Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2000 (02/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, MORDAZA 2 de enero del 2000

NORMAS LEGALES

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Articulo 5º.- Precisar que las embarcaciones pesqueras MORDAZA REAL, PUNTA MERO, COSTA DORADA y CABO MORDAZA, consignadas en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 501-98-PE, adicionan a sus pesquerias autorizadas la de anchoveta y el uso de redes de cerco con longitud minima de malla de 1/2 pulgada (13 mm.). Articulo 6º.- Transcribase la presente Resolucion Ministerial a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a la Direccion Nacional de Extraccion y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Articulo 7º.- Transcribase la presente Resolucion Ministerial al Primer Juzgado Corporativo Especializado en lo Contencioso Administrativo, para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria 16318

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican Convenio sobre el Programa Subregional MORDAZA de Lucha contra la Pobreza, 1998-2002, suscrito con la UNICEF
DECRETO SUPREMO Nº 074-99-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Convenio sobre el Programa Subregional MORDAZA de Lucha contra la Pobreza, 1998-2002" (Plan de Operaciones), se ha suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, por el Gobierno de la Republica del Peru y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia -UNICEF-, el 1 de diciembre de 1999; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 57º y 118º, inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, y en el Articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Convenio sobre el Programa Subregional MORDAZA de Lucha contra la Pobreza, 19982002" (Plan de Operaciones), suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, el 1 de diciembre de 1999. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU Y EL FONDO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA UNICEF SOBRE EL PROGRAMA SUBREGIONAL MORDAZA DE LUCHA CONTRA LA POBREZA 1998-2002 (PLAN DE OPERACIONES) I. PREAMBULO El GOBIERNO de la Republica del Peru, denominado en adelante el GOBIERNO; y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, denominado en adelante UNICEF; CONSIDERANDO: Que, la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su Resolucion 57 (l), de 11 de diciembre de 1946, establecio el Fondo

de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), como organo de las Naciones Unidas y que en resoluciones posteriores le ha confiado el mandato de promover la proteccion de los derechos del MORDAZA, de ayudar a satisfacer sus necesidades basicas y de aumentar las oportunidades que se les ofrecen para que alcancen plenamente sus potencialidades. El UNICEF se guia por lo dispuesto en la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA y se esfuerza por conseguir que esos derechos se conviertan en principios eticos perdurables y normas internacionales de conducta hacia los ninos; Que, el UNICEF, por medio de sus programas, tiene el objetivo de promover la igualdad de derechos de la mujer y de las ninas y de apoyar su plena participacion el desarrollo politico, social y economico de sus comunidades; Que, el GOBIERNO y UNICEF desean consolidar los avances alcanzados durante el periodo de cooperacion del Programa Subregional Amazonico (PROANDES) 1992-1997, que puso de manifiesto las ventajas de una estrategia basada en la complementacion entre la movilizacion de las instituciones estatales, la movilizacion de las organizaciones de base de mujeres, y la comunicacion y movilizacion social; Que, el GOBIERNO y UNICEF, animados por un MORDAZA orientado a lograr el mejoramiento de los servicios basicos para los ninos, las ninas y las mujeres, sobre todo aquellos relacionados con la supervivencia, la proteccion y el desarrollo de poblaciones que viven en condiciones de pobreza, han decidido continuar su cooperacion mutua; Que, el GOBIERNO ha ratificado la Convencion de las Naciones Unidas sobre los Derechos del MORDAZA (CDN), ha promulgado el Codigo de los Ninos y Adolescentes (CNA), ha suscrito la Declaracion Mundial sobre la Supervivencia, la Proteccion y el Desarrollo del MORDAZA, ha formulado el Plan Nacional de Accion por la Infancia de corto y mediano plazo (1992-1995) e igualmente elaboro el Plan Nacional de Accion por la Infancia 1996-2000 (PNA) y la Estrategia de Lucha contra la Pobreza 1996-2000, por lo tanto es indispensable promover activamente el seguimiento de los compromisos asumidos por el GOBIERNO a este respecto; Que, el articulo 104 de la Carta de las Naciones Unidas establece que UNICEF gozara, en el territorio de sus miembros, de la personalidad juridica que sea necesaria para el ejercicio de sus funciones y realizacion de sus fines; Que, en el articulo 105 de la misma Carta se establece que UNICEF gozara, en el territorio de cada uno de sus miembros, de los privilegios e inmunidades necesarios para la realizacion de sus fines, y que sus representantes y funcionarios gozaran asimismo de los privilegios e inmunidades necesarios para ejercer con independencia sus funciones en relacion con UNICEF; Que el GOBIERNO y UNICEF, firmaron un Acuerdo Basico el 31 de enero de 1950 y un Protocolo Adicional el 12 de noviembre de 1955, que sento las bases de las relaciones particulares entre el GOBIERNO y UNICEF; ACUERDAN: En base a los considerandos expresados y bajo el MORDAZA del Programa de Cooperacion PERU-UNICEF 1996-2000 firmado entre UNICEF y el Gobierno el 25 de junio de 1996, iniciar un MORDAZA Programa Subregional MORDAZA de Lucha contra la Pobreza, de aqui en adelante llamado PROANDES, para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 1998 y el 31 de diciembre de 2002, en los terminos y condiciones siguientes: CAPITULO I METAS Y OBJETIVOS PRIMERO: El PROANDES, 1998,2002, se llevara a cabo en base a un Plan Maestro de Operaciones descrito y detallado en este texto. El texto de este Convenio describe las metas y objetivos, prioridades y estrategias, responsabilidades y compromisos del GOBIERNO y UNICEF. Ademas, incluye cuatro proyectos y describe las actividades priorizadas para atender las necesidades basicas de la infancia y contribuir al logro de las metas nacionales al 2000 por la supervivencia, proteccion y desarrollo del nino. MORDAZA Las metas y objetivos del PROANDES 1998-2002, estan orientados a apoyar y complementar los esfuerzos nacionales para dar cumplimiento a los compromisos adquiridos, por la ratificacion de la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA, la Declaracion y el Plan Nacional de Accion por la Infancia, asi como la Estrategia de Lucha contra la Pobreza 1996-2000. TERCERO El objetivo general del PROANDES se propone contribuir al logro de las metas establecidas para el 2000, en referencia a la

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