-99-MDISG y 143-99-MDI-SG de la Municipalidad Distrital de Independencia, para la ratificacion de las Ordenanzas Nº 002-MDI y su modificatoria la Ordenanza Nº 005-MDI, que regula la Tasa de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, en su jurisdiccion; De acuerdo con la opinion favorable del Servicio de Administracion Tributaria (SAT), emitida mediante Informe Nº 0000581999-SAT/04 y Oficio Nº 00538-99-SAT/MML de la Jefatura del SAT; lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 082-99-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo;

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