Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2000 (03/01/2000)


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DECIMO

NORMAS LEGALES
DECIMO MORDAZA

MORDAZA, lunes 3 de enero del 2000

La gerencia para la ejecucion del Programa Subregional Amazonico esta basada en la organizacion y funcionamiento del Comite de Coordinacion Nacional de la Cooperacion PERU-UNICEF vigente. Este Comite sera encargado de la direccion y normatividad, asi como de la concertacion y aprobacion, al mas alto nivel, de los Planes Operativos Anuales a nivel nacional y de la seleccion de las entidades ejecutoras. Se define como Entidades ejecutoras a las instituciones y entidades gubernamentales, no gubernamentales y comunitarias que ofrecen un potencial significativo de trabajo para lograr las metas trazadas y que seran convocadas a participar en la ejecucion directa de las diversas actividades programadas a nivel nacional, regional y departamental, previa la verificacion de su idoneidad por parte del Comite de Coordinacion Nacional. CAPITULO VII OBLIGACIONES DEL GOBIERNO DECIMO PRIMERO Para asegurar la ejecucion adecuada, en los plazos previstos del programa contemplado en este Convenio, sobre el Plan de Operaciones, cuyo detalle se describe en este texto, el GOBIERNO se obliga a lo siguiente: (a) Proporcionar el apoyo financiero y el personal de las instituciones y entidades gubernamentales necesarios, para asegurar la ejecucion del programa a nivel nacional, regional y local. (b) Cubrir los gastos generales, de funcionamiento normal de las instituciones gubernamentales vinculadas con el Programa Subregional Amazonico, salvo que una disposicion diferente sea estipulada por las partes; asi como los materiales y los costos de mantenimiento y construccion que MORDAZA acordados. (c) Apoyar los esfuerzos de UNICEF para recaudar los fondos requeridos por el Programa Subregional Amazonico y cooperara especificamente con UNICEF en: (i) motivar a los gobiernos y a entidades donantes para que asignen fondos a UNICEF para el financiamiento e implementacion del Programa Subregional Amazonico; y (ii) respaldar los esfuerzos que realiza UNICEF para recaudar fondos del sector privado tanto internacionalmente como en el Peru a traves de la venta de tarjetas y productos, y las actividades de recaudacion local de fondos. (d) Asegurar el retiro oportuno de las aduanas de todo el material y equipamiento adquirido por UNICEF para el Programa Subregional Amazonico, a solicitud de EL GOBIERNO, asi como el almacenamiento y el transporte hasta los lugares donde se ejecuta el Programa. El GOBIERNO garantiza que todos los materiales y el equipamiento seran destinados a uso exclusivo del Programa y que no podran ser vendidos o transferidos a ningun otro fin, a menos que las partes asi lo acuerden por escrito con la debida anticipacion. (e) Asegurar que todos los vehiculos proporcionados por UNICEF MORDAZA utilizados exclusivamente, para actividades vinculadas directamente al programa. Los vehiculos adquiridos bajo este Convenio, seran objeto de un Acuerdo de Prestamo. (f) Responsabilizarse de los vehiculos objeto del Acuerdo de Prestamo y de los gastos relativos a su buen funcionamiento, proporcionando combustibles, carburantes, asi como el mantenimiento y reparaciones que MORDAZA requeridos. (g) Asegurar todos los vehiculos proporcionados al GOBIERNO, contra accidentes, obligandose a informar, en forma inmediata a UNICEF, cuando se produzca algun incidente y/o accidente, adjuntando MORDAZA del parte policial y los informes adicionales que MORDAZA pertinentes. (h) En caso de robo o perdida total del vehiculo o por cualquier otra razon la propiedad del vehiculo sera transferido al GOBIERNO. (i) Proporcionar a UNICEF, cada seis meses, informes sobre la utilizacion de los vehiculos proporcionados al GOBIERNO. UNICEF se reserva el derecho a anular el Acuerdo de Prestamo del vehiculo al que se MORDAZA dado uso inadecuado, en casos debidamente comprobados.

Para asegurar el adecuado seguimiento y ejecucion de los proyectos, asi como la utilizacion del material y equipamiento proporcionado por UNICEF, las partes se comprometen a establecer sistemas de seguimiento para cada proyecto. DECIMO TERCERO Para facilitar los desembolsos de recursos proporcionados por UNICEF, el GOBIERNO y todas las instituciones vinculadas al Programa Subregional Amazonico, deberan cenirse y aplicar correctamente los procedimientos administrativos establecidos para la obtencion y ejecucion de fondos. El GOBIERNO abrira cuentas bancarias especificas para cada programa, en las que UNICEF efectuara el deposito de los fondos solicitados para la ejecucion de las actividades programadas en cada caso. El GOBIERNO presentara a UNICEF una MORDAZA de los estados bancarios de cada cuenta, con la misma periodicidad con que le MORDAZA remitidos por los bancos. DECIMO MORDAZA La programacion anual propuesta por UNICEF sera analizada por las partes, a fin de lograr su elaboracion final, para su aprobacion por el Comite de Coordinacion Nacional. La programacion de cada proyecto debera fijar la relacion de los objetivos anuales, asi como las actividades y tareas a efectuar, el numero y MORDAZA de beneficiario, el cronograma de ejecucion, las entidades ejecutoras y el costo y presupuesto analitico de cada actividad, senalandose la contribucion del GOBIERNO y UNICEF. Por cada avance de fondos, compra de materiales y equipos, un recibo del GOBIERNO sera firmado por la contraparte gubernamental, receptora de los bienes. En caso que la contribucion sea en efectivo, en los seis meses siguientes a la fecha de transferencia de fondos, la institucion contraparte receptora proporcionara a UNICEF los documentos justificatorios en original, por cada gasto efectuado, en relacion a lo previsto en la programacion anual. Ningun otro avance de fondos sera proporcionado a la contraparte que omita la remision de los recibos originales, en el plazo establecido. DECIMO MORDAZA Para la compra de suministros, el GOBIERNO presentara las demandas de compra de equipos o materiales, haciendo MORDAZA especificacion de los bienes o productos que deberan ser adquiridos por UNICEF. En caso de compras en el extranjero, el ingreso al MORDAZA del material y el equipamiento importados, que seran destinados al uso exclusivo de los proyectos, gozaran de todas las franquicias y beneficios contemplados en los Convenios Internacionales y disposiciones legales sobre inmunidades y privilegios que amparan a UNICEF, como agencia especializada del sistema de las Naciones Unidas y por lo tanto el GOBIERNO facilitara, en forma expeditiva el ingreso, libre de todo gravamen, de todo el material y equipo adquirido por UNICEF para los programas considerados en el Plan de Operaciones del Programa Subregional Amazonico. DECIMO MORDAZA Los fondos asignados por UNICEF para el Programa Subregional Amazonico 1997-2001 deberan ser utilizados dentro del indicado periodo y los fondos transferidos al GOBIERNO y/o a otras instituciones, que no MORDAZA utilizados, deberan ser devueltos a UNICEF. CAPITULO VIII OBLIGACIONES DE UNICEF DECIMO SETIMO Para garantizar la adecuada ejecucion del Programa Subregional Amazonico, contemplado en este Con-

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