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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ENERO DEL AÑO 2000 (03/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 182383 NORMAS LEGALES Lima, lunes 3 de enero del 2000 venio, sobre el Plan de Operaciones, cuyo detalle se describe en este texto, UNICEF se obliga a lo siguien- te: (a) Proporcionar el apoyo técnico y financiero para la ejecución de las actividades especificadas en los documentos del Programa Subregional Amazóni- co. (b) Sobre la base de las programaciones anuales, apro- badas por el Comité de Coordinación Nacional, UNICEF deberá realizar la transferencia de fondos al GOBIERNO y a las otras instituciones involucradas, así como proceder a la compra de todo el material y el equipamiento necesa- rios. (c) La responsabilidad de UNICEF por todo el material y equipamiento, importado del extranjero, termina en el momento que dichos materiales y equi- pos sean desembarcados. A partir de ese momento, el GOBIERNO asume la entera responsabilidad de los bienes. En ningún caso los bienes deberán quedar en aduana más del tiempo necesario para los trámites que permitan su distribución a los programas en for- ma oportuna. (d) Temporalmente y mientras la situación del país lo requiera, UNICEF acuerda con el GOBIERNO apo- yarlo en el cumplimiento de sus obligaciones estipula- das en el punto (d), artículo décimo primero, capítulo VII, del presente Convenio, asumiendo por encargo del GOBIERNO el retiro de aduanas, almacenamiento y distribución al lugar de destino del material y equi- pamiento importados, al igual que el almacenamiento y distribución de aquellos adquiridos localmente con fondos del programa. DECIMO OCTAVO UNICEF, en el contexto del programa que forma parte del presente Convenio y como ha sido aprobado por su Junta Ejecutiva en el transcurso de la tercera reunión regular realizada en el mes de setiembre de 1996, acepta contribuir para el período 1997-2001 un monto de US$ 2'750,000 (DOS MILLONES SETE- CIENTOS CINCUENTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS) en fondos suplementarios, y sujeto a la disponibilidad de contribuciones para fines concretos. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA El Plan de Operaciones contemplado en este Convenio cubre el período comprendido entre el 1 de enero de 1997 y el 31 de diciembre de 2001; en consecuencia todas las actividades que se realicen dentro de este período, están sujetas a lo dispuesto en este Convenio que contempla el Plan de Operaciones. SEGUNDA Este Convenio entre el GOBIERNO y UNICEF, sobre el Programa Subregional Amazónico, 1997-2001, se rige, para todos sus efectos, por las disposiciones contenidas en los convenios internacionales del Sistema de Naciones Unidas, suscritos y ratificados por el Perú en relación con las actividades de Naciones Unidas y específicamente por UNICEF en el ámbito de la República Peruana y que se mencionan en forma taxativa, en la parte considerativa de este Convenio. TERCERA Toda diferencia en la aplicación o interpretación de lo dispuesto en este Convenio, será sometida al procedi- miento de solución que de común entendimiento, esta- blezcan el GOBIERNO y UNICEF. CUARTA Este Convenio entrará en vigencia para ambas partes, a partir de la fecha fijada como inicio del Programa Subregional Amazónico 1997-2001.EN FE DE LO CUAL, suscriben este Convenio en dos ejemplares originales, en la ciudad de Lima a los 1 día del mes de diciembre de 1999. (Firma) (Firma) POR EL GOBIERNO DE LA POR EL FONDO DE LAS NACIONES REPUBLICA DEL PERU UNIDAS PARA LA INFANCIA UNICEF PLAN OPERATIVO DEL PROGRAMA SUBREGIONAL AMAZONICO SITUACION DE LA MUJER Y DEL NIÑO El Programa Subregional de la Amazonía se inició en marzo de 1994 como resultado de la creciente preocupación de UNICEF por establecer una estrecha relación entre la niñez, su medio ambiente y su desarrollo. El Programa contribuye a mejorar los servicios básicos a la vez que garantiza la protec- ción sostenible del medio ambiente. Las elevadas tasas de mortalidad infantil y materna se pueden atribuir a las condiciones de vida inadecuadas, sumadas a la existencia de limitados servicios básicos de salud y a los bajos niveles de educación. En algunas provincias de la Amazonía estas tasas llegan a cuadrupli- car el promedio nacional. Las tasas de mortalidad materna en las áreas de la Amazonía son muy altas, llegando incluso a duplicar el promedio nacional. En la Amazonía peruana, por cada 100,000 nacidos vivos mueren 405 mujeres, frente a las 261 que constituyen el promedio nacional. La tasa de fertilidad en la Amazonía Peruana es de 5.0 comparada con 2.0 en Lima y 3.5 en el resto del país. La pobreza y las migraciones hacia la selva amazónica han provocado el deterioro del frágil equilibrio ecológico. Esto se evidencia en el caso de ciudades como Pucallpa e Iquitos, donde los problemas urbanos afectan gravemente este equilibrio. Los servicios educativos se caracterizan por su baja cobertura y deficiente calidad. La discriminación que sufren las niñas se refleja en las estadísticas de alfabeti- zación. Una quinta parte de los niños que viven en zonas rurales de la Amazonía no asisten a la escuela, constitu- yéndose en la tasa más alta de todo el país. Sólo 53 por ciento de los hombres y 44 por ciento de las mujeres completan su educación primaria. Las tasas de analfabetismo son muy altas. Veintitrés por ciento de los hombres y 45 por ciento de las mujeres son analfabetos. UNICEF suscribió un convenio con el Instituto Nacio- nal de Estadística e Informática - INEI a fin de analizar la base de datos censales utilizando la variable étnica. Por primera vez ha sido posible medir las tasas de mortalidad infantil, de fertilidad, porcentaje de madres adolescentes, tasas de analfabetismo femenino y niveles de educación en mujeres según grupos étnicos.