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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2000 (22/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 1

DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de enero de 2000 AÑO XVIII - Nº 7152 Pág. 182939 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" CONGRESO DE LA REPUBLICA Exoneran de licitación pública contra- tación con universidad para construc- ción de cisterna y trabajos comple- mentarios en el Palacio Legislativo, bajo el sistema de suma alzada RESOLUCIÓN Nº 001-2000-P/CR Lima, 21 de enero de 2000 Visto el expediente técnico para la construcción de una cisterna y la realización de trabajos complementarios en el Palacio Legislativo; CONSIDERANDO: Que la cisterna que abastece de agua el Palacio Legis- lativo se encuentra en el área de trabajo de la Obra "Comedor del Congreso de la República", por lo que es necesario construir otra cisterna y realizar trabajos complementarios en el Palacio Legislativo; Que una eventual convocatoria para ejecutar dicha obra conllevaría una modificación en el Calendario de Avance de la Obra "Comedor del Congreso de la República", y dificulta- ría el cumplimiento de las metas trazadas y los plazos propuestos; Que, mediante el Oficio Nº 001-2000-UNI-CONGRESO del 17 de enero del 2000, la Universidad Nacional de Ingenie- ría señala que tiene capacidad suficiente para ejecutar ambas obras a la vez; Que las contrataciones entre entidades del Sector Públi- co para la ejecución de obras están exoneradas del requisito de licitación pública; Que toda exoneración de licitación pública se aprueba mediante una resolución de la máxima autoridad de la Entidad; De conformidad con el Artículo 32º del Texto Único Ordenado del Reglamento del Congreso de la República, los Artículos 19º y 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Artículo 28º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Acuerdo Nº 287-99-2000/MESA-CR del 18 de enero del 2000; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar de licitación pública la contratación con la Universidad Nacional de Ingeniería para la ejecución de la obra "Construcción de una cisterna y realización de trabajos complementarios en el Palacio Legis- lativo", bajo el sistema de suma alzada. Artículo Segundo.- Disponer que, dentro del plazo legal establecido, el Gerente General envíe copia autenticada de la presente Resolución a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MARTHA HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO Presidenta del Congreso de la República 0888DECRETOS DE URGENCIA Autorizan emisión de documentos cancelatorios para pago de tributos que gravan importación y venta de fertilizantes, agroquímicos, equipos de riego, vacunos y ovinos de pelo para reproducción DECRETO DE URGENCIA Nº 002-2000 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, durante los años 1997, 1998 y 1999 mediante los Decretos de Urgencia Nºs. 089-97, 001-98, 002-99 y 053-99 se autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas a emitir Documentos Cancelatorios - Tesoro Público para el pago de tributos que gravan la importación y venta de fertilizantes, agroquímicos, equipos de riego tecnificado, vacunos repro- ductores y vaquillonas registradas con preñez certificada y ovinos de pelo para reproducción; Que, a fin de continuar promoviendo la productividad y modernización del agro a nivel nacional, es necesario esta- blecer el monto de emisión de los Documentos Cancelatorios - Tesoro Público a efectuarse con cargo al presupuesto aprobado para el Ejercicio 2000, correspondiente al Ministe- rio de Agricultura; Que, para garantizar el procedimiento y pago de dichos Documentos Cancelatorios - Tesoro Público es necesario prorrogar la vigencia del Decreto Supremo Nº 123-97-EF y su modificatori o el Decreto Supremo Nº 135- 97-EF; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Economía y Finan- zas a emitir Documentos Cancelatorios - Tesoro Público hasta por OCHENTA MILLONES Y 00/100 Nuevos Soles (80 000 000,00) para el pago de tributos que gravan la importación y venta de fertilizantes, agroquímicos, equipos de riego tecnificado, vacunos reproductores y vaquillonas registradas con preñez certificada y ovinos de pelo para reproducción. La emisión de dichos Documentos Cancelatorios - Tesoro Público se sujetará a las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 123-97-EF y su modificatorio el Decreto Supremo Nº 135-97-EF, los mismos que quedan prorrogados en su vigencia para la aplicación del presente Decreto de Urgencia. Artículo 2º.- Los Documentos Cancelatorios - Tesoro Público a que se refiere el artículo precedente se emitirán con cargo al presupuesto aprobado para el Ejercicio 2000 corres- pondiente al Ministerio de Agricultura. Artículo 3º.- El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Economía y Finanzas y de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de enero del año dos mil.